RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 140-2015-P-CSJLI/PJ - Establecen plazo para la presentación de solicitudes de inscripción y reinscripción de Martilleros Públicos para integrar la Nómina de la Corte Superior de Justicia de Lima, correspondiente al Año Judicial 2015

Fecha de publicación21 Marzo 2015
Fecha de disposición21 Marzo 2015
El Peruano
Sábado 21 de marzo de 2015
549134
de la Corte Superior de Justicia de Lima, pone en
funcionamiento a partir del 15 de marzo de 2015, al
3° Juzgado de Investigación Preparatoria de Lima,
al 4° Juzgado Penal Unipersonal de Lima y 2° Sala
Penal de Apelaciones -este último órgano jurisdiccional
integrado por los Jueces Superiores que conforman la
4° Sala Penal Especial Liquidadora-, por lo que resulta
necesario disponer las medidas administrativas para
la distribución de los expedientes que tramitan los
órganos jurisdiccionales existentes en el Subsistema
Anticorrupción con los creados mediante la Resolución
Administrativa N° 289-2014-CE-PJ.
Cuarto.- Que en tal sentido la Presidencia de
la Corte Superior de Justicia de Lima, después de
la presentación y deliberación de la problemática
y recomendaciones expuestas por la Unidad de
Planeamiento y Desarrollo acordó disponer las acciones
administrativas respectivas para que se lleve a cabo la
distribución de expedientes.
Quinto.- Que, estando a lo antes expuesto, y en uso
de las facultades conferidas por el inciso 19º del artículo
96° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del
Poder Judicial.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DISPONER las siguientes medidas
administrativas, por un periodo de 10 días hábiles
contados a partir del día siguiente de la publicación de la
presente resolución:
• El 1° y 2° Juzgado de Investigación Preparatoria
de Lima remitirán en forma aleatoria cada uno de ellos
el 35% de sus expedientes en estado de trámite y que
no se encuentren en ejecución de sentencia, a la mesa
de partes de la sede “Carlos Zavala Loayza”. Una vez
recepcionado los expedientes, la mesa de partes de la
sede “Carlos Zavala Loayza” remitirá los expedientes
al 3° Juzgado de Investigación Preparatoria de Lima.
• El 1°, 2° y 3° Juzgado Unipersonal de Lima remitirán
en forma aleatoria cada uno de ellos la cantidad de 30%
expedientes que se encuentren para inicio de juicio oral a
la mesa de partes de la sede “Carlos Zavala Loayza”. Una
vez recepcionado los expedientes, la mesa de partes de
la sede “Carlos Zavala Loayza” remitirá los expedientes al
4° Juzgado Unipersonal de Lima.
Artículo Segundo.- PRECISAR que al haberse
dispuesto que la 2° Sala Penal de Apelaciones de Lima,
se integre por los Jueces Superiores que conforman la 4°
Sala Penal Especial Liquidadora, la denominación de este
órgano jurisdiccional será: 2° Sala Penal de Apelaciones
de Lima- 4° Sala Penal Especial Liquidadora de Lima.
Artículo Tercero.- DISPONER que la 2° Sala Penal de
Apelaciones de Lima- 4° Sala Penal Especial Liquidadora
de Lima, iniciará sus funciones en relación a los delitos
cometidos en el marco de las Leyes N° 29574 y 29648 con
carga cero; y continuará con el ingreso de modo equitativo
y aleatorio hasta equiparar la carga con la 1° Sala Penal
de Apelaciones.
Artículo Cuarto.- PRECISAR que los expedientes
en grado de apelación del Juzgado Penal Transitorio
Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios y de
Propiedad Intelectual Supraprovincial de Lima y Callao
serán conocidos por la 1° Sala Penal de Apelaciones
y la 2° Sala de Apelaciones- 4° Sala Penal Especial
Liquidadora, mediante el ingreso aleatorio y equitativo de
la Mesa de Partes correspondiente.
Artículo Quinto.- DISPONER que la Unidad de
Planeamiento y Desarrollo conjuntamente con la Unidad
de Administración y Finanzas y la Unidad de Servicios
Judiciales de esta Corte Superior de Justicia realizará
las gestiones pertinentes para el cabal cumplimiento
de lo dispuesto en la presente resolución, así como
el seguimiento y monitoreo constante de los órganos
jurisdiccionales implicados en la presente Resolución.
Artículo Sexto.- DISPONER que la Gerencia de
Administración adopte las medidas administrativas
necesarias, para el adecuado cumplimiento de la presente
resolución.
Artículo Séptimo.- DISPONER que la Unidad
Administrativa de Finanzas, mediante su Coordinación de
Informática, deberá velar por la adecuación del sistema
informático - SIJ, para el cumplimiento de la presente
resolución asegurando la operatividad de los módulos
informáticos a utilizarse, realizando un seguimiento
y monitoreo del sistema, asimismo informar de las
actividades realizadas, contingencias y soluciones a la
Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior
de Justicia de Lima.
Artículo Octavo.- PONER la presente resolución en
conocimiento de la Of‌i cina Desconcentrada de Control
de la Magistratura (ODECMA) de la Corte Superior de
Justicia de Lima, a f‌i n de que vele por su cumplimiento,
debiendo estar presente, participar y constatar la correcta
remisión de expedientes a la mesa de partes procediendo
conforme a sus funciones y atribuciones en caso de
incumplimiento.
Artículo Noveno.- PONER la presente resolución en
conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de
la Gerencia General, Of‌i cina de Control de la Magistratura
– OCMA, Gerencia General, Of‌i cina Desconcentrada de
Control de la Magistratura, Gerencia de Administración
Distrital y Unidad de Planeamiento y Desarrollo, para los
f‌i nes pertinentes.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCÁNTARA
Presidente
1214943-1
Establecen plazo para la presentación
de solicitudes de inscripción y
reinscripción de Martilleros Públicos
para integrar la Nómina de la Corte
Superior de Justicia de Lima,
correspondiente al Año Judicial 2015
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
Presidencia
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 140-2015-P-CSJLI/PJ
Lima, 18 de Marzo del 2015.
VISTOS:
El Texto Único Ordenado de Procedimientos
Administrativos del Poder Judicial, aprobado por
Resolución Administrativa N° 265-2012-CE-PJ de fecha
veintiséis de diciembre del dos mil doce, la Resolución
Administrativa N° 167-2014-P-CSJLI/PJ de fecha
veintinueve de mayo del dos mil catorce; la Resolución
Jefatural Nº 071-2015-SUNARP-Z.R.N°IX/JEF publicada
el 01 de Marzo en el Diario Of‌i cial El Peruano; y el Of‌i cio
N° 187-2015-USJ-CSJLI-PJ, de fecha trece de marzo del
dos mil quince; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Texto Único Ordenado de Procedimientos
Administrativos del Poder Judicial, aprobado por
Resolución Administrativa N° 265-2012-CE-PJ de fecha
26 de diciembre del 2012, dispone en el rubro 23, el
procedimiento de inscripción y reinscripción de Martilleros
Públicos en cada Distrito Judicial, el cual debe realizarse
anualmente;
Que, mediante Resolución Administrativa N° 167-
2014-P-CSJLI/PJ, de fecha 29 de mayo del 2014, se
aprobó la Nómina de Martilleros Públicos correspondiente
al año judicial 2014;
Que, a través de la Resolución Jefatural Nº 071-2015-
SUNARP-Z.R.N°IX/JEF publicada el 01 de Marzo en el
Diario Of‌i cial El Peruano, la Superintendencia Nacional
de los Registros Públicos habilita a diversas personas
naturales para ejercer el cargo de Martilleros Públicos
durante el año 2015;
Que, mediante Of‌i cio N° 187-2015-USJ-CSJLI-PJ,
de fecha 13 de Marzo del 2015, la Jefa de la Unidad de
Servicios Judiciales, solicita se establezca el plazo de
presentación de las solicitudes de inscripción y reinscripción
de Martilleros Públicos para que se incorporen a la nueva
nómina de Martilleros de esta Corte Superior de Justicia,
debiendo cumplirse con lo establecido en el artículo 4° del

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