RESOLUCION DE ALCALDIA N° 398-2014-MDSMP - Dejan sin efecto plano y memoria descriptiva, y rectifican la R.A. N° 284-2014/MDSMP
Fecha de publicación | 07 Enero 2015 |
Fecha de disposición | 07 Enero 2015 |
El Peruano
Miércoles 7 de enero de 2015 544139
terceros del AAHH Cultura y
Progreso.
Lado Izquierdo: Con una línea quebrada de
tres tramos que miden 286.00
m, 82.00 m y 40.00 m.
Colinda con propiedad
de Unión de Cervecerías
Peruanas Backus y Johnston
S.A.A
Por el Fondo : Con 236.56 m
Colinda con el río Rímac.
AREA DEL PREDIO : 53,666.56 m2
Con coordenadas que se consignan en el Cuadro de
Datos Técnicos del Plano Perimétrico con coordenadas
UTM (Lamina P-1).
ANEXO E
LOTE MATRIZ Inscrito en la Partida Nº 43063839
Propietario: Industrial Papelera Atlas S.A
“LOTE B, CON FRENTE A MALTERIA DE LIMA S.A
CHACLACAYO”
Linderos y medidas perimétricas:
Frente : Con 82.00 m
Colinda con la Carretera
Central (pista auxiliar Av.
Unión)
Lado derecho : Con 286.00 m
Colinda con propiedad de
Industrial Papelera Atlas S.A.
Lado Izquierdo : Con 286.00 m
Colinda con propiedad
de terceros de Unión de
Cervecerías Peruanas
Backus y Johnston S.A.A
Por el Fondo : Con 82.00 m
Colinda con propiedad de
Industrial Papelera Atlas S.A
AREA DEL PREDIO : 23,452.56 m2.
Con coordenadas que se consignan en el Cuadro de
Datos Técnicos del Plano Perimétrico con coordenadas
UTM (Lamina P-1).
1184496-1
MUNICIPALIDAD DE SAN
MARTIN DE PORRES
Dejan sin efecto plano y memoria
descriptiva, y rectifican la R.A. N° 284-
2014/MDSMP
RESOLUCION DE ALCALDÍA
Nº 398-2014/MDSMP
San Martín de Porres, 29 de Diciembre del 2014.
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN
DE PORRES
VISTO: El Informe N° 668-2014-GDU/MDSMP de la
Gerencia de Desarrollo Urbano, sobre rectifi cación de
acto administrativo; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe de Visto, la Gerencia de
Desarrollo Urbano solicita la rectifi cación de la Resolución
de Alcaldía N° 284-2014/MDSMP (10.NOVIEMBRE.2014)
que declara de ofi cio la Habilitación Urbana del terreno
donde se localiza la Urbanización Los Lirios de Naranjal,
en atención a la Esquela de Observación referida al
Título N° 2014-01195277 del Registro de la Propiedad
Inmueble, Zona Registral N° IX, Sede Lima, de acuerdo a
los términos que contiene;
Que, al respecto, la Subgerencia de Catastro y
Habilitaciones Urbanas, a través del Informe N° 1516-
2014-SGCHU-GDU-MDSMP, teniendo como base el
Informe Técnico N° 131-2014-DVF-SGCHU-GDU-MDSMP,
señala el levantamiento de las observaciones existentes,
presentándose un nuevo Plano de Trazado y Lotización N°
157-2014-SGCyHU-GDU/MDSMP, así como su respectiva
Memoria Descriptiva; lo que implica la rectifi cación de la
norma municipal referida en el considerando precedente;
lo que cuenta con la conformidad de la Gerencia de
Desarrollo mediante el Informe de Visto;
Que, con Informe N° 1934-2014-GAJ/MDSMP, la
Gerencia de Asesoría Jurídica recomienda se emita
la correspondiente disposición municipal rectifi catoria,
al amparo del artículo 201.1 de la Ley N° 27444 – del
Procedimiento Administrativo General;
Con la visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de
Asesoría Jurídica y Gerencia de Desarrollo Urbano;
De conformidad con los artículos 20, inciso 6); 39 y 43
de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; así
como artículo 201.1 de la Ley Nº 27444;
RESUELVE:
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO el Plano N°
128-2014-SGCyHU-GDU/MDSMP y Memoria Descriptiva
a que hace referencia la Resolución de Alcaldía N° 284-
2014/MDSMP (10.NOVIEMBRE.2014), APROBÁNDOSE
en su lugar el Plano de Trazado y Lotización N° 157-2014-
SGCHU-GDU/MDSMP y Memoria Descriptiva que forman
parte integrante de la presente norma municipal.
Artículo Segundo.- RECTIFICAR el artículo Segundo
de la Resolución de Alcaldía N° 284-2014/MDSMP, el
mismo que quedará redactado de la siguiente forma:
DISPONER la inscripción de la Habilitación Urbana
de conformidad con el Plano de Trazado y Lotización N°
157-2014-SGCyHU-GDU/MDSMP y Memoria Descriptiva
de acuerdo al siguiente Cuadro:
CUADRO GENERAL DE ÁREAS
ÁREA BRUTA TOTAL 42,614.31 m2
ÁREA AFECTA A VÍA METROPOLITANA 6,528.35 m2
ÁREA PARA SERVICIOS
COMPLEMENTARIOS 364.70 m2
EDUCACIÓN (Mz. E – Lote 14) 364.70 m2
ÁREA ÚTIL VIVIENDA (177 LOTES) 24,500.60 m2
ÁREA RECREACIÓN PÚBLICA
PARQUE 1 1,020.10 m2
PARQUE 2 2,158.15 m2
ÁREA DE VÍAS 8,042.41 m2
CUADRO DE RESUMENES DE MANZANAS
MANZANA LOTES TOTAL DE ÁREA (m2)
A 12 1,850.20
B 39 5,971.40
C 44 6,113.80
D 28 3,689.50
E 16 2,315.70
F 38 4,560.00
TOTAL 177 24,500.60
Artículo Tercero.- RECTIFICAR el artículo Tercero de
la Resolución de Alcaldía N° 284-2014/MDSMP, quedando
redactado de la siguiente forma:
DISPONER la inscripción en la SUNARP del
Aporte Reglamentario destinado a Recreación Pública,
constituido por el Parque N° 1 con un área de 1,020.10
m2 y del Parque N° 2 con un área de 2,158.15 m2.
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