Resolucion directoral N° 0009-2023-EF/63.01. Aprueban la “Nota Técnica para el uso del Precio Social de Carbono en la Evaluación Social de Proyectos de Inversión en Tipologías: Servicios de movilidad urbana, recuperación de ecosistemas forestales degradados y espacios públicos urbanos que incluyan áreas verdes” y modifican la denominación de la “Nota Técnica para el uso del Precio Social de Carbono en la Evaluación Social de Proyectos de Inversión”, aprobada por la Resolución Directoral N° 006-2021-EF/63.01

Fecha de publicación25 Agosto 2023
SecciónSección Única
14 NORMAS LEGALES Viernes 25 de agosto de 2023
El Peruano
/
ECONOMÍA Y FINANZAS
Resolución Ministerial que aprueba índices
de distribución del Canon Pesquero
provenientes de los Derechos de Pesca
correspondientes al primer semestre del
año 2023
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 295-2023-EF/50
Lima, 24 de agosto del 2023
CONSIDERANDO:
Canon, crea el canon a la explotación de los recursos
hidrobiológicos, señalando que el Canon Pesquero se
compone del 50% (cincuenta por ciento) del total de los
ingresos y rentas que percibe el Estado de las empresas
dedicadas a la extracción comercial de pesca de mayor
escala, de recursos naturales hidrobiológicos de aguas
marítimas, y continentales lacustres y uviales;
Que, el numeral 5.2 del artículo 5 de la citada Ley,
establece que el canon se distribuye entre los gobiernos
regionales y gobiernos locales de acuerdo a los índices de
distribución que je el Ministerio de Economía y Finanzas
en base a criterios de población y necesidades básicas
insatisfechas;
Que, el literal e) del artículo 2 del Reglamento de la
Ley Nº 27506, Ley de Canon, aprobado mediante Decreto
Supremo 005-2002-EF, establece que el Canon
Pesquero está constituido por el 50% (cincuenta por
ciento) del Impuesto a la Renta y los Derechos de Pesca
a que se reere la Ley General de Pesca pagado por las
empresas dedicadas a la extracción comercial de pesca
de mayor escala, de recursos naturales hidrobiológicos
de aguas marítimas, y continentales lacustres y uviales;
Que, el artículo 6 del Reglamento de la Ley Nº 27506,
establece que el Instituto Nacional de Estadística e
Informática (INEI) y el sector al cual corresponde la actividad
que explota el recurso natural por el cual se origina la
transferencia de un Canon, dentro de los tres (03) primeros
meses del año, proporcionan al Ministerio de Economía y
Finanzas (MEF), la información necesaria a n de elaborar
los Índices de Distribución del Canon que resulten de la
aplicación de los criterios de distribución establecidos en el
referido Reglamento. Dichos Índices, así como las cuotas a
que se reere el literal a) del artículo 7 del citado Reglamento
son aprobados mediante Resolución Ministerial expedida
por el Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, el literal e) del artículo 7 del Reglamento de
la Ley Nº 27506, establece que el monto del Canon
Pesquero proveniente de los Derechos de Pesca es
determinado semestralmente, en virtud de lo dispuesto en
los artículos 41 y 47 del Reglamento de la Ley General
de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-
2001-PE; para tal efecto, el Ministerio de la Producción
debe informar al Ministerio de Economía y Finanzas
respecto de los lugares donde las empresas dedicadas
a la extracción comercial de pesca de mayor escala
desembarquen los recursos hidrobiológicos, así como los
volúmenes de pesca de mayor escala desembarcados
en tales lugares durante cada período, dentro de los 20
(veinte) días hábiles siguientes al último día del mes que
culmine el semestre, a efectos de determinar los índices
de distribución respectivos;
Que, el numeral 52.1 del artículo 52 del Decreto
Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema
Nacional de Presupuesto Público, establece que
los índices de distribución del Canon Pesquero son
aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas
mediante Resolución Ministerial sobre la base de los
cálculos que para tal efecto formule la Dirección General
de Presupuesto Público, considerando los criterios
establecidos en el marco legal correspondiente;
Que, en base a la información proporcionada por
el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI)
mediante Ocio 000016-2023-INEI/JEF, y por el
Ministerio de la Producción (PRODUCE) con el Ocio
00000396-2023-PRODUCE/DVPA, conforme a lo
dispuesto en el artículo 6 del Reglamento de la Ley Nº
27506, la Dirección General de Presupuesto Público del
Ministerio de Economía y Finanzas ha realizado los cálculos
para la determinación de los índices de distribución del
Canon Pesquero provenientes de los Derechos de Pesca,
correspondientes al primer semestre del año 2023;
Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar los
índices de distribución del Canon Pesquero provenientes
de los Derechos de Pesca, correspondientes al primer
semestre del año 2023;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27506,
Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
y, en el Reglamento de la Ley Nº 27506, Ley de Canon,
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2002-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Objeto
Aprobar los índices de distribución del Canon
Pesquero provenientes de los Derechos de Pesca,
correspondientes al primer semestre del año 2023, a
ser aplicados a los gobiernos regionales y gobiernos
locales beneciarios, conforme al Anexo que forma parte
integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Publicación
La presente Resolución Ministerial y su Anexo se
publican en la sede digital del Ministerio de Economía
y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de
publicación de la presente norma en el Diario Ocial El
Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA
Ministro de Economía y Finanzas
2208483-1
Aprueban la “Nota Técnica para el uso del
Precio Social de Carbono en la Evaluación
Social de Proyectos de Inversión en
Tipologías: Servicios de movilidad urbana,
recuperación de ecosistemas forestales
degradados y espacios públicos urbanos
que incluyan áreas verdes” y modiican
la denominación de la “Nota Técnica
para el uso del Precio Social de Carbono
en la Evaluación Social de Proyectos de
Inversión”, aprobada por la Resolución
Directoral N° 0062021EF/63.01
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 0009-2023-EF/63.01
Lima, 23 de agosto de 2023
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto
Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación
Multianual y Gestión de Inversiones, y modicatorias, se
creó el Sistema Nacional de Programación Multianual y
Gestión de Inversiones como Sistema Administrativo del
Estado con la nalidad de orientar el uso de los recursos
públicos destinados a la inversión para la efectiva
prestación de servicios y la provisión de la infraestructura
necesaria para el desarrollo del país;
Que, el párrafo 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo
1252, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas, a
través de la Dirección General de Programación Multianual
de Inversiones, es el ente rector del Sistema Nacional de
Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y en su
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 25/08/2023 00:19

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