RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 164-2015-CE-PJ - Amplían competencia de la Comisión de Trabajo para la evaluación y propuesta de modificación de los estándares de expedientes resueltos establecidos en diversas Resoluciones Administrativas, a efectos que proceda al análisis, y si fuera el caso, reformular los estándares de carga de los despachos judiciales

Fecha de disposición09 Junio 2015
Fecha de publicación09 Junio 2015
El Peruano
Martes 9 de junio de 2015 554671
CONSIDERANDO:
Primero. Que este Órgano de Gobierno mediante
Resolución Administrativa N° 340-2010- CE-PJ, de fecha
11 de octubre de 2010, institucionalizó el denominado
“Congreso Internacional sobre Justicia Intercultural” con la
f‌i nalidad de potenciar los espacios de diálogo intercultural,
intercambio de conocimientos y experiencias; así como,
impulsar las relaciones de coordinación y cooperación
entre operadores de la justicia estatal y la jurisdicción
especial, asegurando que este esfuerzo tenga carácter
permanente.
Segundo. Que, asimismo, con el objetivo de
promover y consolidar un sistema de justicia intercultural
a nivel nacional, el Poder Judicial mediante Resolución
Administrativa N° 499-2012-P-PJ, del 17 de diciembre de
2012, aprobó una Hoja de Ruta de la Justicia Intercultural.
Este documento incorporó los compromisos y acciones de
la institución en aras de fortalecer la justicia intercultural
en los próximos años.
Tercero. Que, dentro del marco señalado
precedentemente, con el propósito de desarrollar y
monitorear los componentes y acciones establecidos en
la Hoja de Ruta de la Justicia Intercultural, se reconstituyó
la Comisión de Trabajo sobre Justicia Indígena y
Justicia de Paz del Poder Judicial, mediante Resolución
Administrativa N° 082-2015-P-PJ, de fecha 16 de febrero
del año en curso.
Cuarto. Que, en ese orden de ideas, el Presidente
de la Comisión de Trabajo de Justicia Indígena y Justicia
de Paz, pone a consideración del Consejo Ejecutivo del
Poder Judicial, conforme al acuerdo adoptado en sesión
de la citada comisión de trabajo de fecha 2 de marzo
del año en curso, su propuesta para la realización del
VI Congreso Internacional de Justicia Intercultural en la
ciudad de Puno del 21 al 26 de setiembre de 2015; para
lo cual solicita que se constituya la comisión que deberá
encargarse de su respectiva organización.
Quinto. Que, en ese sentido, y de conformidad con
las funciones y facultades de este Órgano de Gobierno,
corresponde adoptar las medidas pertinentes para la
realización del VI Congreso Internacional de Justicia
Intercultural materia de la propuesta formulada.
En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 655-2015
de la vigésimo sétima sesión del Consejo Ejecutivo del
Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención
de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Lecaros
Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante
Cárdenas; en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica
del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la realización del VI
Congreso Internacional de Justicia Intercultural, que se
llevará a cabo en la ciudad de Puno.
Artículo Segundo.- Delegar al Presidente del Poder
Judicial la facultad de señalar las fechas del certamen,
participantes, conformar la comisión organizadora y dictar
las medidas complementarias que resulten necesarias
para su óptimo desarrollo.
Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución
a la Presidencia del Poder Judicial, Of‌i cina de Control
de la Magistratura del Poder Judicial, Presidente de la
Comisión de Trabajo de Justicia Indígena y Justicia de
Paz, Cortes Superiores de Justicia del país, Jefe de la
Of‌i cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz y Justicia
Indígena, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para
su conocimiento y f‌i nes pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
S.
VÍCTOR TICONA POSTIGO
Presidente
1248175-1
Amplían competencia de la Comisión
de Trabajo para la evaluación y
propuesta de modificación de los
estándares de expedientes resueltos
establecidos en diversas Resoluciones
Administrativas, a efectos que
proceda al análisis, y si fuera el caso,
reformular los estándares de carga de
los despachos judiciales
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 164-2015-CE-PJ
Lima, 13 de mayo de 2015
VISTOS:
El Of‌i cio N° 018-2015-CTEPMEER-JLLC-CE/PJ
cursado por el señor Consejero José Luis Lecaros
Cornejo, Presidente de la Comisión de Trabajo para la
evaluación y propuesta de modif‌i cación de los estándares
de expedientes resueltos establecidos en las Resoluciones
Administrativas Nros. 245-2012-CE-PJ, 062-2013-CE-PJ
y 162-2014-CE-PJ.
CONSIDERANDO:
Primero. Que por Resolución Administrativa Nº 079-
2015-CE-PJ, del 19 de febrero de 2015, se conformó una
Comisión de Trabajo para la evaluación y propuesta de
modif‌i cación de los estándares de expedientes resueltos
establecidos en las Resoluciones Administrativas N° 245-
2012-CE-PJ, N° 062-2013-CE-PJ y Nº 162-2014-CE-
PJ; presidida por el señor Consejero José Luis Lecaros
Cornejo. Asimismo, se estableció que la referida Comisión
de Trabajo podrá convocar la participación de jueces de
otros Distritos Judiciales; y de otros especialistas de la
Gerencia General y de la Of‌i cina de Productividad Judicial,
para el mejor desarrollo de sus funciones; así como a
los secretarios técnicos de las Comisiones Distritales
de Productividad Judicial y/o responsables del área de
estadística, quienes presentarán los aportes técnicos de
sus respectivas Cortes Superiores.
Segundo. Que, al respecto, el señor Consejero José
Luis Lecaros Cornejo solicita que se amplíe la competencia
de la referida Comisión de Trabajo, para el análisis y, si
fuera el caso, reformulación de los estándares de carga
de los despachos judiciales. Dicha propuesta se funda
en la intrínseca relación que guardan los estándares de
producción con los estándares de carga, lo que hace
necesario un pronunciamiento en conjunto de ambos
tópicos a efectos de viabilizar con éxito el cumplimiento
de las funciones encomendadas.
Tercero. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto
Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial
determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo
del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás
medidas necesarias para que las dependencias de este
Poder del Estado funcionen con celeridad y ef‌i ciencia.
Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta lo señalado
precedentemente, deviene en conveniente aprobar el
pedido formulado por el Presidente de la mencionada
Comisión de Trabajo.
En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 659-2015
de la vigésimo sétima sesión del Consejo Ejecutivo del
Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención
de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Lecaros
Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante
Cárdenas; en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica
del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Ampliar la competencia de la Comisión
de Trabajo para la evaluación y propuesta de modif‌i cación

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