La regulación de la reconvención en los procesos a cargo del procurador público regional. ¿Ley nacional o ley regional?

AutorEdgardo Salomón Jiménez Jara
CargoAbogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Egresado de la Maestría en Derecho Penal. En su desarrollo profesional se ha desempeñado como secretario y relator de sala. Magistrado supernumerario. Procurador público regional. Docente a nivel de pregrado de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios (UNAMAD), Universidad Alas ...
Páginas441-462
Edgardo Salomón Jiménez Jara*
http://dx.doi.org/10.21503/lex.v15i20.1457
Lex
* Abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Egresado de la Maestría
en Derecho Penal. En su desarrollo profesional se ha desempeñado como secretario y
relator de sala. Magistrado supernumerario. Procurador público regional. Docente a nivel
de pregrado de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios (UNAMAD),
Universidad Alas Peruanas – Filial Puerto Maldonado (UAP) y Universidad Andina del
Cusco (UAC).
Correo electrónico: salomonu@yahoo.com
La regulación de la reconvención en los
procesos a cargo del procurador público
regional. ¿Ley nacional o ley regional?
The Regulation of Reconvention in
Processes by the Regional Public. Attorney
National Law or Regional Law?
 L  A    R L   F  D  C P   U A
P E             L C C AN
CC I  I     
              
Raúl Cárdenas. Fogón ayacuchano. 150 x 150 cm.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR