Resolucion Jefatural N° 000186-2022/JNAC/RENIEC. Reconforman y actualizan la denominación de cargos y órganos de miembros del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del RENIEC

Fecha de publicación27 Octubre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 25 de octubre de 2022

VISTOS:

El Memorando N° 000619-2022/OSDN/RENIEC (07OCT2022), de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional y el Informe N° 001064-2022/OAJ/RENIEC (19OCT2022), de la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en virtud de lo dispuesto en los artículos 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como organismo constitucionalmente autónomo, con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera;

Que mediante la Ley N° 29664, se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de desastres (SINAGERD), como un sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo creado con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos y preparación y atención ante situaciones de desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres;

Que el artículo 5° de la citada Ley N° 29664, establece que la Gestión del Riesgo de Desastres debe ser parte intrínseca de los procesos de planeamiento de todas las entidades públicas en todos los niveles de gobierno, las cuales, de acuerdo al ámbito de sus competencias, deben reducir el riesgo de su propia actividad y evitar la creación de nuevos riesgos, así como priorizar la programación de recursos para la intervención en materia de Gestión del Riesgo de Desastres siguiendo el principio de gradualidad;

Que a su vez, el numeral 16.2 del artículo 16° de la citada ley dispone que las entidades públicas constituyen grupos de trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores y presididos por la máxima autoridad ejecutiva de la entidad cuya función es indelegable;

Que por su parte, la Directiva N° 001-2012-PCM-SINAGERD “Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión de Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno”, aprobada por la Resolución Ministerial N° 276-2012-PCM, señala que el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres a nivel de Entidad Pública está integrado por el Titular de la entidad, quien lo preside, el Secretario General, los responsables de los órganos de línea, el Jefe de la Oficina...

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