Resolucion Ministerial Nº 000124-2023-PRODUCE. Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo MIPYME Emprendedor

Fecha de publicación30 Marzo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 30 de marzo de 2023

VISTOS: El Memorando Nº 00000309-2023-PRODUCE/DGDE, de la Dirección General de Desarrollo Empresarial; el Informe Nº 00000045-2023-PRODUCE/DIF; el Memorando Nº 00000311-2023-PRODUCE/DVMYPE-I; el Memorando Nº 00000324-2023-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 00000088-2023-PRODUCE/-OP de la Oficina de Presupuesto; y, el Informe Nº 00000435-2023-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, mediante Resolución Ministerial Nº 432-2022-PRODUCE, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 038: Ministerio de la Producción;

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley Nº 31683, Ley que Promueve la Reactivación Económica de las Micro Pequeñas y Medianas Empresas a través del Fondo MIPYME Emprendedor, autoriza la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 038: Ministerio de la Producción, para transferir al Fondo MIPYME Emprendedor, con cargo a los recursos a los que hace referencia el numeral 16.4 del artículo 16 del Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería;

Que, con Resolución Ministerial Nº 000063-2023-PRODUCE, se aprueba la desagregación de los recursos autorizados mediante el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley Nº 31683, hasta por la suma de S/ 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 038: Ministerio de la Producción, destinados a financiar la transferencia al Fondo MIPYME Emprendedor;

Que, el numeral 2.6 del artículo 2 de la Ley Nº 31683, autoriza, durante el Año Fiscal 2023, al Ministerio de la Producción para realizar Transferencias Financieras, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, hasta por la suma total de los recursos incorporados a su favor en el marco del numeral 2.1 del mismo artículo, a favor del Fondo MIPYME Emprendedor, la cual se aprueba mediante resolución del titular, previo informe favorable de la Oficina General de Presupuesto del Pliego o la que haga sus veces, y se publica en el Diario Oficial El Peruano;

Que, el...

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