Resolucion Jefatural Nº 021-2023-CENFOTUR. Modifican parcialmente la Resolución Directoral N° 029-2023-CENFOTUR/DN y delegan facultades en diversos funcionarios

Fecha de publicación12 Abril 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Barranco, 5 de abril de 2023

CONSIDERANDO:

Que, el Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR es un Organismo Público Ejecutor del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, con autonomía académica, económica, financiera y administrativa de conformidad con el Decreto Ley N° 22155 – Ley Orgánica del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, precisado por el Decreto Legislativo N° 1451; destinado a la formación, capacitación, especialización y certificación de los recursos humanos en el campo de la actividad turística;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2023-MINCETUR se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, estableciendo que mediante Resolución del titular del CENFOTUR se aprueba la Sección Segunda;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 056-2023-CENFOTUR/DN se aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, la cual se encuentra publicada en la actualidad de conformidad a la normativa vigente, asimismo se encarga a la Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, en coordinación con las demás áreas del CENFOTUR, cautele la adecuación al presente ROF en el marco de sus competencias, de conformidad a su artículo segundo;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 001-2023-CENFOTUR de fecha 27 de febrero de 2023, se aprobó el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR;

Que, mediante Resolución Directoral N° 029-2023-CENFOTUR/DN de fecha 18 de enero de 2023, se delega facultades a diversos funcionarios del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR;

Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS de fecha 25 de enero de 2019, se promulgó el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444-Ley del procedimiento Administrativo General, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; de conformidad a su numeral 78.1 de su artículo 78°, y precisa que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado, de conformidad a su artículo 79°;

Que, el artículo 3° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, establece el ámbito de aplicación de las entidades a las cuales le resulta extensible, a efecto de dar cumplimiento al citado cuerpo normativo al momento de tramitar los procedimientos de contrataciones de bienes, servicios y obras; y de...

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