RESOLUCION DE ALCALDIA N° 281-2014/MDSMP - Declaran de oficio la aprobación de la habilitación urbana de inmueble ubicada en el distrito

Fecha de publicación07 Diciembre 2014
Fecha de disposición07 Diciembre 2014
El Peruano
Domingo 7 de diciembre de 2014
539498
Concejo Municipal distrital de San Luis, se aprueba lo
siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA CREACION
DEL CONSEJO CONSULTIVO DE LAS NIÑAS,
NIÑOS Y ADOLESCENTES - CCONNA DEL
DISTRITO DE SAN LUIS
Artículo Primero.- Aprobar la creación del
CONSEJO CONSULTIVO DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y
ADOLESCENTES del distrito de San Luis, provincia y
departamento de Lima, que en adelante se denominará
con las siglas CCONNA San Luis, siendo este un espacio
del ejercicio del derecho de participación de la niñas,
niños y adolescentes a nivel distrital, con el objetivo de
que sus iniciativas, propuestas y sus opiniones sean
escuchadas y canalizadas.
Artículo Segundo.- El CCONNA de San Luis tiene
la f‌i nalidad de participar en la formulación de políticas
públicas en materia de la niñez y la adolescencia, mediante
sus opiniones y propuestas a la municipalidad.
Artículo Tercero.- Conformar la Comisión
Organizadora del CONSEJO CONSULTIVO DE LAS
NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES- CCONNA-San Luis,
la cual estará conformada por:
El Gerente de Promoción Económico y Social.
El Sub Gerente de Servicios Sociales.
Responsable de DEMUNA.
El Gerente de Asesoría Legal.
Regidor de la Comisión de Programas Sociales,
DEMUNA y personas con discapacidad.
La elaboración del Reglamento de la presente
Ordenanza estará a cargo de la Comisión Organizadora
del CONSEJO CONSULTIVO DE NIÑAS, NIÑOS Y
ADOLESCENTES, el mismo que será aprobado por el
Despacho de Alcaldía mediante Decreto de Alcaldía.
Artículo Cuarto.- El cumplimiento de lo dispuesto
en la presente Ordenanza Municipal estará a cargo de la
Gerencia Municipal, Gerencia de Promoción Económico
Social a través de la Sub Gerencia de Servicios Sociales
y DEMUNA.
Artículo Quinto.- Encarga a Secretaría General
la Publicación de la presente Ordenanza Municipal en
el diario Of‌i cial El Peruano, la que entrará en vigencia a
partir del día siguiente de su publicación, y su respectivo
ingreso en la página web de la municipalidad.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
RICARDO CASTRO SIERRA
Alcalde
1174384-1
que suspendió el otorgamiento de
autorizaciones de infraestructura y
telecomunicaciones (antenas) en las
zonas residenciales y comerciales
San Luis, 26 de noviembre de 2014
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SAN LUIS
VISTOS: En Sesión Ordinaria del Concejo de la
fecha, el Memorándum Nº 376-2014-MDSL-GM, de la
Gerencia Municipal, el Informe N° 174-2014-MDSL-GAL
de la Gerencia de Asesoría Legal y el Informe N° 126-
2014-MDSL-GDU/SGOPC de La Subgerencia de Obras
Privadas y Catastro;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de
la Constitución Política del Perú, en concordancia con el
artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972Ley
Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento
jurídico.
Orgánica de Municipalidades, establece que las
ordenanzas de las municipalidades distritales, son las
normas de carácter general de mayor jerarquía en la
estructura normativa municipal, por medio de las cuales
se aprueba la organización interna, la regulación,
administración y supervisión de los servicios públicos
y las materias en las que la municipalidad tiene
competencia normativa.
Que mediante Ordenanza N° 137-MDSL se suspende
temporalmente la admisión y trámite de solicitudes y el
otorgamiento de las autorizaciones de infraestructura y
telecomunicaciones (antenas) en las zonas residenciales
y comerciales del distrito de San Luis.
Que, mediante Resolución N° 0237-2012/CEB-
INDECOPI, el Instituto Nacional de Defensa del
Consumidor y Propiedad Intelectual (INDECOPI), declaró
Barrera Burocrática Ilegal lo establecido en la Ordenanza
Que, de conformidad al artículo 48° de la Ley N°
27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General,
la resolución que declara una Barrera Burocrática, será
notif‌i cada a la entidad estatal que emitió la norma para
que pueda disponer su modif‌i cación o derogación.
Que, estando a lo expuesto, contando con la opinión
favorable de la Gerencia de Asesoría Legal, y de
conformidad a lo establecido en el Artículo 9º Numeral
de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura
y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó por
UNANIMIDAD la siguiente:
ORDENANZA QUE DEROGA LA
Artículo Único.- DEROGAR la Ordenanza N° 137-
MDSL, que Suspende el Otorgamiento de Autorizaciones
de Infraestructura y Telecomunicaciones (antenas) en las
zonas residenciales y comerciales del Distrito de San Luis
de fecha 28 de marzo del 2012.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- La presente Ordenanza rige a partir del día
siguiente de su publicación conforme a Ley.
Segunda.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo
Urbano, el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Tercera.-Encargar a la Secretaría General disponga la
publicación de la presente Ordenanza en el Diario Of‌i cial
“El Peruano” y en el Portal Institucional.
Regístrese, publíquese, y cúmplase.
RICARDO CASTRO SIERRA
Alcalde
1174385-1
MUNICIPALIDAD DE SAN
MARTIN DE PORRES
Declaran de oficio la aprobación de
la habilitación urbana de inmueble
ubicada en el distrito
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 281-2014/MDSMP
San Martín de Porres, 7 de noviembre del 2014.
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN
DE PORRES
VISTO: El informe Nº 568-2014-GDU-MDSMP de la
Gerencia de Desarrollo Urbano, sobre declaración de
Habilitación Urbana de Of‌i cio de predio; y,

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