RESOLUCION DIRECTORAL Nº 088-2015-COFOPRI/DE - Designan Director de la Oficina de Asesoría Jurídica y Directora de la Dirección de Formalización Individual de COFOPRI

EmisorComision de Formalizacion de la Propiedad Informal
Fecha de la disposición 1 de Agosto de 2015
558480 NORMAS LEGALES Sábado 1 de agosto de 2015 /
El Peruano
Trámite Documentario y Archivo de la O cina Nacional de
Gobierno Interior, puesto considerado de con anza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LIZ KAREN ALATA RAMOS
Jefa de la O cina Nacional de Gobierno Interior
1269176-3
ORGANISMO DE
FORMALIZACIÓN DE LA
PROPIEDAD INFORMAL
Designan Director de la Oicina de Asesoría
Jurídica y Directora de la Dirección de
Formalización Individual de COFOPRI
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 088-2015-COFOPRI/DE
Lima, 31 de julio de 2015
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27594, que regula la participación
del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación
de funcionarios públicos, establece en su artículo 7º
que, mediante Resolución Ministerial o Resolución
del Titular de la Entidad que corresponde, se acepta
la renuncia o se dispone una nueva designación o
nombramiento de los actuales funcionarios con cargo
de confianza no contemplados en el artículo 1º de
dicha Ley;
Que, el artículo 9º del Reglamento de Organización
y Funciones del Organismo de Formalización de la
Propiedad Informal – COFOPRI, aprobado por Decreto
Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA, concordante con el
tercer párrafo del artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 803,
modi cado por la Cuarta Disposición Complementaria de
la Ley Nº 28923, establecen que el Director Ejecutivo es la
máxima autoridad de COFOPRI, quien ejerce la titularidad
del pliego presupuestal;
Que, el literal i) del artículo 10º del citado Reglamento
de Organización y Funciones, señala que el Director
Ejecutivo tiene la función de designar y cesar a los
empleados de con anza, de conformidad con la
legislación vigente;
Que, mediante Resolución Directoral Nº
069-2015-COFOPRI/DE de fecha 03 de julio de 2015, se
designó al señor Juan Manuel Cavero Solano, en el cargo
de Director de la Dirección de Formalización Individual del
Organismo de Formalización de la Propiedad Informal –
COFOPRI;
Que, mediante Resolución Directoral Nº
077-2015-COFOPRI/DE de fecha 10 de julio de 2015,
se encargó al señor Juan Manuel Cavero Solano,
las funciones correspondientes al cargo de Director
de la Oficina de Asesoría Jurídica del Organismo de
Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI;
Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la
designación y encargatura dispuesta por las Resoluciones
Directorales referidas en los considerandos precedentes,
y en consecuencia, a n de continuar con el normal
desarrollo de las funciones y actividades que llevan a
cabo la Dirección de Formalización Individual y la O cina
de Asesoría Jurídica, resulta necesario designar a los
funcionarios que desempeñarán los cargos de Directores
de las citadas unidades orgánicas;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 y
el Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA;
Con el visado de la Secretaría General;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluida, a partir del
03 de agosto de 2015, la designación del señor Juan
Manuel Cavero Solano como Director de la Dirección de
Formalización Individual del Organismo de Formalización
de la Propiedad Informal – COFOPRI, dándosele las
gracias por los servicios prestados.
Artículo Segundo.- Dar por concluida, a partir del 03
de agosto de 2015, la encargatura del señor Juan Manuel
Cavero Solano en las funciones de Director de la O cina
de Asesoría Jurídica del Organismo de Formalización de
la Propiedad Informal - COFOPRI, dándosele las gracias
por los servicios prestados.
Artículo Tercero.- Designar, a partir del 03 de agosto
de 2015, al señor Juan Manuel Cavero Solano, en el
cargo de Director de la O cina de Asesoría Jurídica del
Organismo de Formalización de la Propiedad Informal –
COFOPRI.
Artículo Cuarto.- Designar, a partir del 03 de agosto
de 2015, a la señora Katia Inés Mieses Fernández, en
el cargo de Directora de la Dirección de Formalización
Individual del Organismo de Formalización de la Propiedad
Informal – COFOPRI.
Artículo Quinto.- Publicar la presente Resolución en
el Portal Institucional: www.cofopri.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARTHA FERREYROS PAREDES
Directora Ejecutiva
1269073-1
SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Aprueban transferencia total para las
Unidades Ejecutoras, correspondiente al
mes de julio de 2015
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 155-2015/IGSS
Lima, 24 de julio de 2015
VISTOS: El Informe N° 002-2015-SIS/GNF-
SGLP/MGP-ETC con Proveído Nº 257-2015-SIS/
GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento
sobre la Programación de las Transferencias a las
Unidades Ejecutoras por los servicios que brindaron los
establecimientos de salud a los asegurados del Seguro
Integral de Salud, el Memorando N° 325-2015-SIS/
OGPPDO, que contiene las Certi caciones de Crédito
Presupuestario N° 1074 y N° 1075 emitidas por la O cina
General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo
Organizacional, el Informe Nº 045-2015-SIS/OGAJ con
Proveído N° 504-2015-SIS/OGAJ de la O cina General
de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado
principios así como los procesos y procedimientos que
regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que
se re ere el artículo 11 de la Ley Nº 28112, Ley Marco
de la Administración Financiera del Sector Público, en
concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución
Política del Perú;
Que, en los numerales 12.1, 12.2 y 12.3 del
artículo 12 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2015, se dispone la
autorización de las transferencias financieras durante
el Año Fiscal 2015, entre entidades del Gobierno
Nacional, entre las que está considerada el Seguro
Integral de Salud, aprobándose por Resolución del
Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en
el Diario Oficial “El Peruano”;
Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1163,
Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el
Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, establece
que la transferencia de fondos o pagos que efectúe
el Seguro Integral de Salud requiere la suscripción
obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener
una duración de hasta tres (3) años renovables, de igual
modo, dispone que en los convenios que se suscriba
con las instituciones prestadoras de servicios de salud
NL20150801.pdf 46 8/3/2015 8:49:02 AM

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