ORDENANZA Nº 028-2011/MDV - Aprueban beneficio extraordinario de regularización tributaria y no tributaria para contribuyentes con clasificación Peco y Micro en el distrito
Fecha de disposición | 10 Noviembre 2011 |
Fecha de publicación | 10 Noviembre 2011 |
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 10 de noviembre de 2011
453148
En las demás Líneas de Acción y/o otras Gerencias
• Condonación del 90% del importe de las Multas
Administrativas generadas en los ejercicios anteriores al
2006 y en el año 2006.
• Condonación del 80% del importe de las Multas
Administrativas generadas en los ejercicios 2007, 2008,
2009 y 2010.
• Condonación del 70% del importe de las Multas
Administrativas generadas en el ejercicio 2011.”
714114-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE
VENTANILLA
Aprueban beneficio extraordinario de
regularización tributaria y no tributaria
para contribuyentes con clasificación
Peco y Micro en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 028-2011/MDV
Ventanilla, 27 de Octubre de 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE VENTANILLA
VISTO:
En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal Distrital, de
fecha 27 de octubre de 2011; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en la Norma IV del
Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF, los Gobiernos
Locales mediante Ordenanza, pueden crear, modifi car y
suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias
o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los
límites que señala la Ley.
Que, conforme lo señala el Artículo 41° del citado
TUO del Código Tributario, excepcionalmente, los
Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter
general, el interés moratorio y las sanciones, respecto
de los tributos que administren. En el caso de
contribuciones y tasas dicha condonación también
podrá alcanzar al tributo.
Que, esta Entidad Edil, es la encargada de recaudar
y administrar los ingresos tributarios por concepto
de Impuesto Predial y por Arbitrios Municipales,
conforme se encuentra establecido en los artículos
6º y 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de
Tributación Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-
EF; y en las Ordenanzas Municipales en materia de
regulación de Arbitrios Municipales emitidas por esta
Corporación Edil; asimismo, recauda los ingresos no
tributarios provenientes de la emisión e imposición
de Multas Administrativas emitidas al amparo de lo
establecido por la Ordenanza Municipal Nº 004-2011/
MDV, mediante la cual se aprueba el Reglamento de
Aplicación de Multas y Sanciones.
Que, mediante Informe N° 048-2011/MDV-GRM
la Gerencia de Rentas Municipales, eleva el informe
N° 514-2011/MDV-GRM-SGAT emitida por la Sub
Gerencia de Administración Tributaria, quien propone
continuar con el otorgamiento de facilidades de
pago a las deudas tributarias y no tributarias que se
encuentren pendientes de pago a los contribuyentes con
clasifi cación PECO (Pequeño Contribuyente) y MICRO
(Micro Contribuyente) según el nuevo Directorio de
Contribuyentes aprobado por Resolución de Gerencia
de Rentas Municipales N° 350-2011/MDV-GRM lo
que incentivará el cumplimiento voluntario entre estos
administrados, antes de adoptar las medidas coercitivas
necesarias que franquea la Ley.
Que, mediante Informe N° 0238-2011/MDV-GLySM,
la Gerencia Legal y Secretaría Municipal opina por
la procedencia de la aprobación del proyecto de
Ordenanza, citando como sustento legal el artículo 74° de
la Constitución Política del Perú, artículo 40° de la Ley
Orgánica de Municipalidades-Ley N° 27972, así como
el artículo 41° del Texto Único Ordenado del Código
Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 153-
99-EF.
Estando a lo expuesto y con el Dictamen favorable
de la Comisión de Rentas Municipales, y en uso de las
atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades, el Concejo Municipal con el VOTO
POR UNANIMIDAD; y con la dispensa de la lectura y
aprobación del Acta;
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA
EL BENEFICIO EXTRAORDINARIO DE
REGULARIZACION TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA
PARA CONTRIBUYENTES CON CLASIFICACION
PECO Y MICRO EN EL DISTRITO DE VENTANILLA
Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza Municipal
que aprueba el Benefi cio Extraordinario de Regularización
Tributaria y No Tributaria para contribuyentes con
clasifi cación Peco y Micro en el Distrito de Ventanilla,
la misma que consta de seis (06) artículos y cinco (05)
disposiciones complementarias y fi nales, cuyo texto
íntegro será publicado en el Portal Institucional de la
Municipalidad Distrital de Ventanilla.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Legal
y Secretaria Municipal, disponga la publicación de la
presente Ordenanza y su anexo, en el Portal Institucional
de la Corporación Edil, cuya dirección electrónica es:
www.muniventanilla.gob.pe.
Regístrese y comuníquese.
OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA
Alcalde
714150-1
Establecen Programa de Revalorización
Predial mediante la Actualización de
Declaraciones Tributarias de Predios
por los Contribuyentes del distrito de
Ventanilla
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 029-2011/MDV
Ventanilla, 27 de Octubre de 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE VENTANILLA
VISTO:
En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal Distrital, de
fecha 27 de octubre de 2011; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido por artículo 195º
numeral 4) y por el artículo 74º de la Constitución Política
del Perú en concordancia con la Norma IV del Título
Preliminar del Texto Único Ordenado – TUO – del Código
Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-
99-EF, así como con el artículo 9º numeral 9 de la Ley Nº
27972 – Ley Orgánica de municipalidades, los gobiernos
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba