RESOLUCION DIRECTORAL N° 007-2015/EPG-CAEN - Designan responsable de remitir ofertas de empleo del CAEN al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo

Fecha de publicación01 Agosto 2015
Fecha de disposición01 Agosto 2015
558491
NORMAS LEGALES
Sábado 1 de agosto de 2015
El Peruano
/
Artículo 3°.- La presente Resolución no dará
derecho a exoneración o liberación del pago de derechos
aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación.
Publíquese.
JULIO VELARDE
Presidente
1268939-1
INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan la emisión de duplicado de
diploma de Título Profesional de la
Universidad Nacional de San Antonio Abad
del Cusco
UNIVERSIDAD NACIONAL DE
SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO
RESOLUCIÓN Nº CU-156 -2015-UNSAAC
Cusco, 23 de junio de 2015
EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD
NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DE CUSCO
Visto, el expediente Nº 160785, presentado por el
señor Jhon Lenes Huallparimachi, mediante el cual
solicita duplicado de Diploma que le conf‌i rió el Título
de Ingeniero Electricista de la Facultad de Ingeniería
Eléctrica, Electrónica, Mecánica y Minas, por motivo de
pérdida; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 28626 faculta a las Universidades
Públicas y Privadas del país, expedir duplicado de
diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales,
a solicitud del interesado por motivo de pérdida, deterioro
y mutilación; siempre que cumpla con las formalidades y
requisitos de seguridad previstos por cada Universidad;
Que, en este sentido la Institución regula el
otorgamiento de duplicados de Diplomas de Grado
Académico y Título Profesional, mediante Directiva
aprobada por Resolución Nº CU-224-2006-UNSAAC de
fecha 09 de noviembre de 2006;
Que, mediante expediente de Visto, el administrado
solicita duplicado de Diploma que le conf‌i rió el Título
de Ingeniero Electricista de la Facultad de Ingeniería
Eléctrica, Electrónica, Mecánica y Minas, por motivo
de pérdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su
petición los requisitos establecidos en el Art. 4 de la
Directiva para el otorgamiento de Duplicado de Diplomas
de Grado Académico y Título Profesional emitidos por la
UNSAAC, conforme al siguiente detalle: 1).- Resolución
que le exonera el pago de Derechos de Duplicado de
Diploma; 2).-Constancia de denuncia policial; 3).- Copia
certif‌i cada por el Secretario General de la Institución de la
Resolución de Consejo Universitario que conf‌i ere el Título
de Ingeniero Electricista de la Facultad de Ingeniería
Eléctrica, Electrónica, Mecánica y Minas; 4).-Publicación
del aviso de la pérdida del Diploma en el diario de mayor
circulación de la ciudad; 5).- Dos fotografías tamaño
pasaporte; 6).- Recibo de caja por derecho de Rotulación
de Diploma; y 8).- Fotocopia autenticada de su Documento
Nacional de Identidad;
Que, conforme a la referida petición a través del
Informe Nº013-2015-GT la responsable de Rotulados
de Diplomas de la Of‌i cina de Secretaria General de la
UNSAAC, informa que habiendo revisado la Base de
datos de Grados y Títulos de la Institución, se desprende
que don JHON LENES HUALLPARIMACHI, ha optado
al Título Profesional de Ingeniero Electricista, conforme
obra en el Libro de Registro de Grados y Títulos Nº 13,
encontrándose inscrito en el Folio Nº 1871, con Resolución
Nº CU-1092-2015-GT de fecha 08 de abril de 2015;
Que, obra en el expediente la opinión favorable de la
Comisión de Grados y Títulos del Consejo Universitario
de fecha 02 de junio de 2015 para el otorgamiento de
Duplicado de Diploma;
Que, en Sesión Ordinaria de Consejo Universitario
llevada a cabo el día 16 de junio de 2015 se puso a
consideración del pleno la petición presentada por el señor
Jhon Lenes Huallparimachi, solicitando duplicado de
Diploma que le conf‌i rió el Título de Ingeniero Electricista
de la Facultad de Ingeniería Eléctrica, Electrónica,
Mecánica y Minas, siendo aprobado por unanimidad;
Estando a lo solicitado, Ley 30281 y en uso de las
atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220;
RESUELVE:
Primero.- DECLARAR PROCEDENTE la petición
presentada por el señor JHON LENES HUALLPARIMACHI,
sobre otorgamiento de duplicado de Diploma que le
conf‌i rió el Título de Ingeniero Electricista de la Facultad
de Ingeniería Eléctrica, Electrónica, Mecánica y Minas de
la Institución, por motivo de pérdida.
Segundo.- AUTORIZAR a la Of‌i cina de Secretaria
General de la UNSAAC proceda con la emisión del
DUPLICADO DE DIPLOMA, POR MOTIVO DE PERDIDA
a favor del señor JHON LENES HUALLPARIMACHI,
conf‌i riéndole el Título de Ingeniero Electricista de la
Facultad de Ingeniería Eléctrica, Electrónica, Mecánica
y Minas de la Institución, en mérito a los fundamentos
expuestos en la parte considerativa de la presente
Resolución.
Tercero.- DEJAR ESTABLECIDO que en el Diploma
a que se ref‌i ere los numerales primero y segundo de
la presente Resolución, se consignará en el margen
izquierdo el sello de DUPLICADO
Cuarto.- DISPONER que la Of‌i cina de Secretaria
General de la UNSAAC a través del Equipo de Grados
y Títulos, remita a la Superintendencia Nacional de
Educación Superior Universitaria un ejemplar de la
presente Resolución para el registro respectivo.
Quinto.- DISPONER que el AREA DE
ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS AUXILIARES, de la
Institución, proceda con la publicación de la presente
Resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano, bajo
responsabilidad
La Of‌i cina de Secretaria General, la Dirección General
de Administración y el Área de Abastecimiento y Servicios
Auxiliares, adoptarán las acciones complementarias para
su cumplimiento.
GERMÁN ZECENARRO MADUEÑO
Rector
1268203-1
Designan responsable de remitir ofertas de
empleo del CAEN al Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN DIRECTORAL DEL CENTRO DE
ALTOS ESTUDIOS NACIONALES, ESCUELA DE
POSTGRADO
N° 007-2015/EPG-CAEN
Chorrillos, 21 de julio de 2015
VISTO:
La Resolución Ministerial N° 041 -2015-PCM, de fecha
17 de febrero de 2015;
CONSIDERANDO:
Que, la Única Disposición Complementaria Final
del Decreto Supremo N° 065-2011-PCM, que establece
modif‌i caciones al Reglamento del Régimen de
Contratación Administrativa de Servicios - CAS, aprobado
por el Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, prescribe que
la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), aprobará
el modelo de convocatoria y de Contrato Administrativo de
Servicios, los mismos que serán publicados en el portal
institucional de SERVIR y en el Portal del Estado Peruano;
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo
2° de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N°
107-2011-SERVIR-PE, de fecha 13 de setiembre de 2011,
se aprobó el Modelo de Convocatoria para la Contratación
Administrativa de Servicios, que incluye la obligación de
las entidades públicas de publicar las convocatorias para
NL20150801.pdf 57 8/3/2015 8:49:03 AM

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