Resolucion Directoral Nº 008-2023-CENFOTUR/DN. Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) del Centro de Formación en Turismo (CENFOTUR)
Fecha de publicación | 23 Febrero 2023 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
Barranco, 6 de enero de 2023
VISTO:
El Proveído Nº 008584-2022-OAF/CENFOTUR, la Oficina de Administración y Finanzas (OAF) y Memorándum Nº 000285-2022-OPPD/CENFOTUR emitido por Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo para la aprobación del Manual de Clasificador de Cargos (MCC) del Centro de Formación en Turismo (CENFOTUR);
CONSIDERANDO:
Que, el Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, con autonomía académica, económica, financiera y administrativa, de conformidad con el Decreto Ley N° 22155 – Ley Orgánica del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, precisado por el Decreto Legislativo N° 1451; destinado a la formación, capacitación, especialización y certificación de los recursos humanos en el campo de la actividad turística;
Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2011-MINCETUR, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del CENFOTUR, el cual establece las funciones y estructura orgánica del CENFOTUR;
Que, mediante Ley N° 30057, se aprobó la Ley del Servicio Civil, establece que las Oficinas de Recursos Humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector, teniendo entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por Servir y por la entidad; supervisar, desarrollar y aplicar iniciativas de mejora continua en los procesos que conforman el Sistema de Gestión de Recursos Humanos; así como gestionar los perfiles de puestos, de conformidad a su artículo 6;
Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2014-PCM, se aprobó el Reglamento de la Ley del Servicio Civil, establece como uno de los subsistemas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el de Organización del trabajo y su distribución, que define las características y condiciones de ejercicio de las funciones, así como los requisitos de idoneidad de las personas llamadas a desempeñarlas, y que comprende los procesos de diseño de los puestos y administración de puestos, de conformidad al artículo 3;
Que, mediante Ley N° 31419, se aprobó la Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, que tiene por objeto establece entre otros los...
VISTO:
El Proveído Nº 008584-2022-OAF/CENFOTUR, la Oficina de Administración y Finanzas (OAF) y Memorándum Nº 000285-2022-OPPD/CENFOTUR emitido por Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo para la aprobación del Manual de Clasificador de Cargos (MCC) del Centro de Formación en Turismo (CENFOTUR);
CONSIDERANDO:
Que, el Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, con autonomía académica, económica, financiera y administrativa, de conformidad con el Decreto Ley N° 22155 – Ley Orgánica del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, precisado por el Decreto Legislativo N° 1451; destinado a la formación, capacitación, especialización y certificación de los recursos humanos en el campo de la actividad turística;
Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2011-MINCETUR, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del CENFOTUR, el cual establece las funciones y estructura orgánica del CENFOTUR;
Que, mediante Ley N° 30057, se aprobó la Ley del Servicio Civil, establece que las Oficinas de Recursos Humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector, teniendo entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por Servir y por la entidad; supervisar, desarrollar y aplicar iniciativas de mejora continua en los procesos que conforman el Sistema de Gestión de Recursos Humanos; así como gestionar los perfiles de puestos, de conformidad a su artículo 6;
Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2014-PCM, se aprobó el Reglamento de la Ley del Servicio Civil, establece como uno de los subsistemas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el de Organización del trabajo y su distribución, que define las características y condiciones de ejercicio de las funciones, así como los requisitos de idoneidad de las personas llamadas a desempeñarlas, y que comprende los procesos de diseño de los puestos y administración de puestos, de conformidad al artículo 3;
Que, mediante Ley N° 31419, se aprobó la Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, que tiene por objeto establece entre otros los...
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