RESOLUCION DIRECTORAL Nº 4599-2014-MTC/15 - Declaran que la empresa Consultoría Asociados y Estudios SP S.A.C. ha formulado renuncia a la autorización otorgada mediante R. D. N° 025-2012-MTC/15, la misma que fue admitida

Fecha de disposición09 Agosto 2015
Fecha de publicación09 Agosto 2015
SecciónSección Única
558924 NORMAS LEGALES Domingo 9 de agosto de 2015 /
El Peruano
de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, según se desprende del Informe Nº 397-
2015-MTC/12.04, al que se anexa la respectiva Orden de
Inspección, así como, por la citada Dirección General,
según el Informe Nº 367-2015-MTC/12.04, verif‌i cándose
el cumplimiento de lo señalado en el Texto Único de
Procedimientos Administrativos del Ministerio;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261,
la Ley Nº 27619, la Ley Nº 30281, el Decreto Supremo Nº
047-2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección
General de Aeronáutica Civil;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Alfredo
Federico Álvarez Zevallos, Inspector de la Dirección
General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, que se efectuará los días 10 al 12 de
agosto de 2015 a la ciudad de Miami, Estados Unidos de
América, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo
que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje
autorizado precedentemente, han sido íntegramente
cubiertos por la empresa LAN PERÚ S.A., a través de
los Recibos de Acotación que se detallan en el Anexo
que forma parte integrante de la presente Resolución,
abonados a la Of‌i cina de Finanzas de la Of‌i cina General
de Administración del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto
de viáticos.
Artículo 3.- El Inspector autorizado en el artículo 1º
de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince
(15) días calendario siguientes de efectuado el viaje,
deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con
copia a la Of‌i cina General de Administración del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones, describiendo las
acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el
viaje autorizado, conforme a lo dispuesto por el artículo
10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no
dará derecho a exoneración o liberación de impuestos
o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o
denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones
DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC)
Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10
Cuadro Resumen de Viajes
RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL
ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
- DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DÍAS DEL 10 AL 12 DE AGOSTO DE 2015 Y SUSTENTADO
EN LOS INFORMES Nº 397-2015-MTC/12.04 Y Nº 367-2015-MTC/12.04
ORDEN DE
INSPECCIÓN Nº INICIO FIN VIÁTICOS
(US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLE RECIBOS DE
ACOTACIÓN Nºs
2249-2015-MTC/12.04 10-ago 12-ago US$ 660.00 LAN PERU S.A Alvarez Zevallos,
Alfredo Federico Miami Estados
Unidos de
América
Chequeo técnico Inicial como
Primer Of‌i cial en el equipo
B-767, en la ruta Lima – Miami –
Lima, a su personal aeronáutico.
12694-12695
1271705-1
Declaran que la empresa Consultoría
Asociados y Estudios SP S.A.C. ha formulado
renuncia a la autorización otorgada
mediante R. D. N° 025-2012-MTC/15, la
misma que fue admitida
(Se publica la presente Resolución Directoral del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, solicitado
mediante Of‌i cio Nº 1057-2015-MTC/04, recibido el 7 de
agosto de 2015)
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 4599-2014-MTC/15
Lima, 10 de noviembre de 2014
VISTOS:
Los Partes Diarios Nºs. 016289, 071839, 165065,
065680 y 164231 de fechas 08 de febrero, 29 de mayo y
09 de noviembre de 2013 y 11 de abril y 12 de setiembre de
2014, respectivamente, sobre Renuncia de Autorización
para funcionar como Escuelas de Conductores Integrales,
devolución de carta f‌i anza bancaria y baja de Director e
Instructores de Plana Docente presentada por la empresa
denominada CONSULTORÍA ASOCIADOS Y ESTUDIOS
SP S.A.C.; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Nº 025-2012-
MTC/15 de fecha 03 de enero de 2012, publicada en
el Diario Of‌i cial El Peruano con fecha 29 de enero de
2012, se otorgó autorización a la empresa denominada
CONSULTORÍA ASOCIADOS Y ESTUDIOS SP S.A.C.,
para funcionar como Escuela de Conductores Integrales,
en adelante La Escuela, con el objetivo de impartir
los conocimientos teóricos - prácticos requeridos para
conducir vehículos motorizados de transporte terrestre,
propugnando una formación orientada hacia la conducción
responsable y segura, a los postulantes para obtener una
licencia de conducir de la clase A categoría II y III y clase
B categoría II-c, así como los cursos de Capacitación
Anual para Transporte de Personas, Transporte de
Mercancías, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y
Sensibilización del Infractor, y los cursos de reforzamiento
para la revalidación de las licencias de conducir de la
clase A categoría II y III.
Que, mediante Parte Diario Nº 016289 de fecha 08
de febrero de 2013, La Escuela formula renuncia a la
autorización como Escuela de Conductores Integrales,
otorgada mediante Resolución Directoral Nº 025-2012-
MTC/15;
Que, mediante Of‌i cio Nº 1714-2013-MTC/15.03 de
fecha 19 de marzo de 2013, esta administración solicitó a
la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas,
Carga y Mercancías, en adelante La SUTRAN, se sirva
informar lo siguiente: (i) Si La Escuela mantiene deuda
pendiente de pago con el MTC, y (ii) Si, se ha iniciado
algún procedimiento administrativo sancionador contra La
Escuela o si ha incumplido sus obligaciones establecidas
en el D.S. Nº 040-2008-MTC, que devengue en declarar
la caducidad de su autorización;
Que, mediante Parte Diario Nº 071839 de fecha
29 de mayo de 2013, La SUTRAN cursa respuesta
al requerimiento formulado, ello a través del Of‌i cio
Nº 731-2013-SUTRAN/07.2.1 de fecha 28 de mayo
de 2013, precisando la existencia de dos Actas de
Verif‌i cación levantadas a La Escuela: (i) sobre el Acta
de Verif‌i cación Nº 1669 de fecha 24 de mayo de 2012.
En dicha diligencia de Inspección se detectó que la
administrada habría incurrido en las infracciones A.12,
A.14 y A.15, tipif‌i cadas en el Cuadro de Tipif‌i cación y
Calif‌i cación de Infracciones e Imposición de Sanciones
del Anexo de El Reglamento. Ante tal situación,
NL20150809.pdf 10 8/10/2015 8:04:45 AM

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