RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 058-2015-P-CE-PJ - Autorizan viaje a Guatemala de magistrados y funcionario de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, en comisión de servicios
Fecha de publicación | 23 Agosto 2015 |
Fecha de disposición | 23 Agosto 2015 |
559891
NORMAS LEGALES
Domingo 23 de agosto de 2015
El Peruano
/
Resolución de Superintendencia N° 045-2013-SUNASA/
CD de fecha 10 de abril de 2013;
Que, el artículo 7° del Texto Único Ordenado de la
Ley N° 29344, antes citado, defi ne a las Instituciones
Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud
(IAFAS) como aquellas entidades o empresas públicas,
privadas o mixtas, creadas o por crearse, que reciban,
capten y/o gestionen fondos para la cobertura de las
atenciones de salud o que oferten cobertura de riesgos de
salud, bajo cualquier modalidad. Asimismo, señala que el
registro en SUSALUD es requisito indispensable para la
oferta de las coberturas antes señaladas; adicionalmente,
el referido artículo 7° establece que son IAFAS, el Seguro
Integral de Salud (SIS), Seguro Social de Salud (EsSalud),
Fondo Intangible Solidario de Salud (FISSAL), Fondo de
Aseguramiento en Salud de las Fuerzas Armadas y de
la Policía Nacional del Perú, Entidades Prestadoras de
Salud (EPS), Empresas de Seguros contempladas en los
numerales 1, 2 y 3 del inciso d) del artículo 16° de la Ley
N° 26702, que oferten cobertura de riesgos de salud de
modo exclusivo o en adición a otro tipo de coberturas,
Asociaciones de Fondos Regionales y Provinciales
Contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT), Entidades
de Salud que ofrecen servicios de salud prepagadas,
Autoseguros y Fondos de salud, que gestionen fondos
para la cobertura de salud de modo exclusivo o en
adición a otro tipo de coberturas y otras modalidades de
aseguramiento público, privado o mixto distintas de las
señaladas anteriormente;
Que, en este marco normativo y estando al Informe
N° 00321-2015/INA, resulta necesario actualizar la citada
Resolución N° 161-2011-SUNASA/CD de fecha 20 de
diciembre de 2011 y sus modifi catorias e incorporar al
Reglamento, disposiciones referidas a la regulación de
los requisitos y procedimientos para la Autorización de
Funcionamiento y la operatividad de las IAFAS; así como
los requisitos y el procedimiento para la Baja de Registro
de las IAFAS a solicitud de parte y de ofi cio;
Que, en atención a ello, la Intendencia de Normas y
Autorizaciones ha desarrollado un proyecto normativo
que modifi ca el Reglamento, con el objeto de actualizar
la regulación aplicable a las IAFAS a que se refi ere el
artículo 7 del acotado Texto Único Ordenado de la Ley
N° 29344;
Que, tratándose de una norma general corresponde
su publicación, de acuerdo al artículo 14° del Reglamento
que Establece Disposiciones Relativas a la Publicidad,
Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de
Normas Legales de Carácter General, aprobado por
Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, que establece que
las entidades públicas dispondrán la publicación de los
proyectos de normas de carácter general que sean de
su competencia, en el Diario Ofi cial El Peruano, en sus
Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio,
en un plazo no menor de treinta (30) días anteriores a la
fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos
excepcionales;
Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6
del artículo 23° del Decreto Legislativo N° 1158, en
concordancia con los literales f) y t) del artículo 10° del
Reglamento de Organización y Funciones - ROF de
SUSALUD, aprobado mediante Decreto Supremo N°
008-2014-SA, corresponde al Superintendente aprobar
las normas de carácter general de SUSALUD y expedir
Resoluciones en cumplimiento de los acuerdos del
Consejo Directivo, así como las que correspondan al
ámbito de sus funciones y las que se establezcan por
norma legal;
Con los vistos del Superintendente Adjunto de
Regulación y Fiscalización, del Intendente de la
Intendencia de Normas y Autorizaciones, y de la
Encargado de las funciones de la Ofi cina General de
Asesoría Jurídica; y,
Estando a lo dispuesto en el Decreto Legislativo
N° 1158, en concordancia con el Reglamento de
Organización y Funciones de SUSALUD, aprobado por
Decreto Supremo N° 008-2014-SA.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- DISPONER la publicación del proyecto
de norma que aprueba las modifi caciones al “Reglamento
de Autorización de Organización, Funcionamiento y
Registro de las Instituciones Administradoras de Fondos
de Aseguramiento en Salud - IAFAS”, aprobado por
Resolución de Superintendencia N° 161-2011-SUNASA/
CD y modifi catorias, en la dirección electrónica: http://
www.susalud.gob.pe, a efectos de recibir los comentarios
y sugerencias de los agentes usuarios y del público en
general, durante el plazo de treinta (30) días calendario
a partir de la publicación de la presente Resolución en el
Diario Ofi cial “El Peruano”. Los comentarios, sugerencias
y aportes deberán ser enviados al siguiente correo
electrónico: proyectodenormas@susalud.gob.pe, a cargo
del Abogado Richard Mark Sin Porlles.
Artículo 2°.- ENCARGAR a la Ofi cina de
Comunicación Corporativa la publicación de la presente
Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano; y a la
Intendencia de Normas y Autorizaciones la publicación
de la indicada Resolución, así como del proyecto de
norma que aprueba las modifi caciones al “Reglamento
de Autorización de Organización, Funcionamiento y
Registro de las Instituciones Administradoras de Fondos
de Aseguramiento en Salud - IAFAS” en la página web de
SUSALUD (www.susalud.gob.pe).
Artículo 3°.- ENCARGAR a la Intendencia de
Normas y Autorizaciones la recepción, procesamiento y
sistematización de los comentarios y sugerencias que
se presenten, a fi n de evaluar y efectuar los ajustes
correspondientes.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA
Superintendente
1277479-1
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO DEL
PODER JUDICIAL
Autorizan viaje a Guatemala de magistrados
y funcionario de la Corte Superior de Justicia
de Lima Sur, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 058-2015-P-CE-PJ
Lima, 20 de agosto de 2015
VISTO:
El Ofi cio Nº 2172-2015-CIJ-PJ, cursado por el Director
del Centro de Investigaciones Judiciales del Poder
Judicial.
CONSIDERANDO:
Primero.- Que mediante Ofi cio N°
2428-2015-P-CSJLIMASUR/PJ, el Presidente de la Corte
Superior de Justicia de Lima Sur solicita que se evalúe y
remita al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la solicitud
para llevar a cabo una pasantía de jueces y personal
jurisdiccional del Módulo Penal de la Corte Superior de
Justicia de Lima Sur al Poder Judicial de Guatemala,
conforme lo establecido en el Plan de Capacitación
2015 remitido por el Equipo Técnico Institucional de
Implementación del Código Procesal Penal.
Segundo.- Que la mencionada pasantía programada
del 24 al 28 de agosto del año en curso, cuenta con
la opinión favorable del Centro de Investigaciones
Judiciales; informándose que los participantes cubrirán
una parte del concepto de viáticos, correspondiendo al
Poder Judicial sufragar los gastos de pasajes aéreos y
viáticos parciales.
Tercero.- Que la referida actividad constituye un
interés institucional, por lo que su autorización resulta
pertinente; con la participación de jueces y funcionario de
la Corte Superior de Justicia de Lima Sur propuestos, con
la fi nalidad de fortalecer las habilidades y destrezas de
los operadores de justicia que vienen aplicando el nuevo
modelo procesal penal.
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