ORDENANZA Nº 028-2011/MDV - Aprueban beneficio extraordinario de regularización tributaria y no tributaria para contribuyentes con clasificación Peco y Micro en el distrito

Fecha de disposición10 Noviembre 2011
Fecha de publicación10 Noviembre 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 10 de noviembre de 2011
453148
En las demás Líneas de Acción y/o otras Gerencias
• Condonación del 90% del importe de las Multas
Administrativas generadas en los ejercicios anteriores al
2006 y en el año 2006.
• Condonación del 80% del importe de las Multas
Administrativas generadas en los ejercicios 2007, 2008,
2009 y 2010.
• Condonación del 70% del importe de las Multas
Administrativas generadas en el ejercicio 2011.”
714114-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE
VENTANILLA
Aprueban beneficio extraordinario de
regularización tributaria y no tributaria
para contribuyentes con clasificación
Peco y Micro en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 028-2011/MDV
Ventanilla, 27 de Octubre de 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE VENTANILLA
VISTO:
En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal Distrital, de
fecha 27 de octubre de 2011; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en la Norma IV del
Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF, los Gobiernos
Locales mediante Ordenanza, pueden crear, modif‌i car y
suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias
o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los
límites que señala la Ley.
Que, conforme lo señala el Artículo 41° del citado
TUO del Código Tributario, excepcionalmente, los
Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter
general, el interés moratorio y las sanciones, respecto
de los tributos que administren. En el caso de
contribuciones y tasas dicha condonación también
podrá alcanzar al tributo.
Que, esta Entidad Edil, es la encargada de recaudar
y administrar los ingresos tributarios por concepto
de Impuesto Predial y por Arbitrios Municipales,
conforme se encuentra establecido en los artículos
6º y 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de
Tributación Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-
EF; y en las Ordenanzas Municipales en materia de
regulación de Arbitrios Municipales emitidas por esta
Corporación Edil; asimismo, recauda los ingresos no
tributarios provenientes de la emisión e imposición
de Multas Administrativas emitidas al amparo de lo
establecido por la Ordenanza Municipal Nº 004-2011/
MDV, mediante la cual se aprueba el Reglamento de
Aplicación de Multas y Sanciones.
Que, mediante Informe N° 048-2011/MDV-GRM
la Gerencia de Rentas Municipales, eleva el informe
N° 514-2011/MDV-GRM-SGAT emitida por la Sub
Gerencia de Administración Tributaria, quien propone
continuar con el otorgamiento de facilidades de
pago a las deudas tributarias y no tributarias que se
encuentren pendientes de pago a los contribuyentes con
clasif‌i cación PECO (Pequeño Contribuyente) y MICRO
(Micro Contribuyente) según el nuevo Directorio de
Contribuyentes aprobado por Resolución de Gerencia
de Rentas Municipales N° 350-2011/MDV-GRM lo
que incentivará el cumplimiento voluntario entre estos
administrados, antes de adoptar las medidas coercitivas
necesarias que franquea la Ley.
Que, mediante Informe N° 0238-2011/MDV-GLySM,
la Gerencia Legal y Secretaría Municipal opina por
la procedencia de la aprobación del proyecto de
Ordenanza, citando como sustento legal el artículo 74° de
la Constitución Política del Perú, artículo 40° de la Ley
Orgánica de Municipalidades-Ley N° 27972, así como
el artículo 41° del Texto Único Ordenado del Código
Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 153-
99-EF.
Estando a lo expuesto y con el Dictamen favorable
de la Comisión de Rentas Municipales, y en uso de las
atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades, el Concejo Municipal con el VOTO
POR UNANIMIDAD; y con la dispensa de la lectura y
aprobación del Acta;
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA
EL BENEFICIO EXTRAORDINARIO DE
REGULARIZACION TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA
PARA CONTRIBUYENTES CON CLASIFICACION
PECO Y MICRO EN EL DISTRITO DE VENTANILLA
Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza Municipal
que aprueba el Benef‌i cio Extraordinario de Regularización
Tributaria y No Tributaria para contribuyentes con
clasif‌i cación Peco y Micro en el Distrito de Ventanilla,
la misma que consta de seis (06) artículos y cinco (05)
disposiciones complementarias y f‌i nales, cuyo texto
íntegro será publicado en el Portal Institucional de la
Municipalidad Distrital de Ventanilla.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Legal
y Secretaria Municipal, disponga la publicación de la
presente Ordenanza y su anexo, en el Portal Institucional
de la Corporación Edil, cuya dirección electrónica es:
www.muniventanilla.gob.pe.
Regístrese y comuníquese.
OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA
Alcalde
714150-1
Establecen Programa de Revalorización
Predial mediante la Actualización de
Declaraciones Tributarias de Predios
por los Contribuyentes del distrito de
Ventanilla
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 029-2011/MDV
Ventanilla, 27 de Octubre de 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE VENTANILLA
VISTO:
En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal Distrital, de
fecha 27 de octubre de 2011; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido por artículo 195º
numeral 4) y por el artículo 74º de la Constitución Política
del Perú en concordancia con la Norma IV del Título
Preliminar del Texto Único Ordenado – TUO – del Código
Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-
99-EF, así como con el artículo 9º numeral 9 de la Ley Nº
27972 – Ley Orgánica de municipalidades, los gobiernos

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