Lima, 15 de abril de 2024
VISTOS:
El Informe N° 000345-2024-OTASS-URH de la Unidad de Recursos Humanos, el Informe N° 000132-2024-OTASS-OA de la Oficina de Administración, el Informe Legal N° 000102-2024-OTASS-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 005-2020-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario; el cual desarrolla su competencia en concordancia con la política general, objetivos, planes, programas y lineamientos normativos establecidos por el Ente Rector;
Que, conforme con lo establecido en el literal k) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del OTASS, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2019-VIVIENDA y Resolución Directoral Nº 010-2019-OTASS/DE, la Dirección Ejecutiva tiene, entre otros, la función de designar y remover al Gerente/a General; así como al personal directivo y/o de confianza, de acuerdo con la normativa vigente;
Que, con...