Resolucion jefatural N° 000003-2024-JF-ONP. Delegan facultades a diversos funcionarios de la ONP durante el Año Fiscal 2024

Fecha de publicación09 Enero 2024
SecciónSección Única
Nombran, a partir del año fiscal 2024, a Oficiales Almirantes del grado de Vicealmirante, en diversos empleos

Lima, 5 de enero del 2024


VISTOS:


El Memorando N° 000847-2023-GG-ONP de la Gerencia General; el Informe N° 000001-2024-OPG-ONP de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de la Gestión; y el Informe Nº 000002-2024-OAJ-ONP, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,


CONSIDERANDO:


Que, mediante la Resolución Ministerial N° 174-2013-EF/10 se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la ONP;


Que, el último párrafo del artículo 5 de la Ley N° 28532, Ley que establece la reestructuración integral de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), señala que el Jefe de la ONP puede delegar en el Gerente General o en funcionarios de alto nivel, las funciones y facultades que se le reconocen en dicho artículo, con excepción de las mencionadas en los incisos 1, 4, 5, 9, 10, 12 y 13;


Que, conforme al párrafo 47.2 del artículo 47 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, se prevé que el Titular de la entidad puede delegar la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático a través de disposición expresa publicada en el Diario Oficial El Peruano;


Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, en adelante el TUO de la Ley N° 30225, establece los procedimientos que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procedimientos de contrataciones de bienes, servicios y obras, y establece en el párrafo 8.2 del artículo 8, que el Titular de la Entidad puede delegar sus atribuciones mediante resolución, excepto las facultades expresamente calificadas como indelegables por la propia Ley y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF;


Que, conforme a los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 050-2006-PCM, se prohíbe a las entidades del Sector Público la impresión, fotocopiado y publicaciones a color para efectos de comunicaciones y/o documentos de todo tipo, debiendo efectuarse en blanco y negro, salvo que, excepcionalmente, el Titular de la Entidad o a quien este delegue, autorice impresos a color para casos debidamente justificados;


Que, la Resolución Ministerial N° 139-95-EF/10 establece el procedimiento administrativo para la emisión de Constancias y los Títulos representativos de Bono de Reconocimiento, los que se autorizan por Resolución Jefatural de la ONP, cumpliendo las formalidades establecidas; pudiendo dichas facultades en ambos casos ser delegadas al Gerente General;


Que, conforme al artículo 4 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del Servicio Civil, a través del conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizadas por las entidades públicas en la gestión de los recursos humanos, encontrándose integrado, entre otros, por las Oficinas de Recursos Humanos de las entidades;


Que, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de la Gestión, mediante Informe N° 000001-2024-OPG-ONP, y la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante Informe N° 000002-2024-OAJ-ONP, concluyen que es técnica y legalmente viable, respectivamente, la propuesta de delegación de facultades formulada por la Gerencia General de conformidad con el Memorando N° 000847-2023-GG-ONP;


Que, por las consideraciones precedentes y, con la finalidad de garantizar la adecuada gestión administrativa de la Entidad, resulta necesario delegar durante el año 2024 determinadas facultades asignadas al Titular de la Entidad;


Con los vistos del Director General de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de la Gestión; de la Directora General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y de la Gerenta General, y;


En uso de las facultades conferidas en el artículo 5 de la Ley Nº 28532; Ley que establece la reestructuración integral de la Oficina de Normalización Previsional (ONP); el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Ministerial Nº 174-2013-EF/10; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo N° 284-2018-EF; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; el Decreto Supremo Nº 050-2006-PCM; así como la Resolución Ministerial Nº 139-95-EF/10;


SE RESUELVE:


Artículo 1.- Delegación de facultades al/la Gerente/a General


Delégase al/la Gerente/a General, las siguientes facultades:


1.1 En materia administrativa:


a) Celebrar convenios de cooperación técnica, colaboración interinstitucional u otros de cualquier otra índole, incluidas sus adendas, con entidades públicas o privadas y organismos internacionales, salvo aquellos a las que se hace referencia expresamente en la presente delegación.


b) Aprobar la formalización de las modificaciones presupuestarias efectuadas en el Nivel Funcional Programático al Pliego 095 - Oficina de Normalización Previsional, conforme a la normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público.


c) Designar a los titulares y suplentes de las cuentas bancarias de la Entidad.


d) Autorizar la emisión y anulación de las...

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