Resolución Nº 0150-2019-JNE de Jurado Nacional de Elecciones, 01-10-2019

Número de resolución0150-2019-JNE
Fecha01 Octubre 2019
Fecha de publicación01 Octubre 2019
Lima

Lima, uno de octubre de dos mil diecinueve

VISTO el Decreto Supremo N.° 165-2019-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 30 de setiembre de 2019.

CONSIDERANDOS

  1. Mediante Decreto Supremo N.° 165-2019-PCM, publicado en la edición extraordinaria del diario oficial El Peruano del 30 de setiembre de 2019, el Presidente de la República disolvió el Congreso de la República y convocó, para el domingo 26 de enero de 2020, a elecciones para elegir congresistas que completen el periodo constitucional del Congreso disuelto, esto es, el periodo 2016-2021

  1. De conformidad con lo previsto en el artículo 79 de la Ley N.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, modificado por la Ley N.° 30682, los procesos electorales se inician con la convocatoria a elecciones por el Presidente de la República y terminan con la resolución del Jurado Nacional de Elecciones que declara su conclusión; así también, los artículos 201 y 82 de la misma norma, disponen que el padrón electoral se cierra 365 días calendario antes de la fecha de la respectiva elección y que la convocatoria se hace con anticipación no menor a 270 días de la fecha del acto electoral

  1. Así, todo proceso electoral, como regla general, debería tener una duración total de 365 días contados desde el primer acto del proceso electoral, es decir, desde el cierre del padrón electoral, lo que en este caso no es posible de aplicar, pues entre la convocatoria y el día de la elección median solo 118 días calendario, a los que el cronograma electoral debe restringirse, siendo necesario adoptar medidas excepcionales para compatibilizar el cronograma electoral general, es decir, los hitos que establecen las leyes electorales, con las actividades propias de la elección convocada que deben realizar los organismos electorales, en el marco de sus competencias en relación con el padrón electoral.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE:

Artículo primero.- FIJAR el 30 de setiembre de 2019 como fecha de cierre del padrón electoral para el proceso de Elecciones Congresales 2020, por ser la fecha de publicación del Decreto Supremo N.° 165-2019-PCM, que lo convoca.

Artículo segundo.- ESTABLECER que el Registro Nacional de Identificación y Estado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR