RELACIONES EXTERIORES RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1307/RE - Autorizan viaje de funcionarios de la DirecciOn Nacional de Desarrollo Fronterizo a la ciudad de Madre de Dios y a Brasil para participar en reuniOn nacional preparatoria y en la VII ReuniOn de la Iniciativa MAP RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1307/RE
Fecha de disposición | 14 Noviembre 2007 |
Fecha de publicación | 14 Noviembre 2007 |
Sección | Sección Única |
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 14 de noviembre de 2007 357475
ejercido el esfuerzo pesquero sobre los recursos
jurel y caballa, únicamente en el extremo referido
a la explotación de dichos recursos; y asimismo se
modiquen las resoluciones administrativas que
otorgaban los indicados derechos administrativos en
los referidos términos;
Conforme a lo establecido por el Decreto Ley
Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento,
aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE,
Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Jurel
y Caballa aprobados por Decreto Supremo Nº 011-
2007-PRODUCE y el inciso c) del artículo 21º del
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de la Producción, aprobado por Decreto Supremo
Nº 010-2006-PRODUCE;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Caducar los permisos de pesca de
las embarcaciones pesqueras que se detallan en el
Anexo que forma parte de la presente resolución,
únicamente en el extremo referido a la extracción de
los recursos jurel y caballa para el Consumo Humano
Directo e Indirecto, de acuerdo a las consideraciones
expuestas en la parte considerativa de la presente
Resolución.
Artículo 2º.- Modicar las resoluciones administrativas
de permisos de pesca de acuerdo a lo establecido en
el Artículo 1º de la presente resolución, e introducir las
modicaciones en los literales y Anexos correspondientes
de las Resoluciones Ministeriales Nºs. 084-2007-
PRODUCE y 085-2007-PRODUCE.
Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución
Directoral a la Dirección General de Seguimiento,
Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a
las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción
del litoral, a la Dirección General de Capitanías y
Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse
en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción,
cuya dirección es: www.produce.gob.pe
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE VÉRTIZ CALDERÓN
Director General de Extracción y
Procesamiento Pesquero
131686-1
RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionarios de
la Dirección Nacional de Desarrollo
Fronterizo a la ciudad de Madre de
Dios y a Brasil para participar en
reunión nacional preparatoria y en la
VII Reunión de la Iniciativa MAP
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 1307/RE
Lima, 12 de noviembre de 2007
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú dispone en
su Artículo 44º que es deber del Estado establecer y
ejecutar la política de fronteras y promover la integración,
particularmente latinoamericana, así como el desarrollo y
la cohesión de las zonas de frontera, en concordancia
con la Política Exterior;
Que, en el marco de la Decisión 501: Zonas de
Integración Fronteriza en la Comunidad Andina, los
Gobiernos del Perú y Bolivia establecieron, mediante
Intercambio de Notas, la Zona de Integración Fronteriza
Perú-Bolivia, en la cual para permitir su gestión se
priorizaron dos áreas, la Andina Circunlacustre y la
región Amazónica, esta última comprende la región
Madre de Dios por el lado del Perú y el departamento
de Pando por Bolivia, como parte de la Iniciativa
MAP, Madre de Dios (Perú) - Acre (Brasil) y Pando
(Bolivia);
Que, el Decreto Supremo Nº 057-2001-PCM, que
creó el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras,
establece en su Artículo 5º que su Secretaría Ejecutiva,
a cargo del Viceministro Secretario General de
Relaciones Exteriores será responsable de coordinar
la formulación de los planes, programas y presupuestos
de desarrollo fronterizo y, asimismo, de proponer las
iniciativas de carácter legal, técnico y operativo que
resulten necesarias para cumplir dicho propósito;
Que, en relación a dicha responsabilidad la
Dirección Nacional de Desarrollo Fronterizo brinda el
soporte técnico al Viceministro Secretario General de
Relaciones Exteriores;
Que, la Declaración Presidencial de Río Branco,
suscrita por los Presidentes del Perú, Brasil y Bolivia
en agosto de 2004, destacó la necesidad de atender
la agenda del desarrollo y la integración fronteriza
y, en ese sentido, resaltaron la importancia de la
convocatoria de la iniciativa MAP;
Que, con motivo de la visita del Presidente de la
República del Perú a la República Federativa del
Brasil, los Presidentes Alan García Pérez y Luiz Inacio
Lula da Silva rmaron en noviembre de año 2006, el
Comunicado Conjunto “PERU–BRASIL: Ampliando los
horizontes de una Alianza Estratégica” mediante el cual
decidieron impulsar el desarrollo y la integración de las
áreas de frontera en las que existe mayor interacción
entre poblaciones de ambos países e instruyeron
a sus Cancillerías para que intensiquen esfuerzos
intersectoriales que permitan contar en breve plazo
con planes y proyectos conjuntos y complementarios
para el desarrollo sostenible en las cuencas del río
Yavarí (Islandia-Perú y Benjamín Constant-Brasil), del
río Purús (Puerto Esperanza-Perú y Santa Rosa-Brasil)
y del río Acre (Iñapari-Perú y Assis Brasil-Brasil);
Que, los organizadores de la Iniciativa de la Región
Madre de Dios (Perú), Acre (Brasil) y Pando (Bolivia)
han convocado a la Dirección Nacional de Desarrollo
Fronterizo a participar en la VII Reunión MAP, que se
realizará del 15 al 17 de noviembre de 2007, en las
ciudades de Epitaciolandia y Brasilea, Estado del Acre,
República Federativa del Brasil;
Que, a n de cumplir las directivas y orientaciones
de los Acuerdos presidenciales indicados, asumir las
tareas de coordinación y seguimiento de las acciones
de desarrollo e integración fronterizos que el Ministerio
de Relaciones Exteriores viene realizando en la
Región Madre de Dios, así como recoger insumos
para la formulación de las Políticas Nacionales
de Desarrollo e Integración Fronterizos, se hace
necesaria la participación de los funcionarios de la
Dirección Nacional de Desarrollo Fronterizo: doctor
Francisco José Olano Martínez y señor Luis Teobaldo
Briceño Ampuero, en la VII Reunión de la Iniciativa
MAP, Madre de Dios (Perú), Acre (Brasil) y Pando
(Bolivia), así como en una reunión preparatoria en
Puerto Maldonado con representantes de las entidades
peruanas participantes;
Teniendo en cuenta el Memorándum (DDF) N°
DDF0324/2007, de la Dirección Nacional de Desarrollo
Fronterizo, de 6 de noviembre de 2007;
Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de
Relaciones Exteriores; el artículo 83º del Reglamento
de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa,
aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM;
la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes
al exterior de servidores y funcionarios públicos, su
modicatoria la Ley Nº 28807, que establece que los
viajes ociales al exterior de servidores y funcionarios
públicos se realicen en clase económica, y su
Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba