RESOLUCION DE ALCALDIA N° 284-2014/MDSMP - Declaran de oficio aprobación de Habilitación Urbana de inmueble ubicado en el distrito

Fecha de publicación23 Noviembre 2014
Fecha de disposición23 Noviembre 2014
MateriaDerecho del Medio Ambiente,Derecho Procesal
El Peruano
Domingo 23 de noviembre de 2014 538259
Asociación de Pobladores Viñedos de Ate; AA.HH. Master;
AA.HH. Cruz de Ate; Junta Vecinal Ampliación del AA.HH.
Santa María de Ate; y, Asociación el Cuadro de Barbadillo
Alto del Distrito de Ate; que comprende el diseño de
sus componentes viales y el equipamiento, conforme al
Plano signado con Nº 001-2014-EOU-SGPUC-GDU/MDA
y Memoria Descriptiva, los mismos que forman parte
integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- TRANSCRIBIR; la presente
Ordenanza a los interesados, a la Sub Gerencia de
Planif‌i cación Urbana y Catastro de la Gerencia de
Desarrollo Urbano, y la Sub Gerencia de Control,
Operaciones y Sanciones de la Gerencia de Desarrollo
Económico para su conocimiento y f‌i nes.
Artículo Tercero.- ESTABLECER; que el presente
diseño de las redes viales y sus usos respecto al
diseño urbano de las Áreas de Recreación Pública, que
se desarrolla en la Zona 03 que comprende: AA.HH.
Santa María; AA.HH. Micaela Bastidas IV; Asociación
de Pobladores Viñedos de Ate; AA.HH. Master; AA.HH.
Cruz de Ate; Junta Vecinal Ampliación del AA.HH. Santa
María de Ate; y, Asociación el Cuadro de Barbadillo
Alto del Distrito de Ate, tendrá una vigencia de 10 años,
debiendo de tomarse en cuenta que los Esquemas de
Ordenamiento Urbano vigentes, una vez aprobados
tendrá carácter obligatorio debiendo de inscribirse en los
Registros Públicos.
Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
OSCAR BENAVIDES MAJINO
Alcalde
1168130-2
MUNICIPALIDAD DE SAN
MARTIN DE PORRES
Declaran de oficio aprobación de
Habilitación Urbana de inmueble
ubicado en el distrito
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 284-2014/MDSMP
San Martín de Porres, 10 de noviembre del 2014
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN
DE PORRES
VISTO: El informe N° 567-2014-GDU-MDSMP de la
Gerencia de Desarrollo Urbano, sobre declaración de
Habilitación Urbana de Of‌i cio de predio; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe del Visto, la Gerencia de
Desarrollo Urbano solicita la aprobación de la Habilitación
Urbana de Of‌i cio, del terreno constituido por el Lote
A de la Parcela 1 del ex Fundo Naranjal que, según
la Partida Electrónica N° 13223325 expedida por la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos
(SUNARP), se encuentra ubicado en nuestra jurisdicción,
correspondiente al Programa Residencial Los Lirios de
Naranjal, cuya área es de 42,614.31 m², con los siguientes
linderos y medidas perimétricas: por el norte, colinda con
la Parcela 2, en un tramo de 402.23 m.; por el sur, colinda
con el ex Fundo Naranjal, en un tramo de 395.34 m.; por el
este, colinda con propiedad de Los Portales de Naranjal,
en un tramo recto de 92.00 m.; y por el oeste, colinda con
el ex Fundo Naranjal, en un tramo recto de 122.00 m.;
Que, mediante Informe Nº 1388-2014-SGCyHU-GDU-
MDSMP, la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones
Urbanas señala que, recogiendo el Informe Nº 008-2014-
MPA-SGCHU-GDU/MDSMP, el terreno de 42,614.31 m2
m², sobre el cual se desarrolla el Programa Residencial
Los Lirios de Naranjal, se encuentra totalmente
consolidada respecto al total del área útil, contando con
edif‌i caciones y servicios públicos domiciliarios; por lo
que cumple con las condiciones para que se declare
habilitado de of‌i cio, acorde con lo establecido en la Ley Nº
29898, que modif‌i ca la Ley N° 29090 – de Regulación de
Habilitaciones Urbanas y de Edif‌i caciones que establece
el procedimiento de Habilitación Urbana de Of‌i cio y el
Que, la Ordenanza Nº 1015-MML, publicada en el diario
of‌i cial El Peruano el 14.MAYO 2007, aprueba el Reajuste
Integral de la Zonif‌i cación de los Usos de Independencia,
Comas y Los Olivos y de una parte del distrito del Rímac,
que son parte de las Áreas de Tratamiento Normativo I y II
de Lima Metropolitana; y conforme al Plano de Zonif‌i cación
de los Usos del Suelo se calif‌i ca al terreno materia de
trámite con Zonif‌i cación Residencial de Densidad Media
– RDM – y Comercio Zonal - CZ;
Que, asimismo, de conformidad con el Plano del
Sistema Vial Metropolitano de Lima, aprobado por
Ordenanza N° 341-MML, en el Programa Residencial Los
Lirios de Naranjal, respecto a las vías locales se tiene
que, sobre el terreno, se propone la continuidad de las
vías colindantes que han def‌i nido los derechos de vías
existentes; así como su conexión con la Av. Canta Callao;
y las vías locales propuestas se denominan Calles A,
B, C, D, E y Pasaje s/n; cumpliendo los módulos con lo
dispuesto en el Reglamento Nacional de Edif‌i caciones;
Que, el Informe N° 1646-2014-GAJ/MDSMP de la
Gerencia de Asesoría Jurídica señala que el presente
trámite cumple con las disposiciones establecidas para el
procedimiento de Habilitación Urbana de Of‌i cio, incorporado
a la Ley N° 29090 mediante Ley Nº 29898, así como el
se emita la respectiva resolución de alcaldía;
Con la visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de
Asesoría Jurídica y Gerencia de Desarrollo Urbano;
De conformidad con los artículos 20, inciso 6); 39 y
43 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades;
Ley Nº 29090 - Regulación de Habilitaciones Urbanas y
Edif‌i caciones, su modif‌i catoria Ley Nº 29898, así como su
Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 008-
2013-VIVIENDA;
RESUELVE:
Artículo Primero.- DECLARAR DE OFICIO la aprobación
de la Habilitación Urbana del inmueble con un área de
42,614.31 m², terreno constituido por el Lote A de la Parcela
1 del ex Fundo Naranjal e inscrito en la Partida Electrónica
N° 13223325 expedida por la Superintendencia Nacional de
los Registros Públicos (SUNARP), sobre el cual se localiza el
Programa Residencial Los Lirios de Naranjal, ubicado en esta
jurisdicción, provincia y departamento de Lima.
Artículo Segundo.- DISPONER la inscripción de
la Habilitación Urbana de conformidad con el Plano
signado Nº 128-2014-SGCyHU-GDU-MDSMP y Memoria
Descriptiva, de acuerdo al siguiente detalle:
CUADRO GENERAL DE ÁREAS
ÁREA BRUTA TOTAL 42,614.31 m2.
ÁREA AFECTA A VIA METROPOLITANA 6,528.35 m2.
ÁREA PARA SERVICIOS COMPLEMENTARIOS 364.70 m2.
ÁREA MINISTERIO DE EDUCACION: 364.70 m2.
ÁREA UTIL VIVIENDA ( 177 LOTES) 24,320.60 m2.
ÁREA RECREACIÓN PÚBLICA
PARQUE 1 - 1,020.10 m2.
PARQUE 2 - 2,158.15 m2. 3,178.25 m2.
ÁREA DE VÍAS 8,222.41 m2.
CUADRO RESUMEN DE MANZANAS
MANZANA LOTES TOTAL ÁREA (m2.)
A 12 1,850.20
B 39 5,791.40
C 44 6,113.80
D 28 3,689.50
E 16 2,315.70
F 38 4,560.00
TOTAL 177 24,320.60

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