Resolución Directoral Nº 1151 - 2022 - MINCETUR/DGJCMT de Ministerio de Comercio Exterior, 2022

Año2022
Número de resolución1151 - 2022 - MINCETUR/DGJCMT
Fecha11 Mayo 2022
EmisorMinisterio de Comercio Exterior y Turismo (Perú)
N° 1151 - 2022 - MINCETUR/VMT/DGJCMT
Lima, 10 de mayo de 2022
Visto, el Expediente N° 1383228-2021-MINCETUR, de fecha 05.01.2021, en el que la empresa
NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C. solicita la Renovación de la Autorización Expresa para la
explotación de máquinas tragamonedas en la sala de juegos “SALA CANADÁ”, ubicada en Av. Canadá
360, distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 27153, y normas modificatorias, y su Reglamento aprobado mediante
Decreto Supremo N° 009-2002-MINCETUR, se regula la explotación de los juegos de casino y máquinas
tragamonedas en el país, estableciéndose en el artículo 24 del citado cuerpo legal que corresponde a la
Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas las facultades administrativas de
autorización, fiscalización, supervisión, evaluación y sanción vinculadas a las explotaciones antes
referidas;
Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Decreto Supremo
009-2002-MINCETUR, la Renovación de la Autorización Expresa concedida a las salas de juegos de
casino y de máquinas tragamonedas, se realiza siguiendo el procedimiento establecido para el de
Autorización Expresa;
Que, en el artículo 14 de la Ley antes mencionada así como el artículo 7 de su Reglamento,
aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2002-MINCETUR, se establecen los requisitos que los
solicitantes deben cumplir para acceder a la mencionada autorización;
Que, mediante Expediente N° 1383228-2021-MINCETUR, de fecha 05.01.2021, la empresa
NEVADA ENTRETENIMIENTOS S.A.C. solicita la renovación de la autorización expresa para la
explotación de máquinas tragamonedas en la sala de juegos “SALA CANADÁ”, ubicada en Av. Canadá
Nº 360, distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima, la misma que fue autorizada al amparo
de lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley N° 28945, “Ley de Reordenamiento y Formalización de la
actividad de Explotación de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas”, mediante Resolución
Directoral N° 1138-2008-MINCETUR/VMT/DGJCMT, de fecha 27.08.2008, renovada la Autorización
Expresa mediante Resolución Directoral N° 899-2013-MINCETUR/VMT/DGJCMT, de fecha 15.04.2013 y
Resolución Directoral N° 183-2017-MINCETUR/VMT/DGJCMT, de fecha 13.01.2017;
Que, la solicitante ha cumplido con presentar la documentación y/o información requerida para
acceder a la renovación de la autorización concedida para explotar máquinas tragamonedas en la sala de
juegos “SALA CANADÁ”;
Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 5 de la Ley Nº 27153 y normas modificatorias, los
establecimientos destinados a la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas no pueden
estar ubicados a menos de ciento cincuenta (150) metros, contados siguiendo el mínimo tránsito peatonal
posible, desde la puerta de ingreso principal de templos y centros de estudio donde se imparte educación
inicial, primaria y/o secundaria, hasta la puerta de ingreso principal de dichos establecimientos;
Que, según consta en los Informes Técnicos Nº 2-2021-MINCETUR/VMT/DGJCMT-DCS-ASC,
de fecha 26.01.2021 y Nº 008-2022-MINCETUR/VMT/DGJCMT-DCS-ASC, de fecha 29.03.2022, la
referida sala cumple con las normas técnicas de implementación y funcionamiento de una sala de
juegos, acreditándose que las máquinas tragamonedas y memorias de sólo lectura se encuentran
Visado digitalmente por
RISCHMÖLLER YUPANQUI Lisia FAU
20504774288 soft
Motivo: Doy visto bueno
Fecha: 2022/05/11 12:00:42-0500
Visado digitalmente por
PAULET DIAZ Victor
Augusto FAU 20504774288
soft
Motivo: Doy visto bueno
Fecha: 2022/05/17
10:49:50-0500

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