RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0227-2009-ED - Aprueban relación de contrataciones a realizarse según el Procedimiento Especial regulado en el D.U. N° 026-2007

Fecha de disposición23 Julio 2009
Fecha de publicación23 Julio 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 23 de julio de 2009
399466
ha cursado invitación a la SUNAT para que exponga en el
ACBD el tema “Una relación Abierta y Transparente entre
Aduanas y el Sector Privado”; reunión que se realizará el
1 de agosto de 2009 en la ciudad de Singapur;
Que, respecto al ACBD, éste brinda una excelente
oportunidad para que las Administraciones Aduaneras y
el Sector Privado se unan y debatan temas relacionados
a la facilitación comercial en la región APEC;
Que, adicionalmente, la asistencia de la SUNAT en
los referidos eventos permitirá intervenir en la reunión del
grupo de trabajo sobre “Ventanilla Única” así como en la
revisión y presentación de su informe f‌i nal;
Que, igualmente, podrá participar en la reunión
del Grupo de Amigos del Presidente para la revisión
de los avances de las acciones y prioridades 2009, del
Programa de Trabajo del SCCP 2009, de la aplicación
de los Indicadores Clave de Desempeño que permiten
medir la implementación del Segundo Plan de Facilitación
Comercial de APEC, entre otros;
Que, asimismo, permitirá sustentar ante el Grupo
de Trabajo de Evaluación CAP, las propuestas de
nuevos proyectos presentados por la SUNAT, para su
implementación en el 2010;
Que, en tal sentido, considerando que el Perú es
miembro del APEC y dada la importancia que revisten
los citados eventos para el desarrollo de las funciones de
la SUNAT, redundando en el cumplimiento de sus metas
y objetivos Institucionales y, por ende del país, se ha
estimado conveniente que en los mismos se cuente con la
participación del señor Rafael Antonio Reaño Azpilcueta,
Gerente de Tratados Internacionales y Valoración de la
Intendencia Nacional de Técnica Aduanera de la SUNAT;
Que, en consecuencia, y siendo de interés institucional
y nacional, es necesario autorizar por excepción, el viaje
del citado funcionario, debiendo la SUNAT asumir, con
cargo a su presupuesto de 2009, los gastos por concepto
de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa Única por Uso de
Aeropuerto (TUUA);
De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs 27619
y 29289, y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar, por excepción, el viaje del
señor Rafael Antonio Reaño Azpilcueta, Gerente de
Tratados Internacionales y Valoración de la Intendencia
Nacional de Técnica Aduanera de la Superintendencia
Nacional de Administración Tributaria –SUNAT-, a la
ciudad de Singapur, República de Singapur, del 29 de julio
al 7 de agosto de 2009, para los f‌i nes expuestos en la
parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto
de 2009 de la SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes Aéreos US $ 4 121,77
Viáticos US $ 1 820,00
Tarifa CORPAC (TUUA) US $ 31,00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario
deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe
detallado describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4°.- La presente Resolución no otorga
derecho a exoneración o liberación de impuestos de
aduana de cualquier clase o denominación a favor del
funcionario cuyo viaje se autoriza.
Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN
Presidente del Consejo de Ministros
LUIS CARRANZA UGARTE
Ministro de Economía y Finanzas
376075-10
Determinan monto correspondiente a
la colocación internacional de Bonos
Globales efectuada al amparo de los
DD.SS. Nºs. 092-2007-EF y 065-2009-
EF
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 336-2009-EF/75
Lima, 21 de julio de 2009
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 092-2007-EF
y sus modif‌i catorias, se aprobó, entre otros, una emisión
interna y/o externa de bonos, en una o más colocaciones
hasta por un monto equivalente en moneda nacional o en
Dólares Americanos, de US$ 2 584 000 000,00 (DOS MIL
QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES Y 00/100
DÓLARES AMERICANOS), con el objeto de f‌i nanciar
el prepago a la par de las amortizaciones de las deudas
comerciales reprogramadas en el marco de las Minutas del
Club de París de los años 1993 y 1996, con vencimientos
entre el 16 de agosto de 2007 y 31 de diciembre de 2015;
Que, mediante las Resoluciones Ministeriales Nº 311-
2009-EF/75 y Nº 312-2009-EF/75, se han aprobado los
acuerdos bilaterales suscritos por la República del Perú
con la República de Francia y con SACE S.p.A., a efectos
de formalizar los términos del prepago a ser efectuado
con tales acreedores, en el marco del Decreto Supremo
Nº 092-2007-EF y sus modif‌i catorias;
Que, de otro lado, a efectos de devolver al Tesoro
Público los apoyos f‌i nancieros otorgados en virtud de los
Decretos de Urgencia Nº 031-2007 y Nº 010-2008, mediante
el Decreto Supremo Nº 065-2009-EF, modif‌i cado por el
Decreto Supremo Nº 150-2009-EF, se aprobó una emisión
externa de bonos, en una o más colocaciones hasta por
US$ 2 000 000 000,00 (DOS MIL MILLONES Y 00/100
DÓLARES AMERICANOS), destinada a la citada devolución
de recursos al Tesoro Público, entre otros f‌i nes;
Que, el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 092-2007-
EF y modif‌i catorias, y el Artículo 3º del Decreto Supremo
Nº 065-2009-EF y modif‌i catorias, disponen, entre otros,
que para los f‌i nes de la emisión internacional, los montos
de las colocaciones serán determinados por Resolución
Ministerial del Sector Economía y Finanzas;
De conformidad con lo dispuesto por los Decretos
Supremos Nº 092-2007-EF y Nº 065-2009-EF y sus
modif‌i catorias;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- El monto de la colocación
internacional de Bonos Globales efectuada al amparo de
los Decretos Supremos Nº 092-2007-EF y Nº 065-2009-
EF, y sus modif‌i catorias, para los f‌i nes a que se ref‌i eren
el segundo y tercer considerandos de esta norma legal,
asciende a la suma de US$ 1 000 000 000,00 (UN MIL
MILLONES y 00/100 DÓLARES AMERICANOS).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS CARRANZA UGARTE
Ministro de Economía y Finanzas
375647-1
EDUCACION
Aprueban relación de contrataciones
a realizarse según el Procedimiento
Especial regulado en el D.U. Nº 026-
2007
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