Resolucion Directoral N° 0211-2023-MTC/16. Rectifican errores consignados en la Resolución Directoral N° 0562-2022-MTC/16
Fecha de publicación | 21 Julio 2023 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
Lima, 23 de enero de 2023
Vista, la Solicitud con Hoja de Ruta N° E – 493987-2022 de fecha 09 de noviembre del 2022, por medio del cual la empresa DIAGNOSTOOLS S.A.C, remite a la Dirección General de Asuntos Ambientales – DGAAM, la solicitud de Rectificación de Resolución Directoral N° 0562-2022-MTC/16 por motivo de haber incurrido en error material;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del MTC, se estableció el ámbito de competencias, funciones y estructura orgánica básica del MTC;
Que, el artículo 134 de la Resolución Ministerial N° 0658-2021-MTC/01, que aprueba el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones y Organigrama del MTC, señala que la DGAAM del MTC es el órgano de línea con autoridad técnica normativo a nivel nacional que ejerce la autoridad ambiental en el sector transportes, responsable de implementar acciones en el marco del sistema nacional de gestión ambiental para promover el desarrollo sostenible de las actividades y proyectos de infraestructura y servicios de transportes, en concordancia con las políticas nacionales sectoriales y la Política Nacional del Ambiente;
Que, el articulo 135 Resolución Directoral N° 0668-2022-MTC/16, señala las funciones de la Dirección General de Asuntos Ambientales – DGAAM, entre una de ellas se encuentra regulada el literal n), el mismo que está relacionado con la función de expedir resoluciones en asuntos de su competencia
Que, el numeral 212.1 del artículo 212° del T.U.O. de la Ley N° 27444, establece; “Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión”.
Que, mediante Solicitud con Hoja de Ruta N° E – 493987-2022, la empresa DIAGNOSTOOLS S.A.C, remitió a la Dirección General de Asuntos Ambientales – DGAAM, la solicitud de Rectificación de la Resolución Directoral N° 0562-2022-MTC/16, por ser objeto de error material;
Que, de la verificación de la referencia Resolución Directoral N° 0562-2022- MTC/16, se evidencia errores, debiendo omitirse el numero de serie del equipo ANALIZADOR DE GASES.
Que, en vista de ello, se emitió el Informe Técnico Legal N° 056-2022- MTC/16.02.HMTQ.GCHS.RENS, el cual cuenta con la conformidad de la Dirección de Evaluación Ambiental, por el cual, en atención a la evaluación realizada, se concluye que corresponde...
Vista, la Solicitud con Hoja de Ruta N° E – 493987-2022 de fecha 09 de noviembre del 2022, por medio del cual la empresa DIAGNOSTOOLS S.A.C, remite a la Dirección General de Asuntos Ambientales – DGAAM, la solicitud de Rectificación de Resolución Directoral N° 0562-2022-MTC/16 por motivo de haber incurrido en error material;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del MTC, se estableció el ámbito de competencias, funciones y estructura orgánica básica del MTC;
Que, el artículo 134 de la Resolución Ministerial N° 0658-2021-MTC/01, que aprueba el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones y Organigrama del MTC, señala que la DGAAM del MTC es el órgano de línea con autoridad técnica normativo a nivel nacional que ejerce la autoridad ambiental en el sector transportes, responsable de implementar acciones en el marco del sistema nacional de gestión ambiental para promover el desarrollo sostenible de las actividades y proyectos de infraestructura y servicios de transportes, en concordancia con las políticas nacionales sectoriales y la Política Nacional del Ambiente;
Que, el articulo 135 Resolución Directoral N° 0668-2022-MTC/16, señala las funciones de la Dirección General de Asuntos Ambientales – DGAAM, entre una de ellas se encuentra regulada el literal n), el mismo que está relacionado con la función de expedir resoluciones en asuntos de su competencia
Que, el numeral 212.1 del artículo 212° del T.U.O. de la Ley N° 27444, establece; “Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión”.
Que, mediante Solicitud con Hoja de Ruta N° E – 493987-2022, la empresa DIAGNOSTOOLS S.A.C, remitió a la Dirección General de Asuntos Ambientales – DGAAM, la solicitud de Rectificación de la Resolución Directoral N° 0562-2022-MTC/16, por ser objeto de error material;
Que, de la verificación de la referencia Resolución Directoral N° 0562-2022- MTC/16, se evidencia errores, debiendo omitirse el numero de serie del equipo ANALIZADOR DE GASES.
Que, en vista de ello, se emitió el Informe Técnico Legal N° 056-2022- MTC/16.02.HMTQ.GCHS.RENS, el cual cuenta con la conformidad de la Dirección de Evaluación Ambiental, por el cual, en atención a la evaluación realizada, se concluye que corresponde...
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