Resolucion Jefatural N° 000108-2023-PERÚ COMPRAS-JEFATURA. Aprueban la Directiva N° 006-2023-PERÚ COMPRAS, “Directiva para la compra agregada y compra corporativa obligatoria de bienes y/o servicios a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco”

Fecha de publicación18 Agosto 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
San Isidro, 17 de agosto del 2023

VISTO:

El Informe N° 000046-2023-PERÚ COMPRAS-DCC, de fecha 16 de agosto de 2023, emitido por la Dirección de Compras Corporativas; el Informe N° 000068-2023-PERÚ COMPRAS-OPP, de fecha 17 de agosto de 2023, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 000236-2023-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 17 de agosto de 2023, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1018 se crea el Organismo Público Ejecutor denominado Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que tiene personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; y tiene como funciones, entre otras, realizar las Compras Corporativas Obligatorias, de acuerdo a lo que se establezca en el Decreto Supremo correspondiente; realizar las Compras Corporativas Facultativas que le encarguen otras entidades del Estado; realizar las contrataciones que le encarguen otras entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente; promover y conducir los procedimientos de selección para la generación de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco para la contratación de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes; y, promover la Subasta Inversa y el proceso de homologación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1018, modificado por la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado;

Que, conforme el artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el “TUO de la Ley”, dicha norma tiene por finalidad establecer disposiciones orientadas a maximizar el valor de los recursos públicos que se invierten y a promover la actuación bajo el enfoque de gestión por resultados en las contrataciones de bienes, servicios y obras, de tal manera que estas se efectúen en forma oportuna y bajo las mejores condiciones de precio y calidad, permitan el cumplimiento de los fines públicos y tengan una repercusión positiva en las condiciones de la vida de los ciudadanos;

Que, en el artículo 7 del TUO de la Ley, se desarrolla lo relacionado a las compras corporativas, precisándose que, varias Entidades pueden consolidar la contratación de bienes y servicios para satisfacer sus necesidades comunes, mediante un procedimiento de selección único, a fin de alcanzar condiciones más ventajosas para el Estado a través de la agregación de demanda, conforme a lo establecido en el reglamento. Asimismo, las Entidades participan de las compras corporativas obligatorias a cargo de PERÚ COMPRAS, conforme a las disposiciones establecidas por esta Entidad;

Que, el numeral 103.3 del artículo 103 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modificatorias, establece que para la agregación de la demanda de las Entidades se puede utilizar criterios tales como el geográfico, el sectorial, el temporal o la combinación de estos, entre otros;

Que, a través de la Única Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Supremo N° 167-2023-EF, que aprueba las compras corporativas obligatorias para la adquisición de bolígrafos y de papel bond homologado, a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco y dicta otras disposiciones, se modifica el artículo 107 del Reglamento, estableciendo, entre otros, que, PERÚ COMPRAS es la Entidad encargada de realizar las Compras Corporativas Obligatorias a través de cualquier método de contratación, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1018, en el Decreto Supremo que se emita para tal efecto, así como en los dispositivos y documentos de orientación que emita dicha Entidad;

Que, mediante Informe N° 000046-2023-PERÚ COMPRAS-DCC, la Dirección de Compras Corporativas sustenta y propone la aprobación del proyecto de directiva denominada, “Directiva para la compra agregada y compra corporativa obligatoria de bienes y/o servicios a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco”, con el fin de optimizar los recursos públicos mediante la Compra Agregada y Compra Corporativa Obligatoria de bienes y/o servicios a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco. Dicho proyecto cuenta con la opinión favorable de la Dirección de Acuerdos Marco, Dirección de Análisis de Mercado y la Oficina de Comunicaciones;

Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe N° 000068-2023-PERÚ COMPRAS-OPP, concluye que, la propuesta normativa se encuentra conforme a la Directiva N° 002-2019-PERU COMPRAS, denominada “Normas para la Formulación, Aprobación y Actualización de Documentos Normativos en la Central de Compras Públicas- PERU COMPRAS”; por lo que, emite opinión favorable;

Que, mediante Informe N° 000236-2023-PERÚ COMPRAS-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que el proyecto de documento normativo se encuentra dentro del marco legal vigente, por lo que, corresponde su aprobación; debiendo dejarse sin efecto la Directiva N° 004-2019-PERÚ COMPRAS, denominada “Lineamientos para la Compra Agregada de bienes y/o servicios a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco”, aprobada con Resolución Jefatural N° 069-2019-PERÚ COMPRAS;

Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Compras Corporativas, la Dirección de Análisis de Mercado, la Dirección de Acuerdos Marco, la Oficina de Comunicaciones, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo establecido en el Decreto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR