Resolucion Directoral Nº 002-2023-INACAL/DN. Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre cerveza, eficiencia energética, madera y otros

Fecha de publicación08 Febrero 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 2 de febrero de 2023

VISTO: El acta de fecha 31 de enero de 2023 del Comité Permanente de Normalización;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera; además es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad;

Que, las actividades de Normalización se realizan sobre la base del Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, que como Anexo 3 forma parte del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en concordancia con el artículo 4 de la Ley N° 30224, en el marco del Principio de no obstaculización comercial del Sistema Nacional para la Calidad;

Que, el numeral 19.1 del artículo 19 de la citada Ley establece que el órgano de línea responsable de la materia de normalización del INACAL, es la autoridad competente en materia de normalización, y puede delegar parte de las actividades de normalización en otras entidades, reservando para sí la función de aprobación de Normas Técnicas Peruanas; asimismo, el numeral 19.5 señala que, el órgano de línea a través del Comité Permanente de Normalización, aprueba las Normas Técnicas Peruanas y textos afines;

Que, conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley N° 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, la Dirección de Normalización es la Autoridad Nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios; aprobando las Normas Técnicas Peruanas y Textos Afines a las Actividades de Normalización a través del Comité Permanente de Normalización; y de acuerdo al artículo 36 del citado Reglamento, tiene entre sus funciones, la correspondiente a revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas, así como su difusión;

Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 20.3 del artículo 20 de la Ley N° 30224, los Comités Técnicos de Normalización en materia de: a) Cerveza, b) Métodos de ensayo para alimentos, c) Productos forestales maderables transformados, d) Gestión de la investigación, desarrollo tecnológico e innovación, e) Seguridad eléctrica, f) Telecomunicaciones, g) Transporte eléctrico, h) Uso racional de energía y eficiencia energética, i) Aceros y aleaciones relacionadas, j) Soldadura, k) Pruebas de laboratorio clínico y sistemas para diagnóstico in vitro, proponen aprobar 31 Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, y dejar sin efecto 23 Normas Técnicas Peruanas; sustentando ello en los informes que figuran en los expedientes correspondientes;

Que, mediante el Informe N° 02-2023-INACAL/DN.PN de fecha 25 de enero de 2023, la Dirección de Normalización señaló que los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, descritos en el considerando precedente han cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 20 de la Ley N° 30224;

Que, con base en los informes de los Comités Técnicos de Normalización y el informe de la Dirección de Normalización descrito precedentemente, el Comité Permanente de Normalización conformado con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 088-2019-INACAL/PE y...

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