Resolucion directoral N° 000570-2023-DCIA/MC. Delegan diversas competencias en la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco, durante el Ejercicio Fiscal 2024

Fecha de publicación06 Enero 2024
SecciónSección Única
Decreto Supremo que establece la adecuación ambiental de las actividades de residuos sólidos y establece otras medidas para optimizar la gestión de los proyectos de inversión en materia de residuos sólidos

San Borja, 29 de diciembre del 2023


Vistos, el Informe N° 000606-2023-DCIA-LRS/MC de fecha 29 de diciembre de 2023, de la Dirección de Calificación de Intervenciones Arqueológicas; y,


CONSIDERANDO:


Que, por Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, constituyendo pliego presupuestal del Estado;


Que, a través del artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, se declara de interés social y de necesidad pública la identificación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes;


Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2022-MC publicado en el diario oficial “El Peruano” el 23 de noviembre de 2022, se aprueba el nuevo Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, norma legal de aplicación obligatoria para las personas naturales y/o jurídicas públicas o privadas, que ejecuten intervenciones arqueológicas a nivel nacional en sus diversas modalidades; precisando, en sus artículos 19 y 23, que la Dirección de Calificación de Intervenciones Arqueológicas es el órgano competente para otorgar autorizaciones para la ejecución de proyectos de investigación arqueológica y proyectos de evaluación arqueológica, respectivamente; y, en sus artículos 20 y 24, que es también dicho despacho el competente para emitir el acto administrativo que comunica la conformidad del informe de resultados de dichas modalidades de intervención arqueológica;


Que, por otro lado, el Decreto Supremo N° 011-2022-MC, si bien deroga el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas aprobado con Decreto Supremo N° 003-2014-MC; establece también, en su tercera disposición complementaria final, que “Los procedimientos administrativos que se encuentren en trámite en el Ministerio de Cultura se tramitan con las disposiciones con las que se iniciaron hasta su culminación”;


Que, además, mediante Informe N° 001642-2022-OGAJ/MC de fecha 29 de diciembre de 2022, la Oficina General de Asesoría Jurídica precisa que, en el caso de intervenciones arqueológicas autorizadas al amparo del antiguo...

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