39 393 - Ordenanza que regula la propaganda política en la jurisdicción de la Municipalidad Metropolitana de Lima

Fecha de publicación30 Julio 2002
Fecha de disposición30 Julio 2002
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NORMAS LEGALES
Lima, martes 30 de julio de 2002
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
INDECOPI
Designan a Secretario Técnico de la
Comisión de Represión de la Competen-
cia Desleal
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA
DEL DIRECTORIO DE INDECOPI
Nº 083-2002-INDECOPI/DIR
Lima, 15 de julio de 2002
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 18º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de
Organización y Funciones del Indecopi, modificado por
el Artículo 49º del Decreto Legislativo Nº 807, creó la
Comisión de Represión de la Competencia Desleal;
Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 46º de
la citada Ley de Organización y Funciones, las Comisio-
nes del Indecopi cuentan con el apoyo de una Secretaría
Técnica que les sirve de órgano de enlace con la estructu-
ra orgánico - administrativa de la institución;
Que conforme a lo establecido en la citada disposi-
ción legal, corresponde efectuar la designación del fun-
cionario que ejercerá las funciones de Secretario Técni-
co de la referida Comisión;
Estando al acuerdo adoptado por el Directorio; y,
De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del
RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar, a partir del 31 de julio de 2002,
al señor Diego Martín Ferré Murguía en el cargo de Se-
cretario Técnico de la Comisión de Represión de la Com-
petencia Desleal del Indecopi.
Artículo 2º.- Dejar sin efecto, a partir del 31 de julio
de 2002, el encargo de funciones efectuado al señor
Carlos Jiménez Rodríguez, a que se refiere la Resolu-
ción Nº 074-2002-INDECOPI/DIR, dándosele las gracias
por los servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CÉSAR ALMEYDA TASAYCO
Presidente del Directorio
13415
I N P E
Aprueban el instructivo "Procedimiento
de las Entrevistas de los Medios de Co-
municación con los Internos recluidos
en los Establecimientos Penitenciarios
a Nivel Nacional"
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
Nº 562-2002-INPE/P
Lima, 24 de julio de 2002
Visto, el proyecto de Instructivo denominado "Proce-
dimiento de las Entrevistas de los Medios de Comunica-
ción con los Internos recluidos en los Establecimientos
Penitenciarios a Nivel Nacional";
CONSIDERANDO:
Que, es política de la Alta Dirección, establecer las
disposiciones necesarias para optimizar el desarrollo de
las funciones del Instituto Nacional Penitenciario;
Que, es necesario contar con un instructivo que regu-
le el procedimiento para la realización de las entrevistas
que solicitan los medios de comunicación con los inter-
nos de los diferentes Establecimientos Penitenciarios del
país;
Contando con las visaciones de los Miembros del
Consejo Nacional Penitenciario, las Oficinas Generales
de Seguridad y Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 654
"Código de Ejecución Penal", Resolución Ministerial Nº
040-2001-JUS "Reglamento de Organización y Funcio-
nes del Instituto Nacional Penitenciario";
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Instructivo denominado "Pro-
cedimiento de las Entrevistas de los Medios de Comuni-
cación con los Internos recluidos en los Establecimientos
Penitenciarios a Nivel Nacional" que, en texto anexo, for-
ma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución a las
instancias administrativas correspondientes para su cum-
plimiento.
Regístrese y comuníquese.
JAVIER BUSTAMANTE RODRÍGUEZ
Presidente
13601
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Ordenanza que regula la propaganda
política en la jurisdicción de la Munici-
palidad Metropolitana de Lima
ORDENANZA Nº 393
EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO
DE LIMA, ENCARGADO DE LA ALCALDÍA:
POR CUANTO:
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA
En Sesión realizada el 25 de julio de 2002; y,
CONSIDERANDO:
Perú, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma
Constitucional, establece que las Municipalidades tienen
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, el Artículo 198º del mismo cuerpo normativo
prescribe que la Municipalidad Metropolitana de Lima ejer-
ce sus competencias dentro del ámbito de la provincia
de Lima;
Que, los numerales 9 y 18 del Artículo 65º de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 23853, establece que
son funciones de las municipalidades en materia de abas-
tecimiento territorial, vivienda y seguridad colectiva, apro-
bar las normas sobre ornato, así como regular y autori-
zar la ubicación de avisos luminosos, publicidad comer-
cial y propaganda política;
Que, de acuerdo al Artículo 181º de la Ley Orgánica
de Elecciones, la propaganda electoral debe hacerse den-
tro de los límites que señalan las leyes;
Que, con fecha 13 de junio de 2002, se publicó en el
Diario Oficial El Peruano, la Resolución Nº 182-2002-JNE,
que aprueba la Directiva Nº 002-ERM/JNE-2002 - Direc-
tiva de Control y Difusión de Propaganda Electoral -, la
misma que señala en su Artículo 13º que durante los pro-

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