106 009/INC - Aprueban remensura de plano y sustituyen denominación de zona arqueológica por la de 'Zona Arqueológica e Histórica Armatambo - Morro Solar'

Fecha de disposición09 Noviembre 2001
Fecha de publicación09 Noviembre 2001
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 9 de noviembre de 2001 AÑO XIX - Nº 7810 Pág. 212391
Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA CONMEMORACIÓN DE LOS 450 AÑOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS"
ECONOMÍA Y
FINANZAS
Conforman la Comisión de Apoyo a la
Lucha contra los Delitos de Contra-
bando y Defraudación de Rentas de
Aduana RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 488-2001-EF
Lima, 8 de noviembre de 2001
CONSIDERANDO:
Que, por la Primera Disposición Final de la Ley
Nº 26461, "Ley de los Delitos Aduaneros", se creó la
Comisión de Apoyo a la Lucha contra los Delitos de
Contrabando y Defraudación de Rentas de Aduana", a
fin de coordinar con los diferentes sectores vinculados
con la prevención y represión de los delitos contempla-
dos en dicha Ley;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 570-2000-
PCM, modificada por Resolución Suprema Nº 037-2001-
EF, quedó establecida la conformación de la referida
Comisión;
Que, conforme al párrafo segundo de la Primera
Disposición Final de la Ley Nº 26461, mediante Resolu-
ción Suprema se establece o se modifica la conformación
de la Comisión de Apoyo a la Lucha contra los Delitos de
Contrabando y Defraudación de Rentas de Aduanas;
De conformidad con el numeral 24 del Artículo 118º
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- La Comisión de Apoyo a la Lucha
contra los Delitos de Contrabando y Defraudación de
Rentas de Aduana, creada mediante Ley Nº 26461, que-
da conformada de la siguiente manera:
- El Ministro de Industria, Turismo, Integración y
Negociaciones Comerciales Internacionales, quien la
presidirá;
- El Ministro del Interior;
- El Ministro de Defensa;
- El Ministro de la Presidencia;
- El Superintendente Nacional de Aduanas;
- El Superintendente Nacional de Administración
Tributaria;
- El Fiscal de la Nación;
- Dos representantes de la Confederación Nacional
de Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP;
- Un representante de la Sociedad Nacional de Indus-
trias;
- Un representante de la Cámara de Comercio de
Lima; y,
- Un representante de la Asociación de Exportadores.
El Secretario Técnico de la Comisión de Apoyo será
designado por Resolución Suprema a propuesta del Pre-
sidente de la Comisión.
Los representantes de la Confederación Nacional de
Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP, de la
Sociedad Nacional de Industrias, de la Cámara de Co-
mercio de Lima y de la Asociación de Exportadores,
serán designados por Resolución Suprema refrendada
por el Ministro de Industria, Turismo, Integración y
Negociaciones Comerciales Internacionales.
Artículo 2º.- En tanto se produzca una nueva desig-
nación o ratificación de los representantes de la Confede-
ración Nacional de Instituciones Empresariales Priva-
das - CONFIEP, de la Sociedad Nacional de Industrias,
de la Cámara de Comercio de Lima y de la Asociación de
Exportadores, se mantiene la representatividad que han
venido ejerciendo los actuales representantes de dichos
gremios ante la Comisión de Apoyo.
Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros,
por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro
de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Co-
merciales Internacionales.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
ROBERTO DAÑINO ZAPATA
Presidente del Consejo de Ministros
PEDRO PABLO KUCZYNSKI
Ministro de Economía y Finanzas
RAUL DIEZ CANSECO TERRY
Ministro de Industria, Turismo, Integración
y Negociaciones Comerciales Internacionales
34184
Designan representante del Ministro
de Economía y Finanzas ante el Conse-
jo Directivo de la Comisión de la Pe-
queña y Micro Empresa - PROMPYME
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 330-2001-EF/10
Lima, 8 de noviembre del 2001
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 059-97-PCM
modificado por el Decreto Supremo Nº 035-2000-PCM y
el Decreto Supremo Nº 105-2001-PCM se creó la Comi-
sión de la Pequeña y Micro Empresa -PROMPYME-,
como instancia de promoción, coordinación y concerta-
ción de las acciones sectoriales que contribuyan a la
ampliación y dinamismo de los mercados de las pequeñas
y microempresas;
Que, por el Decreto Supremo Nº 105-2001-PCM se
modificó el Decreto Supremo Nº 059-97-PCM, en virtud del
cual se dispuso que el Consejo Directivo de PROMPYME
está conformado, entre otros, por el Ministro de Economía
y Finanzas o su representante, el mismo que será designa-
do por Resolución Ministerial de su respectivo titular;
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NORMAS LEGALES
Lima, viernes 9 de noviembre de 2001
Que, es necesario designar al representante del Mi-
nistro de Economía y Finanzas ante el indicado Consejo
Directivo;
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37º del
Decreto Legislativo Nº 560 -Ley del Poder Ejecutivo- y el
Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 059-97-PCM, modifi-
cado por el Decreto Supremo Nº 105-2001-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Designar a la señora Patricia Teu-
llet Pipoli, Viceministra de Economía, como repre-
sentante del Ministro de Economía y Finanzas ante el
Consejo Directivo de la Comisión de la Pequeña y Micro
Empresa - PROMPYME.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI
Ministro de Economía y Finanzas
34169
MITINCI
Autorizan llevar a cabo Censo a nivel
nacional de empresas manufactureras
y prestadoras de servicios turísticos
en el ámbito del MITINCI y bajo los
alcances de las Leyes Nºs. 23407 y
26961 DECRETO SUPREMO
Nº 030-2001-ITINCI
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Industria, Turismo, Integra-
ción y Negociaciones Comerciales Internacionales tiene
como finalidad establecer, en armonía con las disposicio-
nes constitucionales, la política general del Estado y los
planes de Gobierno, así como las acciones técnico norma-
tivas de alcance nacional, en materia de industria, turis-
mo, integración y negociaciones comerciales;
Que, en orden al logro de sus fines, el Ministerio
requiere contar con información actualizada relativa a
los Sectores económicos a su cargo, como instrumento de
gestión para el cambio y reactivación que se proyecta
lograr en la economía actual;
Que, en tal sentido es necesario el levantamiento de
un censo empresarial, el que debe llevarse a cabo con
criterios de simplificación y economía;
De conformidad con los Decretos Legislativos Nºs.
560 y 604, Decreto Ley Nº 25831 y numeral 8º del Artículo
DECRETA:
Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Industria,
Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales In-
ternacionales - MITINCI, para que en coordinación con
el INEI, lleve a cabo un Censo a nivel nacional de las
empresas manufactureras y empresas prestadoras de
servicios turísticos, que se encuentran dentro del ámbito
de su competencia y bajo los alcances de las Leyes Nº
23407 y Nº 26961.
Artículo 2º.- Todas las empresas manufactureras y
las empresas prestadoras de servicios turísticos, referi-
das en el artículo anterior, están obligadas a presentar
la información que se requiere para llevar a cabo el
Censo, el cual comprenderá el ejercicio 2001.
Artículo 3º.- Mediante Resolución del Titular del
MITINCI, se aprobarán los Formularios y se dictarán las
disposiciones complementarias que resulten necesarias
para la realización del Censo que se autoriza mediante el
presente Decreto Supremo.
Artículo 4º.- La Oficina General de Informática y
Estadística del MITINCI prestará el apoyo técnico para
llevar a cabo el proceso censal hasta obtener los resulta-
dos y efectuará las coordinaciones necesarias para la
adecuada difusión de las presentes normas.
Artículo 5º.- El presente Decreto Supremo será
refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Industria, Turismo, Integración y
Negociaciones Comerciales Internacionales.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días
del mes de noviembre del año dos mil uno.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
ROBERTO DAÑINO ZAPATA
Presidente del Consejo de Ministros
RAUL DIEZ CANSECO TERRY
Ministro de Industria, Turismo, Integración
y Negociaciones Comerciales Internacionales
34170
JUSTICIA
Autorizan viaje de funcionaria del Minis-
terio a los EE.UU. para participar en el
113º Período Ordinario de Sesiones de
la Comisión Interamericana de Dere-
chos Humanos
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 458-2001-JUS
Lima, 7 de noviembre de 2001
Visto los Facsímiles (DHS-DHU) Nºs. 512, 583, 594,
598, 632 y 634 de la Dirección de Derechos Humanos del
Ministerio de Relaciones Exteriores;
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión Interamericana de Derechos Huma-
nos, en el marco del 113º Período Ordinario de Sesiones,
realizará las audiencias y sesiones de trabajo en los casos
11.876, 11.849, 11.015, 10.932, 11.317, 12.034, 12.041, 12.085,
12.095 y 12.191, así como se tratará cuestiones vinculadas
al seguimiento del cumplimiento de las recomendaciones
efectuadas por dicha Comisión, en relación con los informes
de fondo mencionados en los literales "C" y "D" del Comu-
nicado de Prensa Conjunto emitido por el Gobierno Perua-
no y el citado organismo internacional el pasado 22 de
febrero, en la ciudad de Washington D.C. - Estados Unidos
de América, del 12 al 14 de noviembre de 2001;
Que, en representación del Estado se ha designado a
la señorita abogada Marcela Teresa Arriola Espino,
Asesora Técnica de la Alta Dirección del Ministerio de
Justicia, para que asista y participe en las referidas
audiencias y sesiones, por lo que es necesario autorizar
el viaje y los gastos a realizarse;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre-
mo Nº 048-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo
Nº 053-2001-PCM;
En uso de la facultad del Presidente de la República
para dictar Resoluciones, conferida en el inciso 8) del
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señorita aboga-
da Marcela Teresa Arriola Espino, Asesora Técnica de la
Alta Dirección del Ministerio de Justicia, a la ciudad de
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NORMAS LEGALES
Lima, viernes 9 de noviembre de 2001
Washington D.C. - Estados Unidos de América, del 11 al
15 de noviembre de 2001, para los fines expuestos en la
parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumpli-
miento de la presente Resolución, serán cubiertos por
el Pliego 006 Ministerio de Justicia, de acuerdo al
siguiente detalle:
Pasajes US$ 758.40
Viáticos US$ 1,320.00
Tarifa CORPAC US$ 25.00
Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no
dará derecho a exoneración o liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Justicia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
FERNANDO OLIVERA VEGA
Ministro de Justicia
34183
Delegan en el Viceministro la facultad
de resolver en última instancia
administrativa las reclamaciones in-
terpuestas ante la Secretaría Técnica
de Conciliación, la oficialización de
eventos y las acciones de personal
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 374-2001-JUS
Lima, 5 de noviembre de 2001
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS se
aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Justicia, en el marco del proceso de Rees-
tructuración Organizativa Institucional, de conformidad
con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 012-2001-
JUS; estableciendo entre las funciones de competencia
del Viceministro las relacionadas con la Secretaría Téc-
nica de Conciliación;
Que el 11 de octubre de 2001, entró en vigencia la Ley
Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo Gene-
ral que regula las actuaciones de la función administrativa
del Estado y el procedimiento administrativo común
desarrollados en las entidades de la administración pú-
blica, la misma que en su Artículo 70º dispone que todo
cambio de competencia debe ser temporal, motivado, y
estar su contenido referido a una serie de actos o proce-
dimientos señalados en el acto que lo origina y en su
Artículo 74º, numeral 74.3, señala que se transfiere
competencia para emitir resoluciones, con el objeto de
aproximar a los administrados las facultades adminis-
trativas que conciernan a sus intereses, respectivamente;
Que es necesario desconcentrar el ejercicio de compe-
tencia del Ministro de Justicia, delegando en el Vicemi-
nistro, la facultad de resolver en última instancia admi-
nistrativa, las reclamaciones interpuestas ante la Secre-
taría Técnica de Conciliación, así como la de autorización
de eventos de carácter jurídicos - legal y de acciones de
personal;
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37º del
Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo,
Artículo 8º del Decreto Ley Nº 25993, Decreto Legislati-
vo Nº 276, su Reglamento aprobado por Decreto Supre-
mo Nº 005-90-PCM, y los Artículos 70º y 74º, numeral
74.3 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Admi-
nistrativo General;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Delegar en el Viceministro de Justicia,
por el plazo de un año (1), la facultad de resolver en
última instancia administrativa, las reclamaciones in-
terpuestas ante la Secretaría Técnica de Conciliación, la
oficialización de eventos de carácter jurídico-legal, así
como las acciones de personal previstas en el Decreto
Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado por Decre-
to Supremo Nº 005-90-PCM y demás normas comple-
mentarias, para los servidores públicos del Ministerio de
Justicia, comprendidos en los niveles F-1, F-2 y F-3.
Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministe-
rial Nº 350-2000-JUS por lo expuesto en la parte consi-
derativa de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO OLIVERA VEGA
Ministro de Justicia
34045
Cancelan título de Notario del Distrito
de Yurimaguas, provincia de Alto
Amazonas, Distrito Notarial de Loreto
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 375-2001-JUS
Lima, 5 de noviembre de 2001
Visto el Oficio Nº 180-2001-JUS/CN-P de fecha 11 de
octubre de 2001, del Presidente del Consejo del Nota-
riado;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio de Visto, el Presidente del
Consejo del Notariado comunica que el notario del distri-
to de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas, Distrito
Notarial de Loreto, don OSCAR LANDA PINEDO, for-
muló renuncia al cargo;
Que, consta en la Carta de fecha 9 de julio de 2001, la
aludida renuncia;
Que, es necesario cancelar el título respectivo;
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 21º
inciso b) del Decreto Ley Nº 26002 - Ley del Notariado y
Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- CANCELAR, por renuncia el título de
notario del distrito de Yurimaguas, provincia de Alto
Amazonas Distrito Notarial de Loreto, de don OSCAR
LANDA PINEDO.
Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución
Ministerial al Consejo del Notariado, al Colegio de Nota-
rios de Loreto y al interesado, para los fines consi-
guientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO OLIVERA VEGA
Ministro de Justicia
34046
Autorizan a procuradora interponer ac-
ción penal ante la Fiscalía de Preven-
ción del Delito contra presuntos res-
ponsables del delito de estafa
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 377-2001-JUS
Lima, 5 de noviembre de 2001

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