Resolucion de Alcaldia Nº 031-2023-MDPL. Designan responsable de la elaboración y actualización del portal de transparencia estándar de la Municipalidad
Fecha de publicación | 17 Enero 2023 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
Pueblo Libre, 5 de enero de 2023
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo que conforme al artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la indicada autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el inciso 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del alcalde dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica, que dispone que el Estado adopta medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública y tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad, disponiéndose que la entidad pública designará al funcionario responsable de entregar la información y al funcionario responsable de la elaboración del portal de internet;
Que, conforme a los artículos 7 y 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, siempre que existiera en la fecha a la que se retrotraiga su eficacia el supuesto de hecho justificativo para su adopción, precisándose que el régimen de eficacia anticipada de los actos administrativos es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna;
EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 6 DEL ARTÍCULO 20 DE LA LEY N° 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR al señor SR. FREDDY HERNAN RODRIGUEZ VEGA, Gerente de Tecnología de la Información de la Municipalidad de Pueblo Libre, como responsable de la elaboración y actualización del portal de transparencia estándar de la Municipalidad de Pueblo Libre, de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás normativa aplicable, con eficacia anticipada al 02 de enero de 2023.
Artículo Segundo.- DISPONER que los funcionarios y servidores municipales, proporcionen...
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo que conforme al artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la indicada autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el inciso 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del alcalde dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica, que dispone que el Estado adopta medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública y tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad, disponiéndose que la entidad pública designará al funcionario responsable de entregar la información y al funcionario responsable de la elaboración del portal de internet;
Que, conforme a los artículos 7 y 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, siempre que existiera en la fecha a la que se retrotraiga su eficacia el supuesto de hecho justificativo para su adopción, precisándose que el régimen de eficacia anticipada de los actos administrativos es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna;
EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 6 DEL ARTÍCULO 20 DE LA LEY N° 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR al señor SR. FREDDY HERNAN RODRIGUEZ VEGA, Gerente de Tecnología de la Información de la Municipalidad de Pueblo Libre, como responsable de la elaboración y actualización del portal de transparencia estándar de la Municipalidad de Pueblo Libre, de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás normativa aplicable, con eficacia anticipada al 02 de enero de 2023.
Artículo Segundo.- DISPONER que los funcionarios y servidores municipales, proporcionen...
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