Resolución Directoral Nº 761 - 2022 - MINCETUR/DGJCMT de Ministerio de Comercio Exterior, 2022

Año2022
Número de resolución761 - 2022 - MINCETUR/DGJCMT
Fecha08 Abril 2022
EmisorMinisterio de Comercio Exterior y Turismo (Perú)
N° 761 - 2022 - MINCETUR/VMT/DGJCMT
Lima, 07 de abril de 2022
Visto, el Expediente N° 1382712-2020-MINCETUR, de fecha 31.12.2020, en el que la empresa
NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C. solicita la Renovación de la Autorización Expresa para la
explotación de máquinas tragamonedas en la sala de juegos “SALA SAN JUAN 2”, ubicada en Av. San
Juan Nº 1159 2do. Piso, Distrito de San Juan de Miraflores, Provincia y Departamento de Lima;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 27153, y normas modificatorias, y su Reglamento aprobado mediante
Decreto Supremo N° 009-2002-MINCETUR, se regula la explotación de los juegos de casino y máquinas
tragamonedas en el país, estableciéndose en el artículo 24 del citado cuerpo legal que corresponde a la
Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas las facultades administrativas de
autorización, fiscalización, supervisión, evaluación y sanción vinculadas a las explotaciones antes referidas;
Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Decreto Supremo N° 009-2002-MINCETUR,
la Renovación de la Autorización Expresa concedida a las salas de juegos de casino y de máquinas
tragamonedas, se realiza siguiendo el procedimiento establecido para el de Autorización Expresa;
Que, en el artículo 14 de la Ley antes mencionada así como el artículo 7 de su Reglamento,
aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2002-MINCETUR, se establecen los requisitos que los
solicitantes deben cumplir para acceder a la mencionada autorización;
Que, mediante Expediente N° 1382712-2020-MINCETUR, de fecha 31.12.2020, la empresa
ALPAMAYO INVERSIONES S.A.C. solicita la renovación de la autorización expresa para la explotación de
máquinas tragamonedas en la sala de juegos “SALA SAN JUAN 2”, ubicada en Av. San Juan Nº 1159
2do. Piso, Distrito de San Juan de Miraflores, Provincia y Departamento de Lima, la misma que fue
autorizada al amparo de lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley N° 28945, “Ley de Reordenamiento y
Formalización de la actividad de Explotación de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas”, mediante
Resolución Directoral N° 816-2008-MINCETUR/VMT/DGJCMT, de fecha 13.06.2008, y renovada la
Autorización Expresa mediante Resolución Directoral N° 482-2013-MINCETUR/VMT/DGJCMT, de fecha
01.03.2013, y Resolución Directoral N° 084-2017-MINCETUR/VMT/DGJCMT, de fecha 05.01.2017;
Que, la solicitante ha cumplido con presentar la documentación y/o información requerida para
acceder a la renovación de la autorización concedida para explotar máquinas tragamonedas en la sala de
juegos “SALA SAN JUAN 2”;
Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 5 de la Ley Nº 27153 y normas modificatorias, los
establecimientos destinados a la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas no pueden
estar ubicados a menos de ciento cincuenta (150) metros, contados siguiendo el mínimo tránsito peatonal
posible, desde la puerta de ingreso principal de templos y centros de estudio donde se imparte educación
inicial, primaria y/o secundaria, hasta la puerta de ingreso principal de dichos establecimientos;
Que, según consta en Informe Nº 16-2021-MINCETUR/VMT/DGJCMT-DCS-SLME, de fecha
16.07.2021, la referida sala cumple con las normas técnicas de implementación y funcionamiento de una
sala de juegos, acreditándose que las máquinas tragamonedas y memorias de sólo lec tura se encuentran
autorizadas y registradas por la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas, y que el
titular de la presente autorización ha cumplido con implementar el sistema unificado de control en tiempo
real SUCTR, según lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 015-2010-MINCETUR, que aprobó el
Reglamento de “Normas Técnicas Complementarias para la implementación del sistema unificado de
Visado digitalmente por
RISCHMÖLLER YUPANQUI Lisia FAU 20504774288 soft
Motivo: Doy visto bueno
Fecha: 2022/04/08 08:44:47-0500
Visado digitalmente por
PAULET DIAZ Victor Augusto
FAU 20504774288 soft
Motivo: Doy visto bueno
Fecha: 2022/04/08 10:54:09-0500

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