Resolucion directoral N° 0066-2024-MTC/17.03. Autorizan a la empresa ESCUELA DE CONDUCTORES BREVET DAKAR PERU E.I.R.L. – ESCONBREDA E.I.R.L., como Entidad Certificadora de Conversiones a Gas Licuado de Petróleo – GLP de ámbito nacional

Fecha de publicación23 Febrero 2024
SecciónSección Única
Designan miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo

Lima, 8 de febrero de 2024


VISTOS:


La solicitud registrada con Hoja de Ruta N° T-005182-2024, presentado por la empresa ESCUELA DE CONDUCTORES BREVET DAKAR PERU E.I.R.L. – ESCONBREDA E.I.R.L., mediante la cual solicita autorización para operar como Entidad Certificadora de Gas Licuado de Petróleo-GLP de ámbito nacional; y,


CONSIDERANDO:


Que, el artículo 29 del Reglamento Nacional de Vehículos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias, establece el marco normativo que regula las conversiones de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de combustibles líquidos con la finalidad de instalar en ellos el equipamiento que permita su combustión a Gas Licuado de Petróleo (GLP), a fin de que ésta se realice con las máximas garantías de seguridad, por talleres debidamente calificados y utilizando materiales de la mejor calidad, previniendo de este modo la ocurrencia de accidentes a causa del riesgo que implica su utilización sin control;


Que, la Directiva Nº 005-2007-MTC/15, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 14540-2007-MTC/15 y elevada al rango de Decreto Supremo mediante el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 022-2009-MTC, regula el Régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversión a Gas Licuado de Petróleo - GLP, en adelante la Directiva, estableciendo en el numeral 5.2 la documentación que deberán adjuntar las personas jurídicas para solicitar la autorización como Entidad Certificadora de Conversiones a Gas Licuado de Petróleo - GLP;


El numeral 5 de la Directiva señala que la...

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