1066 01-2001/DP - Designan Representante del Defensor del Pueblo con sede en Huancayo

Fecha de publicación13 Enero 2001
Fecha de disposición13 Enero 2001
Pág. 197230
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 13 de enero de 2001
cárcel, luego a la segunda y posteriormente a las Salas
Penales Corporativas para procesos ordinarios con reos
libres, comenzando por la primera.
Una vez que se dicte auto de apertura de instrucción, la
competencia funcional de las Salas Penales Superiores será
la establecida en las normas de reparto preestablecidas.
Artículo Tercero.- Póngase la presente resolución en
conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de
Justicia de la República, de la Presidencia del Consejo
Transitorio del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la
Magistratura, de los Magistrados de este Distrito Judicial,
de la Gerencia General, de la Supervisión de Personal y de
la Fiscalía de la Nación, para los fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
SERGIO R. SALAS VILLALOBOS
Presidente de la Corte Superior
de Justicia de Lima
16177
DEFENSORÍA DEL
PUEBLO
Designan Representante del Defensor
del Pueblo con sede en Huancayo
RESOLUCIÓN DEFENSORIAL
Nº 01-2001/DP
Lima, 12 de enero de 2001
Vistos; el Memorando Nº 010-2001/DP-GP y sus antece-
dentes, mediante los cuales la Gerencia de Personal solicita
se expida la resolución de designación del Representante
Defensorial con sede en Huancayo y el encargo de las
funciones del titular de la Representación Defensorial con
sede en Ayacucho; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con los Artículos 161º y 162º de la
Constitución Política del Estado, la Defensoría del Pueblo es
un organismo autónomo con rango constitucional, que se rige
por lo establecido en su Ley Orgánica, Ley Nº 26520;
Que, la Ley Nº 26602 dispone que el personal de la
Defensoría del Pueblo está comprendido en el régimen
laboral de la actividad privada;
Que, mediante Resolución Defensorial Nº 064-2000/DP,
del 29 de noviembre del 2000, se aceptó la renuncia del
Representante Defensorial con sede en Huancayo;
Que, mediante la Resolución Defensorial Nº 46-2000/DP
se designó a la doctora Eliana Revollar Añaños en el cargo de
Representante del Defensor del Pueblo con sede en Ayacu-
cho;
Que, por convenir al servicio es necesario dejar sin efecto
la designación anteriormente referida, disponiéndose desig-
nar a la citada funcionaria como Representante del Defensor
del Pueblo con sede en Huancayo, en mérito a la experiencia
adquirida sobre la problemática local y asimismo, encomen-
darle la Representación Defensorial con sede en Ayacucho,
en tanto se designe al titular;
Con la opinión favorable de la Gerencia de Personal y los
visados de la Oficina de Asesoría Jurídico-administrativa y
de la Gerencia General;
En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica
de la Defensoría del Pueblo y por la Resolución Defensorial
Nº 66-2000/DP; en concordancia con el Decreto Ley Nº 25515
y de conformidad con los Artículos 6º y 7º incisos a) y l) del
Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría
del Pueblo aprobado por la Resolución Defensorial Nº 32-99/
DP y modificado por la Resolución Defensorial Nº 25-2000/
DP y, en concordancia con la Resolución Administrativa Nº
050-2000/DP;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR, con efectividad al 1 de
enero del 2001, a la doctora Eliana REVOLLAR AÑAÑOS,
como Representante del Defensor del Pueblo con sede en
Huancayo, en la Plaza 390; con retención de las funciones del
cargo de Representante del Defensor del Pueblo en Ayacu-
cho, en tanto se procede a la designación del titular.
Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución
Defensorial Nº 46-2000/DP, a partir de la vigencia de la
presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ALBAN PERALTA
Defensor del Pueblo (e)
16150
MINISTERIO PÚBLICO
Designan magistrado provisional de
la Cuarta Fiscalía Provincial Penal de
Arequipa
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE
LA NACIÓN Nº 032-2001-MP-FN
Lima, 12 de enero de 2001
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, encontrándose vacante el cargo de Fiscal Provincial
de la Cuarta Fiscalía Provincial Penal de Arequipa, Distrito
Judicial de Arequipa, resulta necesario llamar al Fiscal
Adjunto Provincial que reúna los requisitos de ley;
Estando al cuadro se tiene que el doctor Alberto Luis
Borja Salinas, reúne los requisitos para asumir el cargo de
Fiscal Provincial Provisional de la Cuarta Fiscalía Provin-
cial Penal de Arequipa, Distrito Judicial de Arequipa;
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 64º del
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Designar al doctor Alberto Luis Borja
Salinas, como Fiscal Provincial Provisional, del Despacho de la
Cuarta Fiscalía Provincial Penal de Arequipa, Distrito Judicial
de Arequipa, con retención de su cargo de carrera.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente
Resolución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de
Justicia de la República, Presidente del Consejo Nacional de
la Magistratura, Fiscales Supremos, Presidente de la Corte
Superior de Justicia de Arequipa, Fiscal Superior Decano del
Distrito Judicial de Arequipa, Oficina de Registro de Fiscales
y Fiscal mencionado, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NELLY CALDERÓN NAVARRO
Fiscal de la Nación
16143
Designan Fiscales integrantes de comi-
siones encargadas de resolver tachas
contra ciudadanos seleccionados
como miembros de Jurados Elec-
torales Especiales
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE
LA NACIÓN Nº 035-2001-MP-FN
Lima, 12 de enero de 2001
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio Nº 011-2001-P/JNE de fecha 5 de
enero de 2001, el doctor Manuel Sánchez Palacios Paiva,
Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, solicita en el
Artículo Sexto, se constituya una Comisión de Fiscales para
cada una de las circunscripciones electorales definidas con el
efecto de resolver las tachas que pudiera interponerse en
contra de los ciudadanos seleccionados como miembros de los
Jurados Electorales Especiales. La Comisión estará integra-
da por los tres fiscales más antiguos, entre los fiscales
superiores, provinciales, titulares o provisionales de cada
circunscripción electoral; por lo que es necesario designar a
los señores fiscales que integrarán las mencionadas comisio-
nes, conforme a las circunscripciones determinadas en el
Artículo Primero del citado Oficio.

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