RESOLUCION DE ALCALDIA N° 001-2015 - Designan funcionario responsable para brindar información de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Fecha de disposición10 Enero 2015
Fecha de publicación10 Enero 2015
SecciónSección Única
El Peruano
Sábado 10 de enero de 2015 544569
Designan funcionario responsable para
brindar información de conformidad
con la Ley de Transparencia y Acceso a
la Información Pública
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
N° 001-2015
La Molina, 5 de enero de 2015
EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el numeral 5)
un derecho fundamental de toda persona solicitar sin
expresión de causa la información que requiera y a
recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal,
con el costo que suponga el pedido.
Que, mediante Ley N° 27806, modif‌i cada por la Ley
N° 27927, se aprobó la Ley de Transparencia y Acceso
a la Información Pública, la misma que promueve la
transparencia en los actos del Estado y regula el derecho
fundamental del acceso a la información consagrado en
el numeral 5) del artículo de la Constitución Política
se aprobó el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 27806,
estableciéndose en su artículo 3° que el Estado debe
adoptar medidas básicas que garanticen y promuevan
la transparencia en la actuación de las entidades de la
Administración Pública y tiene la obligación de entregar la
información que demanden las personas en aplicación del
principio de publicidad.
Que, conforme a lo establecido en el artículo 8°
del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de
concordancia con el artículo 3° de su Reglamento,
existe la obligatoriedad de la máxima autoridad de la
Entidad de designar al funcionario responsable de brindar
la información de acceso al público que en virtud de la
normativa reseñada soliciten los ciudadanos.
Que, según el artículo 4° del Reglamento de la Ley
designación del funcionario responsable de entregar la
información solicitada, se efectúa mediante Resolución
de la máxima autoridad de la Entidad, la misma que
debe ser publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano y
colocada en lugar visible de cada una de las sedes
administrativas.
Que, con Resolución de Alcaldía N° 503 de fecha 18 de
diciembre del 2014, se designó a partir del 01 de enero del
2015, al señor José Alberto Danós Ordoñez, en el cargo
de Secretario General de la Municipalidad Distrital de La
Molina, correspondiendo sea designado como funcionario
responsable de entregar la información que soliciten los
ciudadanos a la Municipalidad Distrital de La Molina.
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
conferidas en el numeral 6) del artículo 20° de la Ley
Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972.
RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR al Señor JOSÉ
ALBERTO DANÓS ORDOÑEZ, Secretario General de
la Municipalidad Distrital de La Molina, como funcionario
responsable de entregar o brindar la información que
soliciten los ciudadanos a la Municipalidad Distrital de
La Molina, en virtud de lo establecido en el Texto Único
Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto
Supremo N° 043-2003-PCM y su Reglamento aprobado
Artículo Segundo.- DISPONER que los funcionarios
y servidores del corporativo proporcionen la información
y documentación que solicite la Secretaría General en
virtud de la normativa en mención, dentro de los plazos
establecidos en los dispositivos sobre la materia, bajo
responsabilidad en caso de incumplimiento.
Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la
presente Resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano y el
Portal de la Institución; así como la colocación de copia de
la resolución de designación en lugar visible en cada una
de las sedes administrativas de la Entidad.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JUAN CARLOS ZUREK P.F.
Alcalde
1186143-3
MUNICIPALIDAD DE SAN
MARTIN DE PORRES
Declaran de oficio la aprobación de
la habilitación urbana de inmuebles
ubicados en el distrito
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 393-2014/MDSMP
San Martín de Porres, 26 de diciembre del 2014.
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE
PORRES
VISTO: El informe Nº 661-2014-GDU-MDSMP de la
Gerencia de Desarrollo Urbano, sobre declaración de
Habilitación Urbana de Of‌i cio de predio; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe del Visto, la Gerencia de
Desarrollo Urbano solicita la aprobación de la Habilitación
Urbana de Of‌i cio, del terreno constituido por parte de
la Parcela Nº 10210 del ex Fundo Santa Rosa que,
según la Ficha Registral Nº 1179770 (independización)
y continuada en la Partida Electrónica Nº 44126575
expedida por la Superintendencia Nacional de los
Registros Públicos (SUNARP), se encuentra ubicado en
nuestra jurisdicción, sobre el cual se han constituido la
Urbanización La Alborada de Santa Rosa I Etapa, cuya
área es de 16,100.00 m²; con los siguientes linderos y
medidas perimétricas: Por el Norte con 127.85 m., con la
Parcela U.C. Nº 10205; por el Oeste, con 133.20 m., con
la Parcela U.C. Nº 102; por el Este tramo B-C 130.50 m.,
con el Lote A; y por el Sur, con 121.00 m., con Camino
Real Santa Rosa (ahora avenida Carlos Izaguirre), tal
como indica el Plano Perimétrico;
Que, mediante Informe Nº 1502-2014-SGCyHU-GDU-
MDSMP, la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones
Urbanas señala que, recogiendo el Informe Técnico Nº
113-2014-DVF-SGCHU-GDU/MDSMP, el terreno de
16,100.00 m², sobre el cual se desarrolla la Urbanización La
Alborada de Santa Rosa I Etapa, se encuentra totalmente
consolidada respecto al total del área útil, contando con
edif‌i caciones y servicios públicos domiciliarios; por lo
que cumple con las condiciones para que se declare
habilitado de of‌i cio, acorde con lo establecido en la Ley Nº
29898, que modif‌i ca la Ley Nº 29090 – de Regulación de
Habilitaciones Urbanas y de Edif‌i caciones que establece
el procedimiento de Habilitación Urbana de Of‌i cio y el
Que, la Ordenanza Nº 1015-MML, publicada en el diario
of‌i cial El Peruano el 14.MAYO2007, aprueba el Reajuste
Integral de la Zonif‌i cación de los Usos del Independencia,
Comas y Los Olivos y de una parte del distrito del Rímac,
que son parte de las Áreas de Tratamiento Normativo I y II
de Lima Metropolitana; y conforme al Plano de Zonif‌i cación
de los Usos del Suelo se calif‌i ca al terreno materia de
trámite con Zonif‌i cación Residencial de Densidad Media
– RDM- y Comercio Zonal - CZ;
Que, asimismo, de conformidad con el Plano del
Sistema Vial Metropolitano de Lima, aprobado por
Ordenanza Nº 341-MML, el terreno materia de trámite se
encuentra afecto por la vía Av. Carlos Izaguirre con una
sección A-A de 50.00 m.; y respecto a las vías locales
se propone la continuidad de las vías colindantes que
han def‌i nido los derechos de vías existentes, así como

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