RESOLUCION DIRECTORAL N° 002-2015-PRODUCE/DGCHD - Otorgan a favor de Conservas Isabel Ecuatoriana S.A. permiso de pesca para operar embarcación pesquera de bandera ecuatoriana denominada San Andrés

Fecha de disposición08 Abril 2015
Fecha de publicación08 Abril 2015
SecciónSección Única
El Peruano
Miércoles 8 de abril de 2015 550203
CONSIDERANDO:
Que, el Reglamento de Organización y Funciones
– ROF del Instituto del Mar del Perú - IMARPE; aprobado
mediante Resolución Ministerial Nº 345-2012-PRODUCE,
establece en su Artículo 24º que la Of‌i cina General de
Administración es el órgano responsable de programar,
conducir y controlar los sistemas administrativos de
tesorería, contabilidad, abastecimiento, gestión de
recursos humanos y las actividades vinculadas a
informática, trámite documentario y archivo central del
IMARPE;
Que, mediante Acuerdo 094-2014-CD/O el Consejo
Directivo del IMARPE en su Décima Sesión Ordinaria,
celebrada el 27 de octubre de 2014, aprobó la designación
del Economista Oscar Alejandro Acosta Rueda en el
cargo de conf‌i anza de Jefe de la Of‌i cina General de
Administración, procediéndose a la emisión y publicación
de la Resolución Directoral DEC Nº 290-2014 del 31 de
octubre de 2014;
Que, mediante Carta S/Nº del 24 de febrero de 2015,
el Economista Oscar Alejandro Acosta Rueda, puso el
cargo de Jefe de la Of‌i cina General de Administración,
a disposición de la Dirección Ejecutiva Científ‌i ca;
procediéndose a encargar temporalmente, desde el 06 de
marzo de 2015 las funciones propias de la citada Of‌i cina
General a la Economista Haydee María Cruz Sáenz Apari,
en tanto el Consejo Directivo designara al titular;
Que, los actos administrativos pueden tener ef‌i cacia
anticipada a la fecha de su emisión, solo si fueran
más favorables al administrado, no lesionen derechos
fundamentales o intereses de buena fe legalmente
protegidos y que existiera en la fecha a la que pretenda
retrotraerse la ef‌i cacia del acto, el supuesto de hecho
justif‌i cativo para su adopción, de conformidad con lo
establecido en el Artículo 17.1 de la Ley Nº 27444 - Ley
del Procedimiento Administrativo General;
Que, la Directora Ejecutiva Científ‌i ca, conforme lo
dispone el Artículo 14º del Reglamento de Organización
y Funciones, es la funcionaria de mayor jerarquía de la
institución, responsable de la ejecución de los objetivos
y políticas del IMARPE, constituyendo la Titular de la
entidad;
Que, mediante Informe Nº DEC-PCD-017-2015 del
27 de marzo de 2015, la Directora Ejecutiva Científ‌i ca
haciendo uso de las facultades establecidas en el Artículo
14º e inciso w) del Artículo 15º del Reglamento de
Organización y Funciones – ROF del IMARPE, propone
para su designación, la nómina de funcionarios para
someterse a aprobación del Consejo Directivo entre otras,
en la Of‌i cina General de Administración de la institución
y dar por concluida la designación del Econ. Oscar
Alejandro Acosta Rueda, en el cargo de conf‌i anza antes
mencionado;
Que, mediante Acuerdo Nº 018-2015-CD/O adoptado
en la Tercera Sesión Ordinaria de fecha 30 de marzo
de 2015 el Consejo Directivo del IMARPE, acordó dar
por concluida la designación del Economista OSCAR
ALEJANDO ACOSTA RUEDA, en el cargo de conf‌i anza de
Jefe de la Of‌i cina General de Administración del Instituto
del Mar del Perú – IMARPE y designar a la Economista
HAYDEE MARÍA CRUZ SÁENZ APARI, en el cargo de
conf‌i anza de Jefa de la Of‌i cina General de Administración
del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, con ef‌i cacia
anticipada al 06 de marzo de 2015 y se dispuso la emisión
de la respectiva resolución directoral;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594
- Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en
el nombramiento y designación de funcionarios públicos;
y la Resolución Ministerial Nº 345-2012-PRODUCE -
Reglamento de Organización y Funciones del IMARPE;
Con la visación de la Secretaria General, Of‌i cina
General de Planeamiento y Presupuesto, Of‌i cina General
de Administración y Of‌i cina General de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del
Economista OSCAR ALEJANDO ACOSTA RUEDA, en
el cargo de conf‌i anza de Jefe de la Of‌i cina General de
Administración del Instituto del Mar del Perú – IMARPE,
dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2º.- Designar a la Economista HAYDEE
MARÍA CRUZ SÁENZ APARI, en el cargo de conf‌i anza de
Jefa de la Of‌i cina General de Administración del Instituto
del Mar del Perú – IMARPE, con ef‌i cacia anticipada al 06
de marzo de 2015.
Artículo 3º.- Disponer que la Of‌i cina General
de Administración a través del Área Funcional de
Recursos Humanos efectúe los trámites administrativos
correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLA P. AGUILAR SAMANAMUD
Directora
Dirección Ejecutiva Científ‌i ca
1220924-1
Otorgan a favor de Conservas Isabel
Ecuatoriana S.A. permiso de pesca
para operar embarcación pesquera de
bandera ecuatoriana denominada San
Andrés
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 002-2015-PRODUCE/DGCHD
Lima, 7 de enero de 2015
VISTO:
El escrito con registro Nº 00095475-2014 y adjunto 1,
de fechas 05 y 11 de diciembre de 2014, respectivamente;
presentados por la empresa extranjera CONSERVAS
ISABEL ECUATORIANA S.A., con domicilio legal en el
Perú en la Av. República de Panamá Nº 134, provincia
Constitucional del Callao, mediante el cual solicita permiso
de pesca para la extracción del recurso Atún y especies
af‌i nes; así como los informes Nº 2427-2014-PRODUCE/
DGCHD-Depchd y Nº 001-2015-PRODUCE/DGCHD-
Depchd, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante los escritos de registros Nº 00095475-
2014 y 00095475-2014-1 de fechas 05 y 11 de
diciembre de 2014, la señora Clara Olga Mas Toral, de
nacionalidad peruana, identif‌i cada con DNI Nº 25568829,
en representación de la empresa CONSERVAS ISABEL
ECUATORIANA S.A., solicita se le otorgue permiso de
pesca para la extracción del recurso Atún y especies
af‌i nes, en aguas jurisdiccionales peruanas, para operar
la embarcación pesquera de bandera ecuatoriana
denominada “SAN ANDRES” de matrícula P-04-00596,
por el periodo de tres (3) meses contados a partir del 20
de enero de 2015;
Que, el numeral 2 del inciso c) del artículo 43º de la Ley
establece que las personas naturales o jurídicas requerirán
de permiso de pesca para la operación de embarcaciones
pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo,
los artículos 44º y 45º de la citada Ley establecen que
el permiso de pesca es un derecho específ‌i co que el
Ministerio de la Producción otorga a plazo determinado
para el desarrollo de las actividades pesqueras, previo
pago de los derechos correspondientes;
Que, el artículo 47º de la acotada norma dispone que
las operaciones de embarcaciones de bandera extranjera
en aguas jurisdiccionales peruanas, solo podrán
efectuarse sobre el excedente de la captura permisible
no aprovechada de recursos hidrobiológicos por la
f‌l ota existente en el país, sujetándose a los términos y
condiciones establecidos en la legislación interna sobre
preservación y explotación de los recursos hidrobiológicos
y sobre los procedimientos de inspección y control, para lo
cual los armadores extranjeros deberán acreditar domicilio
y representación legal en el país;
Que, de conformidad con los literales c) y d) del artículo
48º de la citada Ley, la pesca en aguas jurisdiccionales
peruanas podrá llevarse a cabo por embarcaciones
de bandera extranjera, para la pesca de recursos de
oportunidad, o altamente migratorios o aquellos otros
subexplotados que determine el Ministerio de Pesquería,
mediante el pago de derechos por permiso de pesca y en
virtud de acuerdos pesqueros celebrados por el Perú con

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR