Lima, 5 de diciembre de 2023
VISTO: El Informe N° 1516-2023-MTC/18.01, elaborado por la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, asumiendo, entre otras, competencias normativas;
Que, la Ley N° 30314, Ley para prevenir y sancionar el acoso sexual en espacios públicos, tiene como objeto prevenir y sancionar el acoso sexual producido en espacios públicos que afectan los derechos de las personas, en especial los derechos de las mujeres;
Que, el literal b. del artículo 11 de la citada Ley, establece como una de las medidas que debe adoptar el Ministerio de Transportes y Comunicaciones contra el acoso sexual en espacios públicos, el incluir en los cursos de formación del personal del servicio público de...