ORDENANZA Nº 188-MDA - Aprueban Ordenanza que regula el Servicio de Transporte Público de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores para el distrito de Ate

Fecha de disposición18 Julio 2008
Fecha de publicación18 Julio 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 18 de julio de 2008
376358
- Mano de Obra S/. 49,643.47
- Equipo y Maquinaria S/. 84,122.95
- GASTOS GENERALES DE OBRA S/. 22,900.00
- Residente de Obra S/. 6,000.00
- Almacenero S/. 700.00
- Guardián S/. 700.00
- Movilidad y Viáticos (Técnicos) S/. 3,000.00
- Combustible (Gasolina 84 octanos) S/. 6,000.00
- Señalización Informativa S/. 3,000.00
- Pruebas de Calidad y Ensayos
de Lab. S/. 1,200.00
- Artículos de Limpieza y Otros S/. 100.00
- Implementos de Seguridad S/. 1,500.00
- Copia de Documentos y Planos S/. 500.00
- Gastos Generales y Notariales S/. 100.00
- Útiles de Escritorio S/. 100.00
- GASTOS DE SUPERVISIÓN S/. 5, 50.00
- Ingeniero Supervisor (0.25 mes
Liquid.) S/. 5,250.00
- Útiles de Escritorio S/. 100.00
- GASTOS ADMINISTRATIVOS DE
LA REGIÓN S/. 8,108.16
- Útiles de Escritorio S/. 100.00
- Movilidad y Viáticos S/. 200.00
- Combustible (Diesel 2) S/. 7,408.00
- Copia de Documentos S/. 300.00
- Otros Servicios de Terceros S/. 100.16
S/. 272,050.00
Segundo: PUBLICAR en el Diario Of‌i cial El Peruano
el presente acuerdo que modif‌i ca el Acuerdo Nº 052-2008
de fecha 28 de abril del presente año.
Tercero: TRANSCRIBIR el presente acuerdo al
Ejecutivo, Gerencia General Regional y demás órganos
estructurales del Gobierno Regional Amazonas.
ROLANDO RAMOS CHUQUIMBALQUI
Consejero Delegado
227538-1
GOBIERNO REGIONAL
DE APURIMAC
Disponen publicar relación de
concesiones mineras cuyos títulos
fueron aprobados en el mes de junio de
2008
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 046-2008-DREM-GR-APURIMAC/RD.
Abancay, 30 de junio del 2008
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales
ejercerán funciones específ‌i cas, las mismas que se
formularán en concordancia con las políticas nacionales,
encontrándose entre ellas, asumir funciones en materia
de minas, que específ‌i camente resulta: Otorgar
concesiones para pequeña minería y minería artesanal;
conforme lo señala el inciso f) del artículo 59º de la
referida Ley.
Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM
del 5 de julio del 2007, se aprobó el Reglamento de
Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero
y Metalúrgico - INGEMMET;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de
Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM,
el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero
- INACC, publicará mensualmente en el Diario Of‌i cial El
Peruano, por una sola vez, la relación de concesiones
mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes
anterior; Con la visación de la Dirección Regional de
Energía y Minas y de la Unidad Técnico Normativo del
Gobierno Regional de Apurímac;
Que, por Resolución Ministerial Nº 550-2006-MEM/
DM, publicada con fecha 18 de noviembre del 2006,
se declaró que el Gobierno Regional de Apurímac,
concluyó el proceso de transferencia de funciones
sectoriales en materia de Energía y Minas, siendo
competente a partir de esa fecha para el ejercicio de
la misma;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º
aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el
artículo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM;
De conformidad con la atribución establecida en
el inciso f) del artículo 59º de la Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales, aprobada por Ley Nº 27867 y
asumiendo su competencia el Gobierno Regional de
Apurímac:
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Publíquese en el Diario Of‌i cial El
Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron
aprobados en el mes de Junio del 2008, de acuerdo a la
relación adjunta que es parte integrante de la presente
resolución y para los efectos a que se contraen los
del Decreto Supremo Nº 018-92-EM.
Regístrese y publíquese.
RODOLFO ANDRÉS MATTOS OJEDA
Director Regional
Dirección Regional de Energía y Minas
227125-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban Ordenanza que regula el
Servicio de Transporte Público de
Pasajeros y Carga en Vehículos Menores
para el distrito de Ate
ORDENANZA Nº 188-MDA
Ate, 25 de junio de 2008
POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Ate, en Sesión Ordinaria de
fecha 25 de junio de 2008, visto el Dictamen N° 014-2008-
CDU/MDA, ratif‌i cado mediante Dictamen N° 018-2008-
CDU/MDA de la Comisión de Desarrollo Urbano; y,
CONSIDERANDO:
Perú modif‌i cado por la Ley N° 28607 determina que las
Municipalidades tienen autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, por mandato del numeral 5) del Artículo
195° de la Constitución del Perú, las Municipalidades
en ejercicio de su autonomía política, económica
y administrativa tienen competencia exclusiva de
organizar, reglamentar y administrar los servicios
públicos de su circunscripción.
Que, el inciso 2.2. del numeral 2) del Artículo 73°
de la Ley Orgánica de Municipalidades preceptúa que
los gobiernos locales son competentes para regular el
transporte público, circulación y el tránsito vehicular.
Descargado desde www.elperuano.com.pe

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR