Resolución Directoral Nº 1076 - 2021 - MINCETUR/DGJCMT de Ministerio de Comercio Exterior, 2021

Año2021
Número de resolución1076 - 2021 - MINCETUR/DGJCMT
Fecha20 Julio 2021
EmisorMinisterio de Comercio Exterior y Turismo (Perú)
N° 1076 - 2021 - MINCETUR/VMT/DGJCMT
Lima, 19 de julio de 2021
Visto, el Expediente Nº 13 60772-2020-MINCETUR, de fecha 09.10.2020, en el que la empresa ALPAMAYO
INVERSIONES S.A.C., solicita la Renovación de la Autorización Expresa para la explotación de máquinas
tragamonedas en la sala de juegos “COMAS 4” ubicada en Av. Túpac Amaru Nros. 6021 (antes N° 3019) 6027,
Urbanización Huaquillay, Distrito de Comas, Provincia y Departamento de Lima;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 27153, y normas modificatorias, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo
N° 009-2002-MINCETUR, se regula la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas en el país,
estableciéndose en el artículo 24° del citado cuerpo legal que cor responde a la Dirección General de Juegos de
Casino y Máquinas Tragamonedas las facultades administrativas de autorización, fiscalización, supervisión,
evaluación y sanción vinculadas a las explotaciones antes referidas;
Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10° del Decreto Supremo N° 009-2002-MINCETUR, la
Renovación de la Autorización Expresa concedida a las salas de juegos de casino y de máquinas tragamonedas, se
realiza siguiendo el procedimiento establecido para el de Autorización Expresa;
Que, e n el artículo 14° de la Ley antes mencionada así como el artículo 7° de su Reglamento, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 009-2002-MINCETUR, se establecen los requisitos que los solicitantes deben cumplir
para acceder a la mencionada autorización;
Que, mediante Expediente Nº 1360772-2020-MINCETUR, de fecha 09.10.2020, la empresa ALPAM AYO
INVERSIONES S.A.C. solicita la renovación de la autorización expresa para la explotación de juegos de máquinas
tragamonedas en la sala de juegos COMAS 4” ubicada en Av. Túpac Amaru Nros. 6021 (antes N° 3019) 6027,
Urbanización Huaquillay, Distrito de Comas, Provincia y Departamento de Lima, autorización otorgada a la
solicitante mediante Resolución Directoral N° 3207-2016-MINCETUR/VMT/DGJCMT, de fecha 18.10.2016;
Que, la solicitante ha cumplido con presentar la docum entación y/o información requerida para acceder a la
renovación de la autorización concedida para explotar máquinas tragamonedas en la sala de juegos COMAS 4
ubicada en Av. Túpac Amaru Nros. 6021 (antes N° 3019) 6027, Urbanización Huaquillay, Distrito de Comas,
Provincia y Departamento de Lima, así como la copia del Certificado de Autorización de Licencia de
Funcionamiento Municipal N° 01756 17, de fecha 12.06.2017, emitida por la Municipalidad de San Juan de
Lurigancho, por el giro de sala de juegos tragamonedas;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5º de la Ley Nº 27153 y n ormas modificatorias los
establecimientos destinados a la explotación de máquinas tragamonedas no pueden encontrarse a m enos de ciento
cincuenta (150) metros, medidos de puerta a puerta siguiendo el mínimo tránsito peatonal posible de templos y/o
centros de estudios donde se imparte educación inicial, primaria y secundaria;
Que, según consta en el Informe Técnico N° 7-2021-MINCETUR/VMT/DGJCMT-DCS.ASC de fecha
23.04.2021, al amparo de lo establecido en la Directiva Nº 001-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT, aprobada mediante
Resolución Directoral Nº 38-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT, de fecha 29.01.2007, se verificó que la sala de juegos
cumple con lo establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 27153 y norma modificatorias, así como con los requisitos
técnicos exigibles para la instalación y funcionamiento de una sala de juegos de máquinas tragamonedas,
encontrándose las máquinas tragamonedas autorizadas y registradas (homologadas) por la Dirección General de
Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas;
Visado digitalmente por
ATENCIO VERGARAY Rosa Teodosia FAU 20504774288 soft
Motivo: Doy visto bueno
Fecha: 2021/07/20 08:20:11-0500
Firmado digitalmente por PAULET DIAZ
Victor Augusto FAU 20504774288 soft
Motivo:Documento Electrónico
Fecha: 2021/07/21 12:08:51-0500

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