RESOLUCION DIRECTORAL N° 5007-2014-MTC/15 - Autorizan a la empresa Tecnigas Perú S.A.C., como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular - GNV y operar en local ubicado en el departamento de Lima

Fecha de disposición02 Enero 2015
Fecha de publicación02 Enero 2015
SecciónSección Única
El Peruano
Viernes 2 de enero de 2015
543878
Artículo 7º.- Serán derechos y obligaciones de la
titular de la autorización otorgada, los consignados en los
artículos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio
y Televisión, así como las señaladas en la presente
Resolución.
Artículo 8º.- La autorización a que se contrae el
artículo 1º de la presente Resolución podrá renovarse por
igual período, previa solicitud presentada por la titular de
la autorización hasta el día del vencimiento del plazo de
vigencia otorgado, o se haya verif‌i cado la continuidad de la
operación del servicio autorizado, conforme a lo dispuesto
en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento.
La renovación se sujeta al cumplimiento de las
condiciones previstas en los artículos 68º y 69º del
Reglamento de la Ley de Radio y Televisión.
Artículo 9º.- Dentro de los sesenta (60) días
de notif‌i cada la presente Resolución, la titular de la
autorización efectuará el pago correspondiente al derecho
de autorización y canon anual. En caso de incumplimiento,
se procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo
38º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión.
Artículo 10º.- La titular de la autorización deberá
cumplir con las disposiciones previstas en los literales
a) y b) del artículo 38º del Marco Normativo General del
Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado
Artículo 11º.- La autorización a la que se contrae
la presente Resolución se sujeta a las disposiciones
legales y reglamentarias vigentes que regulan el
servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas
modif‌i catorias y complementarias que se expidan.
Artículo 12º.- Remitir copia de la presente resolución
a la Dirección General de Control y Supervisión de
Comunicaciones para las acciones que corresponda, de
acuerdo a su competencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO
Viceministro de Comunicaciones
1183319-1
Autorizan a la empresa Tecnigas Perú
S.A.C., como Taller de Conversión a
Gas Natural Vehicular - GNV y operar
en local ubicado en el departamento de
Lima
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 5007-2014-MTC/15
Lima, 1 de diciembre de 2014
VISTOS:
Los Partes Diarios N°s. 183134 y 212965 presentados
por la empresa denominada TECNIGAS PERÚ S.A.C.,
mediante el cual solicita autorización para funcionar como
Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV en el
local ubicado en la Av. Angélica Gamarra de León Velarde
N° 739 Mz. D Lt. 08 Urb. El Trébol III Etapa - del Distrito de
Los Olivos, Provincia y Departamento de Lima, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por
Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15, modif‌i cada
por las Resoluciones Directorales Nºs. 7150-2006-MTC/15
y 4284-2008-MTC/15 y elevada a rango de Decreto
Supremo conforme al Artículo 2° del Decreto Supremo
N° 016-2008-MTC, sobre “Régimen de autorización
y funcionamiento de las Entidades Certif‌i cadoras de
Conversiones y Talleres de Conversión a GNV”, en
adelante “La Directiva”, establece el procedimiento y
requisitos que deben presentar las personas jurídicas
para ser autorizadas como Talleres de Conversión a Gas
Natural Vehicular;
Que, el numeral 6 de la citada Directiva, establece
que el Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular es
el establecimiento autorizado por la Dirección General de
Transporte Terrestre para realizar la conversión del sistema
de combustión de los vehículos originalmente diseñados
para la combustión de gasolina, diesel o GLP al sistema
de combustión de GNV, mediante la incorporación de un
kit de conversión o el cambio del motor para cuyo efecto
dispone de personal técnico capacitado, instalaciones,
equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento
y reparación de los equipos de conversión, del motor
dedicado instalado y del vehículo convertido en general;
Que, mediante Parte Diario N° 183134 de fecha 11
de octubre de 2014 la empresa denominada TECNIGAS
PERÚ S.A.C., en adelante “La Empresa”, solicita
autorización para funcionar como Taller de Conversión a
Gas Natural Vehicular – GNV en el local ubicado en la
Av. Angélica Gamarra de León Velarde N° 739 Mz. D Lt.
08 Urb. El Trébol III Etapa - del Distrito de Los Olivos,
Provincia y Departamento de Lima, con la f‌i nalidad de
realizar la conversión del sistema de combustión de los
vehículos originalmente diseñados para la combustión
de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustión de
GNV mediante la incorporación de un kit de conversión,
para cuyo efecto manif‌i esta disponer de personal técnico
capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la
instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de
conversión;
Que, con Of‌i cio N° 8063-2014-MTC/15.03 de fecha
3 de noviembre de 2014 y notif‌i cado el 11 de noviembre
de 2014, esta Administración formuló las observaciones
pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa,
requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual
se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles, y mediante
Parte Diario N° 212965 de fecha 20 de noviembre de
2014, presentó diversa documentación con la f‌i nalidad
de subsanar las observaciones señaladas en el of‌i cio
indicado;
Que, de acuerdo al Informe Nº 327-2014-MTC/15.03,
elaborado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial,
se advierte que la documentación presentada, cumple
con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva, por
lo que procede emitir el acto administrativo autorizando
a la empresa TECNIGAS PERÚ S.A.C., como Taller de
Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV;
De conformidad con la Ley N° 29370, Decreto Supremo
Nº 058-2003-MTC y sus modif‌i catorias; y la Directiva Nº
001-2005-MTC/15 sobre el “Régimen de Autorización
y Funcionamiento de las Entidades Certif‌i cadoras de
Conversiones y de los Talleres de Conversión a GNV”,
aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-
MTC/15 y modif‌i cada por las Resoluciones Directorales
Nºs. 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y elevado
al rango de Decreto Supremo conforme al Artículo 2° del
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a la empresa denominada
TECNIGAS PERÚ S.A.C., como Taller de Conversión a
Gas Natural Vehicular – GNV y operar en el local ubicado
en la Av. Angélica Gamarra de León Velarde N° 739
Mz. D Lt. 08 Urb. El Trébol III Etapa - del Distrito de Los
Olivos, Provincia y Departamento de Lima, por el plazo
de cinco (05) años contados a partir del día siguiente de
la publicación de la presente Resolución Directoral en el
Diario Of‌i cial “El Peruano”.
Artículo Segundo.- La empresa TECNIGAS PERÚ,
bajo responsabilidad debe presentar a la Dirección General
de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, el correspondiente “Certif‌i cado de
Inspección del Taller” vigente emitido por alguna Entidad
Certif‌i cadora de Conversiones antes del vencimiento de
los plazos que se señalan a continuación:
ACTO Fecha máxima de
presentación
Primera Inspección anual del taller 9 de octubre de 2015
Segunda Inspección anual del taller 9 de octubre de 2016
Tercera Inspección anual del taller 9 de octubre de 2017
Cuarta Inspección anual del taller 9 de octubre de 2018
Quinta Inspección anual del taller 9 de octubre de 2019
En caso que la empresa autorizada no presente el
correspondiente “Certif‌i cado de Inspección del Taller”
vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se

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