1011 009/INC - Aprueban remensura de plano y sustituyen denominación de zona arqueológica por la de "Zona Arqueológica e Histórica Armatambo - Morro Solar"

Fecha de publicación09 Noviembre 2001
Fecha de disposición09 Noviembre 2001
Pág. 212421
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 9 de noviembre de 2001
Designan miembros del Directorio de
la Empresa Electro Sur Este S.A.A.
ACUERDO DE DIRECTORIO
Nº 014-2001/018-FONAFE
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo
24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de
Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado,
aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF y nor-
mas modificatorias, la designación de los Directores de
las empresas del Estado comprendidas bajo el ámbito de
FONAFE realizada por el Directorio de dicha Empresa,
deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano e
instrumentada en Junta General de Accionistas.
Que, habiéndose aceptado la renuncia presentada
por los señores Gustavo Alfredo Manrique Villalobos,
Fedor Rubatto Salazar, Virgilo Francisco Luna Mostajo
y Héctor Rodríguez Piazze al cargo de miembros del
Directorio de la Empresa Electro Sur Este S.A.A., y
agradecidos los servicios prestados a dicha Empresa, se
comunica que, por Acuerdo de Directorio del FONAFE
Nº 014-2001/018-FONAFE, de fecha 7 de noviembre de
2001, se designó a las siguientes personas como miem-
bros del Directorio de la referida Empresa:
- Javier Sota Nadal, Presidente del Directorio.
- Oscar Cajahuaringa Isidro.
- Efraín Gonzales de Olarte.
- José Wilber Tapia Chávez.
Que, por el acuerdo de directorio antes indicado se
ratificó la designación del señor Armando Gallegos Gue-
vara como miembro del Directorio de la referida empre-
sa.
34152
INACC
Relación de concesiones mineras cu-
yos títulos fueron aprobados en el mes
de octubre de 2001
INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES
Y CATASTRO MINERO
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 01297-2001-INACC/J
Lima, 6 de noviembre de 2001
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Supremo Nº 015-2001-EM, publica-
do en el Diario Oficial El Peruano con fecha 29 de marzo
de 2001, se denomina a partir de la fecha como Instituto
Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, al
Organismo Público Descentralizado del Sector Energía
y Minas encargado de las funciones de tramitar las
solicitudes y otorgar las concesiones mineras, adminis-
tración del Derecho de Vigencia y Catastro Minero;
Que, el Artículo 5º de la norma legal antes citada,
dispone que a partir de su vigencia, las menciones al
Registro Público de Minería existentes en el Texto Unico
Ordenado de la Ley General de Minería vigente, aproba-
do por Decreto Supremo Nº 014-92-EM y demás normas
legales y reglamentarias relacionadas, se entenderán
como referidas al Instituto Nacional de Concesiones y
Catastro Minero - INACC;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 124º
aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Instituto
Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC,
publicará mensualmente en el Diario Oficial El Peruano,
por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos
títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior;
Con la visación del Director General de la Oficina
General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 124º
aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el
Artículo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- PUBLIQUESE, en el Diario Ofi-
cial El Peruano, la relación de concesiones mineras
cuyos títulos fueron aprobados en el mes de octubre de
2001, de acuerdo a la relación adjunta que forma parte
integrante de la presente resolución y para los efectos a
que se contraen los Artículos 124º del Decreto Supremo
Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS BARCELLOS M.
Jefe Institucional
34038
INSTITUTO
NACIONAL DE
CULTURA
Aprueban remensura de plano y
sustituyen denominación de zona ar-
queológica por la de "Zona Arqueo-
lógica e Histórica Armatambo - Mo-
rro Solar"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL
Nº 009/INC
Lima, 8 de enero de 2001
Visto, el Oficio Nº 124-2000-CCZAOAAHH del 10 de
noviembre del 2000, presentado por la Comisión Califi-
cadora de Zonas Arqueológicas Ocupadas por Asenta-
mientos Humanos, mediante el cual remite el Informe
Técnico Final de la Zona Arqueológica Armatambo, ubi-
cado en el distrito de Chorrillos, provincia y departa-
mento de Lima;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-98-PCM se
crea y aprueba la Comisión y el Reglamento, respectiva-
mente, de Calificación de Zonas Arqueológicas Ocupa-
das por Asentamientos Humanos, otorgándole compe-
tencia para aprobar los estudios de Evaluación Arqueo-
lógica, así como la categorización y la delimitación de las
zonas arqueológicas ocupadas por asentamientos huma-
nos, definidas en dichos estudios conforme a lo dispuesto
en el precitado referido, competencia que fue precisada
mediante Decreto Supremo Nº 025-99-MTC, el mismo
que en su Artículo 2º prescribe que son competencias de
la precitada Comisión autorizar y supervisar todo per-
miso de investigaciones y excavaciones de interés ar-
queológico o histórico en terrenos públicos o privados
ocupados por toda clase de posesión informal;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-98-PCM se
modifica el Reglamento de Calificación de Zonas Arqueo-
lógicas Ocupadas por Asentamientos Humanos y se
agrega el Artículo 17º, el cual prescribe que los Estudios
de Evaluación Arqueológica u otros tipos de documen-
tos, mediante los cuales el Instituto Nacional de Cultura
haya asumido el compromiso de trabajo conjunto para la
implementación de servicios de infraestructura, quedan
automáticamente calificados como Zona Arqueológica
en Emergencia;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR