Resolución Directoral Nº 51 - 2021 - MINCETUR/OGA de Ministerio de Comercio Exterior, 2021

Número de resolución51 - 2021 - MINCETUR/OGA
Año2021
Fecha21 Abril 2021
EmisorMinisterio de Comercio Exterior y Turismo (Perú)
N° - 2021 - MINCETUR/SG/OGA
VISTOS: El Informe Nº 008-2021-MINCETUR/SG/OGA/OAF/SDT, de la Sub
Dirección de Tesorería de la Oficina de Administración Financiera; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 17 denominado “Gestión de Pagos” del Decreto Legislativo N° 1441
del Sistema Nacional de Tesorería, señala que por el devengado se reconoce una obligación de
pago, previa acreditación de la existencia del derecho del acreedor, sobre la base del
compromiso previamente formalizado y registrado; se formaliza cuando se otorga la conformidad
por parte del área correspondiente y se registra en el SIAF, luego de haberse verificado el
cumplimiento de alguna de las siguientes condiciones, entre las que se encuentra, la efectiva
prestación de los servicios contratados, siendo que la autorización para el reconocimiento del
devengado es competencia del Director(a) General de Administración;
Que, el reconocimiento de las deudas se encuentra regulado en el Reglamento del
Procedimiento Administrativo para el Reconocimiento y Abono de Créditos Internos y
Devengados a cargo del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-84-PCM (en adelante,
el Reglamento), el cual dispone la tramitación de las acciones y reclamaciones de cobranza de
créditos internos a cargo del Estado, por concepto de adquisiciones de bienes, servicios, y otros
créditos similares correspondientes a ejercicios presupuestales fenecidos;
Que, el artículo 3 del Reglamento, establece que se entiende por créditos las
obligaciones que, no habiendo sido afectadas presupuestariamente, han sido contraídas en un
ejercicio fiscal anterior dentro de los montos de gastos autorizados en los Calendarios de
Compromisos de ese mismo ejercicio;
Que, asimismo, el artículo 4 del Reglamento, establece que los compromisos
contraídos dentro de los montos autorizados en los Calendarios de Compromisos con cargo a la
Fuente del Tesoro Público y no pagados en el mismo ejercicio, constituyen documentos
pendientes de pago y su cancelación será atendida directamente por la Dirección General del
Tesoro Público, con sujeción a las normas que rigen el Sistema de Tesorería. Los compromisos
contraídos con cargo a las Fuentes de Ingresos Propios e Ingresos por Transferencias
(Donaciones) tendrán un tratamiento similar en los respectivos Pliegos;
Que, los artículos 6 y 7 del Reglamento disponen que el reconocimiento de la deuda
será promovido por el acreedor ante el organismo deudor, acompañando la documentación que
acredite el cumplimiento de la obligación de su competencia; y que el organismo deudor, previo
los informes técnicos y jurídicos internos, con la indicación de la conformidad del cumplimiento
de la obligación en los casos de adquisiciones y contratos, y de las causales por las que no se
Esta es un copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Ministerio de Comercio Exterior y
Turismo, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final de
D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web:
https://consultasenlinea.mincetur.gob.pe/verifica e ingresando la siguiente clave: PVZNFIL5
Ca. Uno Oeste 050, Urb. Corpac - San Isidro, Lima 27, Perú
Firmado digitalmente por
CESPEDES CRUZADO Ruthy Ibeth
FIR 45245716 hard
Oficina: Oficina General de
Administración
Motivo: Doy visto bueno
Fecha: 2021/04/21 18:05:13-0500
Firmado digitalmente por
GONZALES ANASTACIO Rosa
Karina FAU 20504774288 soft
Oficina: Oficina de Administración
Financiera
Motivo: Doy visto bueno
Fecha: 2021/04/21 18:12:10-0500
Firmado digitalmente por
DIAZ SALAZAR Milagros Yvonne Estela FAU 20504774288
soft
Cargo: Directora General de la Oficina General de
Administración
Motivo: Documento Electrónico
Fecha: 2021/04/22 10:32:31-0500

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