RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 15-2011-P-CSJHA-PJ - Establecen plazo para el pago del derecho de revalidación de los peritos judiciales del año 2011

Fecha de publicación29 Enero 2011
Fecha de disposición29 Enero 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 29 de enero de 2011 435247
En atención a las nuevas normas procesales instauradas
por las leyes números 27379, 27934 y 27697, es el caso de
dictar las disposiciones de reparto de los procedimientos
materia de dicha normatividad.
Por estas consideraciones y en uso de las facultades
previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del artículo 90
del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder
Judicial;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer que corresponde al Juzgado
Transitorio Penal de Turno Permanente el conocimiento de
los requerimientos del Fiscal Provincial Penal y de otras
entidades estatales para la imposición de las medidas
limitativas de derechos solicitadas al amparo de las Leyes
27379, 27934 y 27697, bajo las siguientes directivas:
1) La solicitud de medidas limitativas tendrá carácter de
reservada. La Mesa de Partes del Juzgado Penal de Turno
Permanente registrará con ese carácter el expediente
recibido, omitirá registrar el nombre de la persona contra
quien se solicita la medida y la entidad requirente.
Una vez que la medida limitativa se haya dictado se
procederá a completar el registro del expediente previa
comunicación del Juez.
Se requiere la previa ejecución de la medida para
completar el registro, en los siguientes casos: a) detención
preliminar, b) detención domiciliaria, c) incautación, apertura
e interceptación de documentos privados, libros contables,
bienes y correspondencia, d) embargo u orden de inhibición,
e) allanamiento, y f) inmovilización y clausura temporal de
local, g) levantamiento del secreto a las comunicaciones.
2) En caso que el Juez de Turno deniegue la solicitud
de limitación de derechos, el registro del expediente
mantendrá su carácter reservado. La Mesa de Partes de la
Sala Superior registrará el citado expediente bajo el rótulo
de “reservado” y complementará el registró una vez que el
Juez Penal comunique que la medida se ejecutó.
3) El Juez del Juzgado que conoció de manera primigenia
la Medida Excepcional de Limitación de Derechos, recibirá
todas las incidencias que se hayan generado en referencia
a una misma investigación preliminar, desde la vigencia de
las Leyes 27379, 27934 y 27697. Asimismo, le corresponde
el conocimiento de las medidas excepcionales, que se
presenten con posterioridad y que tengan relación con
determinada investigación preliminar.
4) En los casos de que las Medidas Excepcionales de
Limitación de Derechos y denuncias penales que guarden
relación con las Leyes 27379, 27934 y 27697, tengan alguna
relación con la investigación preliminar que se encuentra
en el Despacho del Juez que conoció el pedido de manera
primigenia, se planteen fuera del horario del despacho judicial;
corresponderá al Juzgado Penal de Turno Permanente el
conocimiento de dichos requerimientos y/o denuncias penales,
siendo remitidos el primer día hábil al Juzgado competente.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente
resolución al Señor Presidente de la Corte Suprema de
Justicia, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo
Nacional de la Magistratura, Fiscalía de la Nación,
Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito
Judicial de Lima Sur, Of‌i cina de Control de la Magistratura,
Of‌i cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de
Lima Sur, Gerencia General del Poder Judicial, Of‌i cina
de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur,
Of‌i cina de Administración Distrital de esta Corte Superior
de Justicia, y Magistrados para los f‌i nes pertinentes.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
PEDRO CARTOLÍN PASTOR
Presidente de la Corte Superior de
Justicia de Lima Sur
595877-2
Oficializan acuerdo de Sala Plena
referente a la designación de Presidente
Titular y Suplente del Jurado Electoral
Especial de Huaura
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 06-2011-P-CSJHA-PJ
Huacho, 04 enero de 2011.
EL PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR
DE JUSTICIA DE HUAURA
VISTA:
El Acta de Sala Plena del 30 de diciembre del 2010; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Of‌i cio N°481-2010-P/JNE, el Presidente
del Jurado Nacional de Elecciones solicita que se proceda
a designar en Sala Plena a los magistrados que asumirán
la Presidencia del Jurado Electoral Especial de Huaura
(titular y suplente), para la conducción de los procesos de
Elecciones Generales del Año 2011.
N° 26859 y el artículo 33 de la Ley Orgánica del Jurado Nacional
de Elecciones – Ley N° 26486, prescriben que, los Jurados
Electorales Especiales están constituidos por 03 miembros,
entre los cuales se encuentra un miembro nombrado por la
Corte Superior bajo cuya circunscripción se encuentra la sede
del Jurado Electoral Especial, elegido entre sus magistrados
jubilados y en actividad, a quien le corresponde presidirlo,
debiéndose designar también a un suplente.
Que, en atención a lo expuesto en sesión del 22 de
diciembre de 2010 la Sala Plena acordó efectuar una
convocatoria pública con avisos en los diarios locales,
of‌i ciándose al Colegio de Abogados de Huaura, a la Fiscalía,
a los Jueces en actividad y a los magistrados jubilados,
señalando que la fecha de presentación de solicitudes
hasta el 28 de diciembre de 2010 y la entrevista personal el
30 de diciembre de 2010 en sesión de sala Plena.
Que, cumplida con la convocatoria pública, en sesión de
Sala Plena del 30 de diciembre de 2010 luego de realizada
la entrevista personal a los cuatro postulantes asistentes,
se acordó por unanimidad designar al doctor Fidel Gregorio
Quevedo Cajo como Presidente Titular del Jurado Electoral
Especial de Huaura, acordando por mayoría designar al
doctor Jesús Alfredo La Rosa Vizcarra como Presidente
Suplente, por lo que mediante la presente se procede a
ejecutar el citado acuerdo.
Que, por las consideraciones expuestas y en uso de las
facultades conferidas por el inciso 6 y 9 del artículo 90º del
RESUELVE:
Artículo Primero: OFICIALIZAR el acuerdo de Sala
Plena del 30 de diciembre de 2010, referido a la designación
de quienes se desempeñarán como Presidente Titular y
Suplente del Jurado Electoral Especial de Huaura:
Dr. Fidel Gregorio Quevedo Cajo – Presidente Titular
Dr. Jesús Alfredo La Rosa Vizcarra – Presidente
Suplente
Artículo Segundo: Poner la presente resolución
administrativa en conocimiento de la Presidencia del Poder
Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la
Gerencia General, de la Administración Distrital, de los abogados
designados, del Secretario General del Jurado Nacional de
Elecciones y de los interesados para los f‌i nes pertinentes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase
LUIS ALBERTO VÁSQUEZ SILVA
Presidente
Corte Superior de Justicia de Huaura
PODER JUDICIAL
595766-1
Establecen plazo para el pago del
derecho de revalidación de los peritos
judiciales del año 2011
RESOLUCION ADMINISTRATIVA
N° 15-2011-P-CSJHA-PJ
EL PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR
DE JUSTICIA DE HUAURA
Huacho, 10 de enero de 2011
VISTO:
El Of‌i cio N° 001-2011-OA-CSJHA/PJ remitido por la
Of‌i cina de Administración de este Distrito Judicial; y,

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