42 009-2006-MDL - Aprueban Reglamento para la ejecución de Beneficio Especial de Regularización de Deuda Tributaria y el Programa de Cobranza Tributaria Intensiva

Fecha de disposición08 Junio 2006
Fecha de publicación08 Junio 2006
NORMAS LEGALES
El Peruano
jueves 8 de junio de 2006 320637
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partir del día siguiente a su realización. Este plazo es
improrrogable.
DEL DESTINO DEL PREMIO NO ENTREGADO
En caso que el ganador debidamente notificado, no
haya reclamado el premio dentro del plazo anteriormente
señalado, pasará a constituir patrimonio de la
Municipalidad de Comas.
RELACIÓN DE GANADORES
La relación de ganadores se publicará el día 31 julio
de 2006.
10046
MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban Reglamento para la
ejecución de Beneficio Especial de
Regularización de Deuda Tributaria y
el Programa de Cobranza Tributaria
Intensiva
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 009-2006-MDL
Lince, 5 de junio del 2006
VISTO:
El Informe Nº 339-GAJ-2006-MDL de la Gerencia de
Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
de 1993 en concordancia con el Art. II del Título Preliminar
Ley Nº 27972, reconoce a los gobiernos locales
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia y les otorga potestad
tributaria; para crear, modificar y suprimir contribuciones,
tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales;
Que, el numeral 9) del Art. 9º de la Ley Orgánica de
Municipalidades, aprobada por Ley Nº 27972, dispone
que corresponde al Concejo Municipal: crear, modificar,
suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios,
licencias y derechos, conforme a Ley;
Que, mediante Ordenanza Nº 156-MDL de fecha
2.6.06, se aprobó la Ordenanza que establece el beneficio
Especial de Regularización de Deuda Tributaria y el
Programa de Cobranza Intensiva;
Que, el artículo 9º de la Ordenanza precitada, señala
que mediante Decreto se determinarán las disposiciones
necesarias para lograr su aplicación;
Estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones
conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley
Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
DECRETA:
Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento, que
regula la ejecución de la Ordenanza Nº 156-MDL, que
establece el Beneficio Especial de Regularización de
Deuda Tributaria y el Programa de Cobranza Tributaria
Intensiva; en los términos expuestos en los Anexos
adjunto, que forma parte integrante del presente Decreto
de Alcaldía.
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del
presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia de Rentas y
la Gerencia de Administración.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
CÉSAR GONZÁLEZ ARRIBASPLATA
Alcalde
10133
MUNICIPALIDAD DE
SAN JUAN DE LURIGANCHO
Amplían alcances del D.A. 007,
disponiendo reducción de derechos
administrativos de proyectos acogidos
a Techo Propio construcción en sitio
propio
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 006
San Juan de Lurigancho, 26 de mayo de 2006
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE
SAN JUAN DE LURIGANCHO
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto de Alcaldía Nº 007 publicado
en el Diario Oficial El Peruano el 11 de junio de 2005, se
dispuso la reducción de los derechos administrativos de
proyectos acogidos al Programa de Techo Propio
construcción en sitio propio que cuenten con la
documentación reglamentaria por el lapso de doce
meses;
Que la expedición de la norma citada se basa en los
del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional
Nº 27972 en el artículo IV del Título Preliminar, en el
artículo 79º inciso 3.6 y en el artículo 38.5 de la Ley
Orgánica de Municipalidades;
Que asimismo habiéndose suscrito el Convenio de
Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento y esta
Corporación Municipal cuya finalidad es concertar
acciones a través de actuaciones urbanas integradas,
orientadas a la renovación urbana, densificación y
reurbanización generando mecanismos de promoción y
de facilitación de la actividad privada;
Que resulta necesario establecer procedimientos que
beneficien a los administrados, específicamente aquellos
que permitan la ejecución de los derechos administrativos
de los proyectos de vivienda en nuestra jurisdicción a fin
de incrementar los mecanismos de promoción e inversión
de la actividad privada en beneficio de nuestra población,
apoyando el desarrollo de la misma y mejorando las
condiciones de vida;
Que mediante el Informe Nº 150-06-GDU/MSJL e
Informe Nº 214-06-JGTyGDU GDU/MSJL de la Gerencia
de Desarrollo Urbano y la Jefatura de Obras Privadas y
Catastro, opina por extender las facilidades otorgadas
en el Decreto de Alcaldía Nº 007, sobre la reducción de
derechos administrativos para los certificados de
numeración y la ampliación de los beneficios de dicha
reducción de derechos administrativos a todas las
modalidades del Programa Techo Propio (construcción
de vivienda nueva, construcción en sitio propio y
mejoramiento de Vivienda);
Estando a lo expuesto y en uso de la atribuciones
conferidas en el artículo 20º numeral 6) de la Ley Orgánica
de Municipalidades, Ley Nº 27972 y la Ley de
Procedimientos Administrativos Generales, Ley
Nº 27444;
DECRETA:
Artículo Primero.- Ampliar los alcances del Decreto
de Alcaldía Nº 007, disponiendo la reducción de los
derechos administrativos de proyectos acogidos a Techo
Propio construcción en sitio propio haciéndolo extensivo
a construcción de vivienda nueva del mismo Programa.
Por un período de 12 meses a partir de la fecha de la
entrada en vigencia del presente decreto.
Artículo Segundo.- Dispóngase la reducción de
Derechos Administrativos para los Certificados de

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