RESOLUCION JEFATURAL N° 027-2015-J/ONPE - Aprueban número mínimo de adherentes requerido para la inscripción de candidatos para la elección de los Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los Colegios Profesionales del país, distintos de los Colegios de Abogados del país

Fecha de disposición31 Enero 2015
Fecha de publicación31 Enero 2015
El Peruano
Sábado 31 de enero de 2015 545963
subsanado las inconsistencias presentadas, lo que se ha
considerado en la presente publicación;
Que, debe tenerse presente que uno de los aspectos
que resulta de suma importancia en la organización de
un proceso electoral es el cumplimiento de las fechas y
etapas de un proceso electoral;
Que, la publicación del mínimo de adherentes es
información primordial para los ciudadanos que pretenden
presentar una candidatura, pues les permitirá tener un
conocimiento previo de la cantidad de f‌i rmas que deben
recoger, lo cual favorece la participación de los agremiados
de cada Colegio Profesional en la referida elección;
Que, sin embargo, la publicación del mínimo de
adherentes no implica que dicha etapa haya concluido
respecto a los Colegios Profesionales que se encuentran
subsanando su lista de miembros activos;
De conformidad con los literales c) y h) del artículo 5°
de la Ley Orgánica de la Of‌i cina Nacional de Procesos
Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE,
aprobado y modif‌i cado mediante Resolución Jefatural N°
063 y N° 216-2014-J/ONPE, respectivamente, y de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 9° del Decreto Supremo N°
001-2009-JUS; y con el visado de la Secretaría General,
de las Gerencias de Asesoría Jurídica, de Planeamiento y
Presupuesto, de Informática y Tecnología Electoral;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el número mínimo de
adherentes, requerido para la inscripción de candidatos
para la elección de los Consejeros del Consejo Nacional
de la Magistratura por los miembros de los Colegios
Profesionales del país, distintos de los Colegios de
Abogados del país”, respecto a diecinueve (19) Colegios
Profesionales, conforme al anexo que forma parte
integrante de la presente resolución.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento del
Consejo Nacional de la Magistratura, del Jurado Nacional
de Elecciones y del Registro Nacional de Identif‌i cación y
Estado Civil, el contenido de la presente resolución para
los f‌i nes pertinentes.
Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la
presente resolución y del anexo de la misma en el diario
of‌i cial El Peruano y en el Portal Institucional, www.onpe.
gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARIANO CUCHO ESPINOZA
Jefe
ANEXO DE LA RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 027-2015-J/ONPE
COLEGIO PROFESIONAL
N° de
miembros
activos
(Lista
Depurada )
CALCULO
DEL 5%
NÚMERO
MÍNIMO DE
ADHERENTES
1 COLEGIO DE OFICIALES DE MARINA
MERCANTE DEL PERÚ
84
2 COLEGIO DE QUIMICOS DEL PERÚ 333 16.65 100
3 COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS
DE AYACUCHO
638 31.90 100
4 COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS
DE HUÁNUCO
943 47.15 100
5 COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS
DE MADRE DE DIOS
109 5.45 100
6 COLEGIO MÉDICO DEL PERÚ 62,983 3,149.15 3,150
7 COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS
DE SAN MARTÍN
586 29.30 100
8 COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS
DE LA LIBERTAD
3,140 157.00 157
9 COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS
DE TUMBES
715 35.75 100
10 COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS
DE AMAZONAS
81
COLEGIO PROFESIONAL
N° de
miembros
activos
(Lista
Depurada )
CALCULO
DEL 5%
NÚMERO
MÍNIMO DE
ADHERENTES
11 COLEGIO DECONTADORES PÚBLICOS
DE ICA
606 30.30 100
12 COLEGIO DE GEÓGRAFOS DEL PERÚ 144 7.20 100
13 COLEGIO DE ANTROPÓLOGOS DEL
PERÚ
847 42.35 100
14 COLEGIO DE LICENCIADOS EN
ADMINISTRACIÓN
3,208 160.40 161
15 COLEGIO DE OBSTETRAS DEL PERÚ 14,645 732.25 733
16 COLEGIO TECNÓLOGO MÉDICO DEL
PERÚ
5,144 257.20 258
17 COLEGIO DE LICENCIADOS EN
TURISMO
106 5.30 100
18 COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS
DE LAMBAYEQUE
1,342 67.10 100
19 COLEGIO DE LICENCIADOS EN
RELACIONES INDUSTRIALES DEL
PERÚ
172 8.60 100
1195704-1
REGISTRO NACIONAL
DE IDENTIFICACION
Y ESTADO CIVIL
Autorizan delegación de funciones
registrales a la Oficina de Registros
del Estado Civil de la Municipalidad
del Centro Poblado de Kimsa Marka,
departamento de Puno
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 019-2015/JNAC/RENIEC
Lima, 30 de enero de 2015
VISTOS:
El Informe N° 000017-2015/GPRC/SGIRC/RENIEC
(14ENE2015) de la Sub Gerencia de Integración de
Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros
Civiles, el Memorando N° 000049-2015/GRC/RENIEC
(16ENE2015) de la Gerencia de Registros Civiles, y el
Informe N° 000006-2015/GPRC/RENIEC (22ENE2015)
de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles;
CONSIDERANDO:
Que, a través del Decreto Supremo N° 015-98-PCM,
se aprobó el Reglamento de las Inscripciones del Registro
Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil, el cual precisa que
el Sistema Registral está conformado por el conjunto de
órganos y personas del Registro, que tienen a su cargo la
ejecución de los procedimientos administrativos de inscripción
y que las Of‌i cinas Registrales se encuentran encargadas del
procesamiento registral y demás funciones inherentes al
Registro de Estado Civil, facultándose a la Jefatura Nacional
la creación y autorización de las que fueren necesarias;
Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro
Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil mantiene estrecha
y permanente coordinación con diversas entidades, como
las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios
de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de
Centro Poblado), Comunidades Campesinas y Nativas
reconocidas y cualquier otra dependencia, instancia o
entidad, pública o privada, cuando ello fuese necesario,
conforme lo establece el artículo 8º de la Ley Nº 26497-
Ley Orgánica del Registro Nacional de Identif‌i cación y
Estado Civil;

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