RELACIONES EXTERIORES RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1307/RE - Autorizan viaje de funcionarios de la DirecciOn Nacional de Desarrollo Fronterizo a la ciudad de Madre de Dios y a Brasil para participar en reuniOn nacional preparatoria y en la VII ReuniOn de la Iniciativa MAP RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1307/RE

Fecha de disposición14 Noviembre 2007
Fecha de publicación14 Noviembre 2007
SecciónSección Única
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 14 de noviembre de 2007 357475
ejercido el esfuerzo pesquero sobre los recursos
jurel y caballa, únicamente en el extremo referido
a la explotación de dichos recursos; y asimismo se
modiquen las resoluciones administrativas que
otorgaban los indicados derechos administrativos en
los referidos términos;
Conforme a lo establecido por el Decreto Ley
Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento,
aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE,
Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Jurel
y Caballa aprobados por Decreto Supremo Nº 011-
2007-PRODUCE y el inciso c) del artículo 21º del
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de la Producción, aprobado por Decreto Supremo
Nº 010-2006-PRODUCE;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Caducar los permisos de pesca de
las embarcaciones pesqueras que se detallan en el
Anexo que forma parte de la presente resolución,
únicamente en el extremo referido a la extracción de
los recursos jurel y caballa para el Consumo Humano
Directo e Indirecto, de acuerdo a las consideraciones
expuestas en la parte considerativa de la presente
Resolución.
Artículo 2º.- Modicar las resoluciones administrativas
de permisos de pesca de acuerdo a lo establecido en
el Artículo 1º de la presente resolución, e introducir las
modicaciones en los literales y Anexos correspondientes
de las Resoluciones Ministeriales Nºs. 084-2007-
PRODUCE y 085-2007-PRODUCE.
Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución
Directoral a la Dirección General de Seguimiento,
Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a
las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción
del litoral, a la Dirección General de Capitanías y
Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse
en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción,
cuya dirección es: www.produce.gob.pe
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE VÉRTIZ CALDERÓN
Director General de Extracción y
Procesamiento Pesquero
131686-1
RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionarios de
la Dirección Nacional de Desarrollo
Fronterizo a la ciudad de Madre de
Dios y a Brasil para participar en
reunión nacional preparatoria y en la
VII Reunión de la Iniciativa MAP
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 1307/RE
Lima, 12 de noviembre de 2007
CONSIDERANDO:
su Artículo 44º que es deber del Estado establecer y
ejecutar la política de fronteras y promover la integración,
particularmente latinoamericana, así como el desarrollo y
la cohesión de las zonas de frontera, en concordancia
con la Política Exterior;
Que, en el marco de la Decisión 501: Zonas de
Integración Fronteriza en la Comunidad Andina, los
Gobiernos del Perú y Bolivia establecieron, mediante
Intercambio de Notas, la Zona de Integración Fronteriza
Perú-Bolivia, en la cual para permitir su gestión se
priorizaron dos áreas, la Andina Circunlacustre y la
región Amazónica, esta última comprende la región
Madre de Dios por el lado del Perú y el departamento
de Pando por Bolivia, como parte de la Iniciativa
MAP, Madre de Dios (Perú) - Acre (Brasil) y Pando
(Bolivia);
Que, el Decreto Supremo Nº 057-2001-PCM, que
creó el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras,
establece en su Artículo 5º que su Secretaría Ejecutiva,
a cargo del Viceministro Secretario General de
Relaciones Exteriores será responsable de coordinar
la formulación de los planes, programas y presupuestos
de desarrollo fronterizo y, asimismo, de proponer las
iniciativas de carácter legal, técnico y operativo que
resulten necesarias para cumplir dicho propósito;
Que, en relación a dicha responsabilidad la
Dirección Nacional de Desarrollo Fronterizo brinda el
soporte técnico al Viceministro Secretario General de
Relaciones Exteriores;
Que, la Declaración Presidencial de Río Branco,
suscrita por los Presidentes del Perú, Brasil y Bolivia
en agosto de 2004, destacó la necesidad de atender
la agenda del desarrollo y la integración fronteriza
y, en ese sentido, resaltaron la importancia de la
convocatoria de la iniciativa MAP;
Que, con motivo de la visita del Presidente de la
República del Perú a la República Federativa del
Brasil, los Presidentes Alan García Pérez y Luiz Inacio
Lula da Silva rmaron en noviembre de año 2006, el
Comunicado Conjunto “PERU–BRASIL: Ampliando los
horizontes de una Alianza Estratégica” mediante el cual
decidieron impulsar el desarrollo y la integración de las
áreas de frontera en las que existe mayor interacción
entre poblaciones de ambos países e instruyeron
a sus Cancillerías para que intensiquen esfuerzos
intersectoriales que permitan contar en breve plazo
con planes y proyectos conjuntos y complementarios
para el desarrollo sostenible en las cuencas del río
Yavarí (Islandia-Perú y Benjamín Constant-Brasil), del
río Purús (Puerto Esperanza-Perú y Santa Rosa-Brasil)
y del río Acre (Iñapari-Perú y Assis Brasil-Brasil);
Que, los organizadores de la Iniciativa de la Región
Madre de Dios (Perú), Acre (Brasil) y Pando (Bolivia)
han convocado a la Dirección Nacional de Desarrollo
Fronterizo a participar en la VII Reunión MAP, que se
realizará del 15 al 17 de noviembre de 2007, en las
ciudades de Epitaciolandia y Brasilea, Estado del Acre,
República Federativa del Brasil;
Que, a n de cumplir las directivas y orientaciones
de los Acuerdos presidenciales indicados, asumir las
tareas de coordinación y seguimiento de las acciones
de desarrollo e integración fronterizos que el Ministerio
de Relaciones Exteriores viene realizando en la
Región Madre de Dios, así como recoger insumos
para la formulación de las Políticas Nacionales
de Desarrollo e Integración Fronterizos, se hace
necesaria la participación de los funcionarios de la
Dirección Nacional de Desarrollo Fronterizo: doctor
Francisco José Olano Martínez y señor Luis Teobaldo
Briceño Ampuero, en la VII Reunión de la Iniciativa
MAP, Madre de Dios (Perú), Acre (Brasil) y Pando
(Bolivia), así como en una reunión preparatoria en
Puerto Maldonado con representantes de las entidades
peruanas participantes;
Teniendo en cuenta el Memorándum (DDF) N°
DDF0324/2007, de la Dirección Nacional de Desarrollo
Fronterizo, de 6 de noviembre de 2007;
De conformidad con el inciso m) del artículo del
Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de
Relaciones Exteriores; el artículo 83º del Reglamento
de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa,
aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM;
la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes
al exterior de servidores y funcionarios públicos, su
modicatoria la Ley Nº 28807, que establece que los
viajes ociales al exterior de servidores y funcionarios
públicos se realicen en clase económica, y su
Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo

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