ACUERDO Nº 048-2008-MDC - Declaran en situación de emergencia para la rehabilitación inmediata de institución educativa ubicada en la localidad de Narihuala

Fecha de publicación21 Mayo 2008
Fecha de disposición21 Mayo 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 21 de mayo de 2008 372561
Que, por la naturaleza propia de los servicios a
contratar y el destino que se dará a las mismas, es decir, ser
utilizadas en forma inmediata por los niños y adolescentes
en edad escolar de las diversas instituciones educativas
del distrito de Macusani, para de esta manera cumplir con
la f‌i nalidad de lograr el desarrollo de capacidades de los
mismos, será necesario realizar una adquisición def‌i nitiva
de los libros.
Que, de conformidad con el literal a) del artículo 20º
del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones
y Adquisiciones del Estado, todas las exoneraciones se
aprobarán mediante Acuerdo de Concejo Municipal por
tratarse de un gobierno local siendo la facultad de aprobar
exoneraciones indelegable;
Que, en consecuencia resulta necesaria la emisión
de Acuerdo de Concejo mediante la cual se apruebe la
exoneración a la Municipalidad Provincial de Carabaya
del proceso de selección de Adjudicación Directa Pública
Nº 003-2008-MPC/CE por causal de Situación de
Desabastecimiento Inminente, y autorícese a contratar
los servicios para la producción de libros de razonamiento
verbal y matemático, para los niveles de inicial, primaria y
secundaria, así como la capacitación a los docentes que
aplicarán dichos libros y el monitoreo correspondiente,
con un monto referencial de 185,000.00 Nuevos Soles,
a través de acciones inmediatas afectándose la fuente
de f‌i nanciamiento de Canon y Sobre Canon, según el
presupuesto institucional aprobado para el presente año
presupuestal.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley
No 27972 y en el D.S No 083-2004-PCM y D.S. No 084-
2004-PCM, con el voto unánime del pleno del concejo, en
la Sesión Ordinaria de fecha 14 de Marzo de 2008, con
dispensa de lectura y aprobación del acta;
ACUERDA
Artículo 1º.- Exonerar a la Municipalidad Provincial
de Carabaya del proceso de selección de Adjudicación
Directa Pública Nº 003-2008-MPC/CE por causal
de Situación de Desabastecimiento Inminente, y
autoriza la Contratación Definitiva de los servicios
para la producción de libros de razonamiento verbal
y matemático, para los niveles de inicial, primaria y
secundaria, así como la capacitación a los docentes que
aplicarán dichos libros y el monitoreo correspondiente,
a través de acciones inmediatas, hasta por la suma
de 185,000.00 Nuevos Soles, afectándose la fuente de
financiamiento de CANON Y SOBRE CANON según
el presupuesto institucional aprobado para el presente
año presupuestal.
Artículo 2º.- La contratación que se efectúe en virtud
del presente Acuerdo, se realizará a través de la Unidad
de Abastecimientos.
Artículo 3º.- Copia del presente Acuerdo y sus
antecedentes serán remitidos a la Contraloría General
de la República y al Consejo Superior de Contrataciones
y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del
Secretario General, dentro de los diez (10) días hábiles
siguientes a la fecha de su expedición.
Artículo 4º.- El presente Acuerdo debe ser publicado
en el Diario Of‌i cial El Peruano y a través del SEACE
dentro los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de
su expedición.
Artículo 5°.- Remítase al Órgano de Control
Institucional copia del presente acuerdo y sus anexos,
para que realice acción de control no programada, de
conformidad al artículo 21° y 47° del D.S. N° 083-2004-
PCM.
Dado en la casa de Gobierno Local, a los diecisiete
días del mes de Abril del dos mil ocho.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
NANCY ROSSEL ANGLES
Alcaldesa
201238-1
MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE CATACAOS
Declaran en situación de emergencia
para la rehabilitación inmediata de
institución educativa ubicada en la
localidad de Narihuala
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 048-2008-MDC
Catacaos, 6 de mayo del 2008
EL CONCEJO MUNICIPAL DE CATACAOS
VISTO:
El Informe Legal Nº 114–2008–MDC-AJ, de fecha
28 de abril del 2008 y el Informe Técnico Nº 007-2008-
SJST-MDC, de fecha 28 de abril del 2008, suscrito por
el Sub Gerente de Asesoría Jurídica y Sub Gerente de
Servicios Técnicos, respectivamente, mediante el cual
emiten, informe referente a declaración de emergencia
para que se aprueba la Exoneración del Proceso de
Selección correspondiente a la Rehabilitación de la I.E. Nº
14041-Narihuala, de la localidad de Narihuala, distrito de
Catacaos, provincia de Piura departamento de Piura ;
CONSIDERANDO:
establece que las Municipalidades Distritales son órganos
de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, en la Sesión ordinaria Nº 010 -2008-MDC, de
fecha 6 de mayo del año 2008 el Concejo Municipal analizó
el Informe Legal Nº114–2008–MDC-AJ, presentado por
el Asesor Jurídico y e Informe Técnico Nº 007-2008-
SJST-MDC, presentado por el Sub Gerente de Servicios
Técnicos, mediante el cual se emite, informe referente
a declaración de emergencia para que se apruebe la
exoneración del Proceso de selección correspondiente
para la REHABILITACION de la Institución Educativa
14041, de la localidad de Narihuala, distrito de Catacaos,
provincia de Piura, departamento de Piura.
Que, de la valoración del Informe Técnico Nº 007-
2008-SGST-MDC, se obtiene que el Caserío de Narihuala
cuenta con una Institución Educativa que antes del
Periodo Lluvioso se encontraba en precarias condiciones
y a la fecha ante las fuertes y constantes lluvias, esta
infraestructura se ha visto enormemente afectada, creando
un latente peligro en los alumnos que diariamente asisten
a esta Institución Educativa; por lo tanto es pertinente
que este Gobierno Local ejecute las acciones inmediatas
tendentes a la rehabilitación de la infraestructura de
este Centro Educativa afectada por los aspectos antes
comentados.
Que, de la valoración del Informe Legal Nº 114-
2008-MDC-AJ, se tiene que en la fecha del 24 de abril
del presente año el Gobierno Prorroga el Estado de
Emergencia por desastre natural a los departamentos de
Tumbes, Piura, Lambayeque y Ucayali, a través del D.S.
Nº 032-2008-PCM y por un plazo de 60 días calendario
para la ejecución de acciones inmediatas destinadas a
la atención de la emergencia y rehabilitación las zonas
afectadas debiendo los Gobiernos Locales dentro de sus
competencias ejecutar las acciones necesarias para la
atención de la emergencia y la rehabilitación de las zonas
afectadas.
Al respecto el Art. 19º del Texto Único de la Ley de
Adquisiciones y Contrataciones del Estado precisa
quienes están exonerados de los procesos de adquisición
y contrataciones, siendo una de ellas la determinada en
su literal c) concordante con el Artículo 22º que def‌i ende
la situación de emergencia como aquella en la cual la
Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa
de acontecimientos catastróf‌i cas, o de situaciones que
supongan grave peligro de necesidad.
Que, dentro de este mismo contexto el Reglamento
de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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