RESOLUCION Nº 0024-2009-INGEMMET/PCD - Disponen publicar relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de enero de 2009

Fecha de disposición15 Febrero 2009
Fecha de publicación15 Febrero 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 15 de febrero de 2009
390876
Artículo 7°.- La presente resolución entrará en
vigencia el día de su publicación.
Artículo 8°.- Continental S.A. Sociedad Administradora
de Fondos deberá publicar la presente resolución en el
Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo 9°.- Transcribir la presente resolución a
Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos y al
Banco Continental en su calidad de custodio.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARMANDO MANCO MANCO
Director de Patrimonios Autónomos (e)
312912-1
INSTITUTO GEOLOGICO
MINERO METALURGICO
Disponen publicar relación de
concesiones mineras cuyos títulos
fueron aprobados en el mes de enero
de 2009
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
Nº 0024-2009-INGEMMET/PCD
Lima, 10 de febrero de 2009
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Supremo Nº 008-2007-EM se
aprueba la fusión del Instituto Nacional de Concesiones
y Catastro Minero – INACC con el Instituto Geológico
Minero y Metalúrgico – INGEMMET, correspondiéndole al
Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET la
calidad de entidad incorporante;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM
del 5 de julio del 2007, se aprobó el Reglamento de
Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero
y Metalúrgico – INGEMMET;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de
Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM,
el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero
– INACC (hoy INGEMMET), publicará mensualmente en
el Diario Of‌i cial El Peruano, por una sola vez, la relación
de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido
aprobados en el mes anterior;
Con la visación de la Dirección de Concesiones
Mineras y de la Of‌i cina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º
aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el
artículo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Publíquese en el Diario Oficial
El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos
fueron aprobados en el mes de enero de 2009, de
acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante
de la presente resolución y para los efectos a que se
contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº
014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM.
Regístrese y publíquese.
WALTER T. CASQUINO
Presidente del Consejo Directivo
INGEMMET
313177-1
INSTITUTO NACIONAL DE
DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROTECCION DE LA
PROPIEDAD INTELECTUAL
Aprueban Directiva denominada
“Normas de Implementación de la Ley
Nº 29299, Ley de Ampliación de la
Protección Patrimonial y Transferencia
de Participación Accionaria del Estado
a las Empresas Agrarias Azucareras”
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA
DEL CONSEJO DIRECTIVO DE INDECOPI
Nº 018-2009-INDECOPI/COD
Lima, 12 de febrero de 2009
CONSIDERANDO:
Que por Ley Nº 29299, Ley de Ampliación de la
protección Patrimonial y Transferencia de Participación
Accionaria del Estado a las Empresas Agrarias
Azucareras, se ha ampliado hasta el 31 de diciembre de
2010 la protección patrimonial contenida en el numeral
4.1.del Artículo 4º de la Ley 28027, Ley de la Actividad
Empresarial de la Industria Azucarera;
Que el Artículo 3º de la Ley 29299 asigna al
INDECOPI la verif‌i cación de la presentación de la
documentación requerida para acogerse a lo dispuesto en
el citado Régimen de Protección Patrimonial, así como la
determinación del procedimiento para la presentación y
seguimiento necesarios para acceder y permanecer en el
citado Régimen;
Que a f‌i n de garantizar la plena vigencia del referido
régimen de protección patrimonial, es necesario aprobar
las normas de procedimiento que deben cumplir las
empresas agrarias azucareras que resulten comprendidas
en el ámbito de la Ley 29299;
Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo
de la institución; y,
De conformidad con el inciso f) del artículo 7.3º del
Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y
Funciones del INDECOPI;
RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar la Directiva Nº 001-2009/
COD-INDECOPI, denominada Normas de Implementación
de la Ley Nº 29299, Ley de Ampliación de la protección
Patrimonial y Transferencia de Participación Accionaria
del Estado a las Empresas Agrarias Azucareras.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME THORNE LEÓN
Presidente del Consejo Directivo
DIRECTIVA Nº 001-2009/COD-INDECOPI
NORMAS DE IMPLEMENTACIÓN
DE LA LEY Nº 29299, LEY DE AMPLIACIÓN
DE LA PROTECCIÓN PATRIMONIAL
Y TRANSFERENCIA DE PARTICIPACIÓN
ACCIONARIA DEL ESTADO A LAS EMPRESAS
AGRARIAS AZUCARERAS
I. OBJETIVO
Determinar el procedimiento aplicable al Régimen de
Protección Patrimonial creado por la Ley Nº 28027, Ley
de la actividad Empresarial de la Industria Azucarera, en
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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