06 878-2006/MINSA - Designan representante del Ministro ante el Fondo para la Igualdad

Fecha de disposición16 Septiembre 2006
Fecha de publicación16 Septiembre 2006
NORMAS LEGALES
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328238 El Peruano
sábado 16 de setiembre de 2006
ilícito de drogas, modificado por la Ley Nº 28003, el Consejo
Directivo de DEVIDA está conformado, entre otros, por el
Ministro de Salud o su representante;
Que, al respecto, el artículo 22º del Reglamento de la
Ley Nº 27629, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-
2002-PCM, modificado por el artículo 1º del Decreto
Supremo Nº 101-2003-PCM, establece que los Ministros
de Estado y los titulares de las Entidades del Poder
Ejecutivo que integran el Consejo Directivo de DEVIDA,
contarán con un representante titular con rango de
Viceministro o el cargo equivalente al funcionario de mayor
nivel inmediatamente después del titular del Pliego, y un
representante alterno, con poder de decisión para
implementar la Estrategia Nacional de Lucha contra las
Drogas desde su sector, con rango no menor a Director
General o su equivalente;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 013-2005-SA
del 7 de mayo de 2005, se designó al doctor José Carlos
Del Carmen Sara, ex Viceministro de Salud, como
representante titular y al doctor Ricardo Jorge Bustamante
Quiroz, ex Director General de la Oficina General de
Promoción de la Salud, como representante alterno del
Ministerio de Salud ante Comisión Nacional para el Desarrollo
y Vida sin Drogas - “DEVIDA”;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 008-2006-SA
del 3 de agosto de 2006, se designó al doctor Diego Blas
Fernández Espinosa, Viceministro de Salud, y, con
Resolución Ministerial Nº 2753-2006/MINSA del 11 de
agosto de 2006, al doctor Hugo Alejandro Francisco Lozada
Rocca como Asesor II, Nivel F-5 de la Alta Dirección del
Ministerio de Salud;
Que, en tal sentido, resulta necesario acreditar a los
nuevos representantes del Ministerio de Salud ante la citada
Comisión a fin de que continúe en el cumplimiento de sus
objetivos;
Estando a lo solicitado por el Presidente Ejecutivo del
Consejo Directivo de la Comisión Nacional para el Desarrollo
y Vida sin Drogas - DEVIDA mediante documento de visto;
Con el visado del Viceministro de Salud y de la Oficina
General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo establecido en el Decreto
Legislativo Nº 824, Ley de Lucha contra el tráfico ilícito de
drogas, modificado por la Ley Nº 27629, su Reglamento,
aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2002-PCM y
modificado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 101-
2003-PCM, en el artículo 4º de la Ley Nº 27594, Ley que
Regula Participación del Poder Ejecutivo en el
Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y
en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del
Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar como representante titular del
Ministerio de Salud ante el Consejo Directivo de la Comisión
Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, al
doctor Diego Blas Fernández Espinosa, Viceministro de
Salud, y, como representante alterno al doctor Hugo
Alejandro Francisco Lozada Rocca, Asesor II, Nivel F-5 de
la Alta Dirección del Ministerio de Salud.
Artículo 2º.- Notificar a la Presidencia del Consejo
Directivo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida
sin Drogas - DEVIDA, para su respectiva acreditación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN
Ministro de Salud
02128-4
Designan representante del Ministro
ante el Fondo para la Igualdad
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 878-2006/MINSA
Lima, 13 de setiembre del 2006
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 022-2006 de
fecha 23 de agosto de 2006, se creó el Fondo para la
Igualdad, que centralizará la asignación de los recursos
provenientes de la aplicación de medidas de austeridad y
racionalidad, del Tesoro Público, así como recursos
provenientes del Sector Privado, entre otros, para
destinarlos a actividades y/o programas dirigidos a combatir
la pobreza extrema en zonas rurales;
Que, el citado Decreto Supremo establece que el
Consejo de Administración del Fondo para la Igualdad,
está integrado, entre otros, por el Ministro de Salud o su
representante;
Que, en consecuencia, es necesario designar a dicho
representante;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º de la
Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder
Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios
públicos y lo establecido en la Ley Nº 27657, Ley del
Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar al señor Hugo Alejandro Francisco
Lozada Rocca, Asesor II, Nivel F-5, como representante
del Ministro de Salud, ante el Fondo para la Igualdad,
creado mediante el Decreto de Urgencia Nº 022-2006.
Artículo 2º.- Remitir copia de la presente resolución al
Consejo de Administración del citado Fondo para la Igualdad
para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN
Ministro de Salud
02128-5
TRABAJO Y PROMOCIÓN
DEL EMPLEO
Designan responsables de brindar
información y de actualizar el portal
de internet del Programa de
Emergencia Social Productivo Urbano
"A Trabajar Urbano"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 147-2006-DVMPEMPE/ATU
Lima, 5 de septiembre del 2006
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 130-2001 se
creó el Programa de Emergencia Social Productivo Urbano
“A Trabajar Urbano”, como Unidad Ejecutora del Ministerio
de Trabajo y Promoción del Empleo, cuyo objetivo es la
generación de empleo temporal para la población
desempleada de las áreas urbanas favoreciendo
prioritariamente a aquellos con menores niveles de ingreso
económico, con niveles de pobreza y extrema pobreza;
Que, el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 130-
2001 dispone que el Programa de Emergencia Social
Productivo Urbano “A Trabajar Urbano”, puede desarrollar
sus funciones a través de oficinas que permitan tener un
alcance nacional;
Que, mediante la Ley Nº 27806 se aprobó la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública, con la
finalidad de promover la transparencia de los actos del
Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la
información consagrado en el numeral 5 del artículo de
la Constitución Política del Perú; aprobándose mediante
Ordenado;
aprobó el Reglamento de la mencionada Ley, que regula la
aplicación de las normas y ejecución de los procedimientos
establecidos;
Que, los artículos 5º y 8º de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública, concordados con el artículo
4º de su Reglamento, disponen que la entidad pública
deberá identificar, bajo responsabilidad de su máximo
representante, al funcionario responsable de la elaboración

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