Resolucion Directoral N° 003-2023/APCI-DE. Aprueban el Programa de Beneficios del CAFAE de la APCI para el año fiscal 2023

Fecha de publicación27 Enero 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Miraflores, 4 de enero de 2023

VISTO

La Carta N° 0014-2022-APCI/CAFAE, recibida el 29 de diciembre de 2022, remitida por el Presidente del Comité de Asistencia de Fondo de Asistencia y Estímulo - CAFAE de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; y, el Informe N° 0002-2023-APCI/OAJ del 04 de enero de 2023 de la Oficina de Asesoría Jurídica de la APCI;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en la Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, Ley N° 27692 y sus normas modificatorias, la APCI es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, a cargo de ejecutar, programar y organizar la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo; y, goza de autonomía técnica, económica, presupuestal y administrativa;

Que, a través del Decreto Supremo N° 006-75-PM-INAP se aprobaron las normas generales a las que debe sujetarse los organismos del sector público para la aplicación del “Fondo de Asistencia y Estímulo”;

Que, de conformidad con el aludido Decreto Supremo, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 067-92-EF, Decreto Supremo que precisa los mecanismos para la utilización de los recursos del Fondo de Asistencia y Estímulo, señala que el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo, tiene la responsabilidad de la administración de dicho fondo;

Que, mediante la Resolución Directoral Ejecutiva N° 081-2021/APCI-DE del 19 de agosto de 2021, se conformó el Comité CAFAE – APCI por el periodo 2021-2023 y se designó al representante titular de la APCI ante dicho comité;

Que, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Interno del CAFAE de la APCI, corresponde al presidente de dicho órgano colegiado proponer el Programa de Beneficios del CAFAE de la APCI para que, una vez aprobado, se presente ante el titular del pliego;

Que, en tal sentido, mediante la Carta N° 0014-2022-APCI/CAFAE del 29 de diciembre de 2022, el Presidente del CAFAE – APCI remitió una primera versión del proyecto del Programa de Beneficios del CAFAE de la APCI para el año fiscal 2023; posteriormente, el 04 de enero de 2023, se recibió una versión ajustada del aludido Programa, aprobado por sus miembros, para el trámite correspondiente;

Que, el artículo 32 de la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01, “Directiva para la...

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