Resolucion directoral Nº 023-2023-INACAL/DN. Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre granadilla, arroz y otros

Fecha de publicación16 Enero 2024
SecciónSección Única
Designan Directora de la Dirección de Meteorología y Evaluación Ambiental Atmosférica del SENAMHI

Lima, 29 de diciembre de 2023


VISTO: El acta de fecha 29 de diciembre de 2023 del Comité Permanente de Normalización;


CONSIDERANDO:


Que, la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad-INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera; además es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad;


Que, las actividades de Normalización se realizan sobre la base del Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, que como Anexo 3 forma parte del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en concordancia con el artículo 4 de la Ley N° 30224, en el marco del Principio de no obstaculización comercial del Sistema Nacional para la Calidad;


Que, el numeral 19.1 del artículo 19 de la citada Ley establece que el órgano de línea responsable de la materia de normalización del INACAL, es la autoridad competente en materia de normalización, y puede delegar parte de las actividades de normalización en otras entidades, reservando para sí la función de aprobación de Normas Técnicas Peruanas; asimismo, el numeral 19.5 señala que, el órgano de línea a través del Comité Permanente de Normalización, aprueba las Normas Técnicas Peruanas y textos afines;


Que, conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley N° 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, la Dirección de Normalización es la Autoridad Nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios; aprobando las Normas Técnicas Peruanas y Textos Afines a las Actividades de Normalización a través del Comité Permanente de Normalización; y de acuerdo al artículo 36 del citado Reglamento, tiene entre sus funciones, la correspondiente a revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas, así como su difusión;


Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 20.3 del artículo 20 de la Ley N° 30224, los Comités Técnicos de Normalización en materia de: a) Productos agroindustriales de exportación, b) Cereales y productos derivados, c) Aplicación de métodos estadísticos, d) Artesanías, e) Industria de la pintura y el color, f) Tecnología para el cuidado de la salud, g) Gestión ambiental, h) Fertilizantes y sus productos afines, i) Tecnología química, j) Juegos mecánicos, k) Gestión de la investigación, desarrollo tecnológico e innovación, l) Transporte eléctrico, m) Joyería, orfebrería y metales preciosos, n) Telecomunicaciones ñ) Neumáticos, o) Productos forestales maderables transformados, p) Bebidas no alcohólicas, q) Azúcar y derivados, r) Alimentos para regímenes especiales, s) Leche y productos lácteos, t) Café, u) Pescados, mariscos y productos derivados, v) Cacao y chocolate, w) Métodos de ensayo para alimentos, x) Acuicultura, y) Políticas...

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