RESOLUCION DE ALCALDIA N° 290-2014/MDSMP - Declaran de oficio aprobación de habilitaciones urbanas de terrenos ubicados en el distrito
Fecha de disposición | 03 Diciembre 2014 |
Fecha de publicación | 03 Diciembre 2014 |
El Peruano
Miércoles 3 de diciembre de 2014 539183
su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-
2013-VIVIENDA;
RESUELVE:
Artículo Primero.- DECLARAR DE OFICIO la
aprobación de la Habilitación Urbana del inmueble
con un área de 24,400.00 m², terreno constituido por
las Parcelas Nos. 10216 y 10545 del ex Fundo Santa
Rosa e inscrito en la Ficha Registral Nº 303152 y
continuada en la Partida Nº 43752065 expedida por la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos
(SUNARP), sobre el cual se localiza la Urbanización
El Rosal de Santa Rosa, ubicada en esta jurisdicción,
provincia y departamento de Lima.
Artículo Segundo.- DISPONER la inscripción de
la Habilitación Urbana de conformidad con el Plano
signado Nº 130-2014-SGCyHU-GDU-MDSMP y Memoria
Descriptiva, de acuerdo al siguiente detalle:
CUADRO RESUMEN DE AREAS UC 10216
AREA BRUTA 16,752.05 m2
AREA AFECTA A VIA METROPOLITANA 3,456.23 m2
AREA UTIL DE VIVIENDA ( 51 Lotes) 7,635.88 m2
AREA DE COMPENSACION 1,578.69 m2
AREA DE VIAS 4,081.25 m2
CUADRO RESUMEN DE AREAS UC 10545
AREA BRUTA 7,647.95 m2
AREA UTIL DE VIVIENDA (24 Lotes) 3,877.74 m2
AREA DE RECREACION PUBLICA
(Parque 1) 7.67 m2
AREA DE COMPENSACION 1,842.59 m2
AREA DE VIAS 1,919.95 m2
CUADRO RESUMEN AREAS
URB. EL ROSAL DE SANTA ROSA
AREA BRUTA 24,400.00 m2
AREA AFECTA A VIA METROPOLITANA 3,456.23 m2
AREA UTIL DE VIVIENDA (75 Lotes) 11,513.62 m2
AREA DE RECREACION PUBLICA
(Parque 1) 7.67 m2
AREA DE COMPENSACION 3,421.28 m2
AREA DE VIAS 6,001.20 m2
Artículo Tercero.- DISPONER la independización
e inscripción en la Superintendencia Nacional de los
Registros Públicos (SUNARP) a favor del Estado y
bajo administración de la Municipalidad Distrital de San
Martín de Porres, el Aporte Reglamentario destinado para
recreación pública denominados Parque Nº 1 con un área
de 7.67 m2.
Artículo Cuarto.- REMITIR a la Municipalidad
Metropolitana de Lima copia certifi cada de la presente
norma municipal, Memoria Descriptiva y de los Planos
de Ubicación y Localización, Plano Perimétrico, Plano
Catastral y Plano de Lotización Nº130-2014-SGCyHU-
GDU-MDSMP, para su conocimiento.
Artículo Quinto.- COMUNICAR a la Superintendencia
Nacional de Bienes Estatales – SBN – para los fi nes que
corresponda.
Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la
presente resolución en el diario ofi cial El Peruano, en
un plazo que no debe exceder los 30 días siguientes
de notifi cada la misma, a cargo de los propietarios del
predio objeto de la Habilitación Urbana de Ofi cio.
Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Gerencia de
Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración y Finanzas,
Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de
Obras Privadas y Subgerencia de Informática y Desarrollo
Tecnológico para que, de acuerdo a sus competencias,
incorporen la Habilitación Urbana de Ofi cio a que se
refi ere el artículo Primero de la presente resolución, al
Plano Urbano del Distrito de San Martín de Porres, así
como registrar los predios resultantes en su Registro de
Contribuyentes.
Artículo Octavo.- HACER DE CONOCIMIENTO
el presente acto administrativo a la parte interesada e
instancias administrativas que correspondan.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
FREDDY S. TERNERO CORRALES
Alcalde
1172387-1
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 290-2014/MDSMP
San Martín de Porres, 13 de noviembre del 2014
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN
DE PORRES
VISTO: El informe N° 575-2014-GDU-MDSMP de la
Gerencia de Desarrollo Urbano, sobre declaración de
Habilitación Urbana de Ofi cio de predio; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe del Visto, la Gerencia de
Desarrollo Urbano solicita la aprobación de la Habilitación
Urbana de Ofi cio del terreno constituido por la Parcela N°
3 de la Unidad Catastral N° 10678 del ex Fundo Naranjal
(parte del Lote A), según Ficha Registral N° 1177176 y
continuada en la Partida N° 44200678 expedida por la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos
(SUNARP) que se encuentra ubicado en nuestra
jurisdicción, sobre el cual se ha constituido la Urbanización
Las Viñas del Naranjal III Etapa, cuya área es de 12,000.00
m², con los siguientes linderos y medidas perimétricas:
por el norte, colinda con propiedad de terceros, con una
línea recta de un tramo con Vértice C, lado C-D, distancia
de 40.32 m., ángulo interno de 87°35’46’’ y coordenadas
UTM Este (X) 272631.1083 y Norte (Y) 8676547.5888;
por el sur, colinda con la Av. Naranjal, con una línea recta
con Vértice A, lado A-B, distancia 43.90 m., ángulo interno
de 94°49’7’’ y coordenadas UTM Este (X) 272400.6288
y Norte (Y) 8676375.1861; por el este, colinda con la
Parcela 2 inscrita en la Ficha N° 1177173 con una línea
recta con Vértice B, lado B-C, distancia de 288.70 m.,
ángulo interno de 84°29’23’’ y coordenadas UTM Este (X)
272428.8562 y Norte (Y) 8676341.5681; y por el oeste,
colinda con la Parcela 4 inscrita en la Ficha N° 1177160
con una línea recta con Vértice D, lado D-A, distancia
282.82, ángulo interno 93°5’45’’ y coordenadas UTM Este
(X) 272601.1800 y Norte (Y) 8676574.6000;
Que, mediante Informe Nº 1389-2014-SGCyHU-GDU-
MDSMP, la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones
Urbanas señala que, recogiendo el Informe Nº 007-2014-
MPA-SGCHU-GDU/MDSMP, el terreno de 12,000.00
m2 m², sobre el cual se desarrolla la Urbanización Las
Viñas del Naranjal III Etapa, se encuentra totalmente
consolidada respecto al total del área útil, contando con
edifi caciones y servicios públicos domiciliarios; por lo
que cumple con las condiciones para que se declare
habilitado de ofi cio, acorde con lo establecido en la Ley Nº
29898, que modifi ca la Ley N° 29090 – de Regulación de
Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones que establece
el procedimiento de Habilitación Urbana de Ofi cio y el
Que, la Ordenanza Nº 1015-MML, publicada en el diario
ofi cial El Peruano el 14.MAYO2007, aprueba el Reajuste
Integral de la Zonifi cación de los Usos del Independencia,
Comas y Los Olivos y de una parte del distrito del Rímac,
que son parte de las Áreas de Tratamiento Normativo I y II
de Lima Metropolitana; y conforme al Plano de Zonifi cación
de los Usos del Suelo se califi ca al terreno materia de
trámite con Zonifi cación Residencial de Densidad Media
– RDM;
Que, asimismo, de conformidad con el Plano del
Sistema Vial Metropolitano de Lima, aprobado por
Ordenanza N° 341-MML, el terreno que ocupa la
Urbanización Las Viñas del Naranjal II Etapa se encuentra
afectado por vías metropolitanas de nivel vía expresa,
como es la Av. Naranjal, califi cada como Vía Arterial,
tramo Prolongación Pacasmayo – Canta Callao de
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