RESOLUCION DIRECTORAL N° 007-2015-EF/50.01 - Mdofician Anexo 'Cronograma de Reuniones para la revisión de la Programación Multianual del Gasto Público - Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales' de la Directiva N° 002-2015-EF/50.01, aprobada por R.D. N° 003-2015-EF/50.01

Fecha de disposición16 Abril 2015
Fecha de publicación16 Abril 2015
El Peruano
Jueves 16 de abril de 2015
550690
resolución aprobatoria de la transferencia entre entidades
públicas tiene mérito suf‌i ciente para su inscripción en los
Registros Públicos;
Con el visado del Despacho Viceministerial de
Prestaciones Sociales, de la Responsable del proceso
de extinción del PRONAA, y de la Of‌i cina General de
Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29151, Ley
General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su
Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-
2008-VIVIENDA y modif‌i catorias; la Ley N° 29792, Ley
de Creación, Organización y Funciones del Ministerio
de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de
Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo
N° 011-2012-MIDIS;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobación de la transferencia
Aprobar la transferencia interestatal de propiedad
predial a título gratuito, en el marco del artículo 62 y
siguientes del Reglamento de la Ley N° 29151, Ley General
del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado
inmueble ubicado en la Mz. 17, Lote 04, Sector Chosica
Norte, Distrito de La Victoria, Provincia de Chiclayo,
Departamento de Lambayeque, con un área de 2000
m2, inscrito a favor del Programa Nacional de Asistencia
Alimentaria – PRONAA en la Partida N° 02202353 del
Registro de Predios de Chiclayo, con Registro SINABIP
N° 163 del Libro de Lambayeque, y CUS N° 23312, a favor
del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Artículo 2º.- Inscripción registral
Declarar que la presente Resolución Ministerial tiene
mérito suf‌i ciente para la inscripción en los Registros
Públicos de la transferencia predial autorizada en el artículo
precedente, conforme a lo establecido en el artículo 68 del
Artículo 3º.- Reversión de dominio por
incumplimiento del numeral 7.5 de la Directiva N° 005-
2013/SBN
Establecer que la entidad adquirente del predio, en
el plazo máximo de dos (02) años contados desde la
notif‌i cación de la presente resolución, deberá presentar
el respectivo programa o proyecto de desarrollo o
inversión, con los respectivos planes y estudios técnico-
legales para su ejecución, y el documento expedido por el
órgano competente donde se garantice el f‌i nanciamiento,
bajo apercibimiento de reversión de dominio en caso
de incumplimiento, de acuerdo con el numeral 7.5 de la
Directiva N° 005-2013/SBN.
Artículo 4º.- Reversión de dominio por
incumplimiento del numeral 7.3 de la Directiva N° 005-
2013/SBN
Establecer que la entidad adquiriente gestione y
obtenga, en el plazo no mayor de un (01) año, el cambio
de zonif‌i cación ante el Gobierno Local respectivo, a f‌i n de
que sea compatible con la f‌i nalidad para cual solicita la
transferencia del predio, bajo apercibimiento de reversión
de dominio, de conformidad con lo dispuesto en el numeral
7.3 de la Directiva N° 005-2013/SBN.
Artículo 5º.- Acciones Administrativas
Disponer que la Responsable del proceso de extinción
del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria
– PRONAA actualice el Sistema Nacional de Bienes
Estatales – SINABIP, de acuerdo con lo indicado en la
presente resolución ministerial, y adopte las acciones
administrativas que correspondan.
Artículo 6º.- Comunicación a la Superintendencia
Nacional de Bienes Estatales
Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la
Superintendencia Nacional de Bienes Estatales.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
1224629-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Modifican Anexo “Cronograma de
Reuniones para la revisión de la
Programación Multianual del Gasto
Público – Gobierno Nacional y
Gobiernos Regionales” de la Directiva
N° 002-2015-EF/50.01 aprobada por
R.D. N° 003-2015-EF/50.01
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 007-2015-EF/50.01
Lima, 13 de abril de 2015
CONSIDERANDO:
Que, los literales a) y c) del numeral 13.2 del artículo
13 de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración
Financiera del Sector Público, en concordancia con los
artículos 3 y 4 del Texto Único Ordenado de la Ley N°
28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, disponen
que la Dirección General de Presupuesto Público es el
órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-
normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, y cuenta
con las atribuciones de programar, dirigir, coordinar
y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así
como emitir las directivas y normas complementarias
pertinentes;
Que, asimismo, el literal e) del artículo 4 del TUO
de la Ley N° 28411 dispone que es atribución de la
Dirección General de Presupuesto Público, la promoción
del perfeccionamiento permanente de la técnica
presupuestaria;
Que, mediante Resolución Directoral N° 003-
2015-EF/50.01, se aprobó la Directiva N° 002-
2015-EF/50.01, “Directiva para la Programación y
Formulación Anual del Presupuesto del Sector Público,
con una perspectiva de Programación Multianual”,
en cuyo Anexo N°1 “Cronograma de reuniones para
la revisión de la Programación Multianual del Gasto
Público – Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales”
se establecen las fechas para las reuniones con
las entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos
Regionales;
Que, el numeral 20.2 del artículo 20 de la
mencionada Directiva establece que la propuesta
de la Programación Multianual del Gasto Público,
acompañado del Resumen Ejecutivo correspondiente,
es presentada a la Dirección General de Presupuesto
Público a más tardar dos (2) días hábiles anteriores a
los señalados en los plazos para la reunión establecida
en el Anexo N° 1 antes citado, bajo responsabilidad del
Jefe de la Of‌i cina de Presupuesto o Gerente Regional
de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento
Territorial, o los que hagan sus veces;
Que, diversos Pliegos de Gobiernos Regionales han
solicitado ampliar los plazos para la presentación de las
propuestas de la Programación Multianual del Gasto
Público; por lo que, a f‌i n otorgar las facilidades a dichas
entidades, es necesario modif‌i car el Anexo mencionado
en el considerando precedente;
En uso de las facultades conferidas en el artículo
13 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración
Financiera del Sector Público, los artículos 3 y 4 del TUO
de la Ley Nº 28411, y el artículo 17 del Decreto Legislativo
Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y
Finanzas;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Modif‌i car el numeral 2 del Anexo
N° 1 “Cronograma de reuniones para la revisión de la
Programación Multianual del Gasto Público – Gobierno
Nacional y Gobiernos Regionales”, correspondiente a
los pliegos Gobiernos Regionales, de la Directiva N°
002-2015-EF/50.01 “Directiva para la Programación y
Formulación Anual del Presupuesto del Sector Público,
con una perspectiva de Programación Multianual”,
aprobada mediante Resolución Directoral N° 003-2015-

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